Requisito de las deducciones: “Restadas una sola vez”

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Cuando un contribuyente tiene más de una actividad económica, debe contar con un estricto control sobre sus ingresos, deducciones y valor de actos o actividades. Esto con el propósito de cumplir con uno de los requisitos de las deducciones: “Estar restadas una sola vez”.

Requisito de las deducciones que deben restarse una sola vez

Este requisito lo podemos localizar tanto para personas morales como físicas (aunque el legislador omitió insertar dicha condición para régimen de incorporación fiscal). Sin embargo, pueden existir erogaciones que se aprovechen para dos actividades y solo se deben deducir una sola vez.

requisito de las deducciones

Pensemos en el caso de aquellas personas físicas que tienen actividad empresarial y al mismo tiempo son asalariados por más de $400 000.00 anuales (como algunos maestros que tienen un negocio propio). En su declaración anual tienen la posibilidad de realizar deducciones personales pero no hay disposición que permita restar la misma deducción dos veces, por tratarse de una deducción personal y no “autorizada” para fines de las actividades.

Hay casos más complejos en los que es obligatorio llevar contabilidad por todas las actividades, incluso dentro de un mismo régimen. Este problema suele darse en equipo de transporte y en materias primas que una parte puede ser revendida tal cual y la otra utilizarse para transformación.

¿Cómo resolver el dilema?

El artículo 33 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación contiene los requisitos a considerar cuando se registren las operaciones de un contribuyente que realiza más de una actividad.

Artículo 33.- Para los efectos del artículo 28, fracciones I y II del Código, se estará a lo siguiente:

B. Los registros o asientos contables deberán:

 (…)

I. Ser analíticos y efectuarse en el mes en que se realicen las operaciones, actos o actividades a que se refieran, a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la realización de la operación, acto o actividad;

II. Integrarse en el libro diario, en forma descriptiva, todas las operaciones, actos o actividades siguiendo el orden cronológico en que éstos se efectúen, indicando el movimiento de cargo o abono que a cada una corresponda, así como integrarse los nombres de las cuentas de la contabilidad, su saldo al final del periodo de registro inmediato anterior, el total del movimiento de cargo o abono a cada cuenta en el periodo y su saldo final.

 Podrán llevarse libros diario y mayor por establecimientos o dependencias, por tipos de actividad o por cualquier otra clasificación, pero en todos los casos deberán existir los libros diario y mayor general en los que se concentren todas las operaciones del contribuyente;

Tratamiento contable de las deducciones

Cuando un contribuyente tiene más de una actividad económica, su contabilidad debe cumplir el postulado básico de asociación de costos y gastos con ingresos. De esta manera puede determinar qué desembolsos se deberán reconocer en sus costos de ventas y a qué ingresos corresponden. Al mismo tiempo, será más fácil cumplir con el requisito de deducibilidad al restar una sola vez dichos conceptos.

El reglamento antes citado nos da la opción de llevar libros diario y mayor por tipos de actividad, por lo que se facilita el control de las actividades económicas del contribuyente y así determinar qué deducción aplicar y solo una vez.

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