Nuevo sitio de plataformas tecnológicas en el portal del SAT

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plataformas tecnológicas SAT
plataformas tecnológicas SAT

El SAT ha dado a conocer su nuevo sitio de plataformas tecnológicas. Considerando que uno de los derechos del contribuyente, es tener acceso a información respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales, ahora en el portal de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se encuentra un sitio dedicado a proporcionar información para cumplir las obligaciones tratándose de las plataformas tecnológicas, dirigida tanto a las propias plataformas como a los contribuyentes personas físicas que apliquen a estos supuestos; por lo que el denominado mini sitio Plataformas tecnológicas, se encuentra dividido en dos secciones.

Información para plataformas tecnológicas

Dentro de este apartado se encuentra lo que concierne a las plataformas tecnológicas, las obligaciones que tienen respecto de quienes utilicen dichos medios:

  • Su inscripción o actualización en el RFC como retenedoras
  • Tipo de comprobantes que deberán proporcionar a las personas físicas, ya sea el comprobante en PDF y/o factura de retenciones e información de pagos con Complemento Servicios Plataformas Tecnológicas
  • Declaración de entero de retenciones del Impuesto sobre la Renta e Impuesto al Valor Agregado
  • Informativa (servicios digitales)

Para los residentes en el extranjero, sin establecimiento en el país:

  • Residentes en el extranjero
  • Declaración de entero de retenciones del Impuesto sobre la Renta e Impuesto al Valor Agregado
  • Declaración de pago del Impuesto al Valor Agregado
  • Informativa (servicios digitales)
  • Informativa (servicios de intermediación)

Información para personas físicas

De igual forma, en el caso de la sección para las personas físicas, se proporciona la información para que estos contribuyentes analicen que procedimiento les es mas conveniente para cumplir con sus obligaciones y pago de impuestos.

Por lo que en esta sección se hace hincapié en la conveniencia de que las personas físicas se registren ante el RFC, (ya que las retenciones podrían ser un tanto considerables), entre la información que podemos consultar en esta sección, se encuentra la siguiente:

  • Inscripción en el RFC
  • Actualización de obligaciones – Solicitud de trámite
  • Lista de actividades económicas que se realizan a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
  • Tipo de comprobantes fiscales que deberán emitir, en términos del artículo 29-A de CFF
  • Las tablas que establecen los limites de ingresos y sus respectivas tasas, tanto de Impuesto sobre la Renta (ISR) como de Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Tratándose de declaraciones, como presentaran la declaración de pago del Impuesto sobre la Renta (ISR) y de pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Simuladores y preguntas frecuentes

Para una mejor comprensión de todo lo que significan estas obligaciones, dentro de este nuevo mini sitio, el SAT ha implementado simuladores para conocer la forma de cumplimiento en ambos casos, así como también ha puesto a disposición su documento ya conocido, preguntas frecuentes.

Por lo anterior, es muy recomendable analizar los procedimientos u opciones de cumplimiento, antes de realizar la actualización o registro en el RFC, ya que podríamos confundirnos fácilmente si se desconoce la normatividad fiscal.

Minisitio Plataformas tecnológicas

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