Utilidad del correo para trámites fiscales

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Correo Electronico Fiscal

El correo postal vino a cubrir la necesidad de comunicar documentos sin la necesidad de trasladarse físicamente hasta la presencia del destinatario. Por supuesto que la entrega de paquetes y documentos físicos puede demorar algunos días, dependiendo de la distancia a recorrer.

Gracias a la tecnología podemos disfrutar de herramientas que facilitan nuestras actividades personales y el ejercicio de nuestra profesión. Una de ellas es el correo electrónico.

Quienes llegaron a manejar la “Cedula cuarta”, antecesora de la actual “Constancia de Situación Fiscal”, se dará cuenta que uno de los datos propios del contribuyente mencionados en dicho documento era el domicilio, es decir, se proporcionaba el medio por el cual la autoridad fiscal podría contactar al contribuyente en el caso de ser fiscalizado, además de fijar la competencia territorial para hacerlo. Pero en aquel entonces no se anexaba el correo electrónico del contribuyente.

Beneficios fiscales del correo electrónico

Hoy podemos identificar al correo electrónico como uno de los datos informativos principales que la autoridad fiscal solicita al contribuyente a la hora de su inscripción al Registro Federal de Contribuyentes. Es oportuno adjuntar dicho dato informativo al realizar la inscripción, citando a continuación un par de beneficios:

  1. Facilidad para generar por primera vez o actualizar la Contraseña. Lejos quedaron esos tiempos en los cuales el contribuyente tenía que viajar a la Administración Local más “cercana” a su domicilio, para tramitar lo que antes denominábamos CIEC (Clave de Identificación Electrónica Confidencial). Ahora, si contamos con un correo electrónico registrado dentro de nuestros datos fiscales, podemos generar nuestra contraseña vía internet. Así que, aunque de momento solicité la inscripción en el RFC sin obligaciones, considere oportuno registrar un correo electrónico para facilitar la generación de la contraseña por si fuera necesario agregar obligaciones a su estatus fiscal.
  2. Activación del buzón tributario. El buzón tributario es una de las modalidades de notificación concebidas a partir del 2014. Para su activación se requiere proporcionar medios de contacto para que, previa validación del mismo, se puedan recibir los avisos que indiquen la recepción de una notificación a través del buzón tributario. Recordemos que en la actual plataforma del Servicio de Administración Tributaria se realizan diversos trámites relacionados con el estatus fiscal del contribuyente a través del buzón tributario, por lo que la autoridad fiscal nos está obligando a utilizarla. Puede proporcionar su correo electrónico para activar su buzón tributario y con ello estar al pendiente de las notificaciones que la autoridad le practique.

Y podemos seguir citando más beneficios del uso del correo electrónico: recepción y envío de comprobantes fiscales, medio de contacto al realizar una promoción… ventajas que podemos explotar si hacemos uso de aplicaciones móviles que nos permitan estar al día de nuestro correo electrónico sin necesidad de sentarse frente a una computadora de escritorio.

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