Uno de los cambios que no podemos perder de vista es el del Seguro Social para 2023. Queda poco tiempo para que el ejercicio 2022 se dé por finalizado y, una vez iniciado el próximo, comienzan varios cambios que previamente se han establecido, entre estos, se puede mencionar lo dispuesto por el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro publicado el 16 de diciembre del 2020, el cual contempla una reforma relevante respecto al pago de cuotas patronales.
Artículo 168 de la Ley del Seguro Social
El Decreto anteriormente citado, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación en diciembre del 2020, no obstante, la reforma a la fracción II del artículo 168 de la Ley del Seguro Social no entraría en vigor al mismo tiempo que dicho decreto, sino hasta el próximo año 2023.
Motivo por el cual, el Segundo Transitorio del Decreto, señala un periodo que va, del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022 (próximo a vencer), para continuar con lo que actualmente se aplica.
Cuota patronal
En la actual Ley del Seguro Social, la fracción II del artículo 168, dice que, en los ramos de cesantía en edad avanzada y vejez, a los patrones y a los trabajadores les corresponde cubrir las cuotas del 3.150 % y 1.125 % sobre el salario base de cotización, respectivamente; lo cual se ha aplicado hasta el momento.
Ahora bien, de acuerdo al Decreto ya mencionado, estas cuotas ya no se aplicarán como actualmente, sino que se deberán aplicar de forma gradual y considerando la tabla que se incluye en el mismo artículo 168, fracción II de la Ley, la cual contempla un incremento gradual de la contribución patronal, misma que va del 3.150 % hasta el 11.875 %, esto de acuerdo al salario base de cotización del trabajador.
La cuota patronal será aplicable desde el próximo año 2023 y, se irá incrementando según el caso, hasta llegar al limite establecido, en el año 2030.
Consideraciones
Así entonces, siendo el pago de cuotas patronales una de las erogaciones mas fuertes en cualquier tipo de empresa, es necesario que, desde antes se consideren estos cambios en los presupuestos y proyecciones, ya que esto, aunado a lo que significa el aumento anual al salario mínimo, representan una gran carga financiera y fiscal en todo negocio.
Lo anterior, sin tomar en cuenta lo que se avecina respecto a la posibilidad de aumento en el periodo de vacaciones laborales.