Personas Físicas vs Personas Morales

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personas fisicas personas morales
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Las Personas Físicas y las Personas Morales son entidades jurídicas que debemos conocer si queremos emprender un negocio. Una de las principales preguntas que llegan a la mente a la hora de querer emprender un negocio es justamente qué elegir, si ser personas físicas o ser personas morales.

La respuesta a esta interrogante puede resultar más compleja de lo que aparenta en un inicio, ya que ambos conllevan situaciones y administración completamente diferentes, eso sin mencionar a las obligaciones de manera individual.

Diferencia entre persona moral y persona física

Hablemos de las principales diferencias entre persona física y persona moral:

Sociedad

Una persona moral debe estar constituida por una sociedad mercantil o asociación, lo cual conlleva a que varias personas, llamadas socios, formen una entidad jurídica que pueda ser considerada como sociedad y que posteriormente se deberá registrar en el Servicio de Administración Tributaria, también conocido como SAT, con el documento notarial del Acta Constitutiva.

A partir de aquí es donde vendrán las diferentes obligaciones en materia fiscal, como el pago de impuestos y las declaraciones informativas y anuales según las características de la empresa.

Pese a esto, las personas morales deben considerar otras obligaciones que solo como esta figura se dan, tal es el caso de la inscripción a la Secretaría de Relaciones Exteriores, así como la inscripción a distintas cámaras del giro, aunque eso muchas veces es opcional.

Del lado de una persona física no es necesario tener socios, pues a diferencia de la persona moral, la física solo necesita ir al SAT para poder dar de alta sus obligaciones fiscales.

En ambos casos, si llegaran a tener empleados, deberán registrarse en el IMSS, que es la entidad gubernamental que da la seguridad social a los trabajadores del sector privado.

Contabilidad

Aunque debería ser una obligación para ambos, lo cierto es que solo las personas morales tienen la obligación tajante de llevar la contabilidad de la sociedad, incluyendo las actas de asamblea. Además, deberán presentar los estados financieros en la declaración anual.

Del lado de las personas físicas esto no es tan estricto, pues el SAT menciona en el Código Fiscal de la Federación, en la Ley del Impuesto Sobre la Renta y en la Resolución Miscelánea Fiscal que solo algunas personas tendrán la obligación de enviar la contabilidad, incluso en el caso de los que son RIF hace mención que se puede solo llevar un registro de diario.

Pese a esto, ambas figuras, al tener actividades económicas deberán llevar su contabilidad.

La fuerza administrativa

Aunque solo 2 personas pueden constituir una persona moral, se recomienda siempre que todo negocio se inicie como persona física, pues por lo general la administración que supone una persona moral es mucho más robusta que lo que se refiere a una persona física, a tal grado que teniendo pocos conocimientos en el lado administrativo se pueden llegar a infringir determinadas obligaciones que como persona física no existen.

Dicho en otras palabras, una persona moral requiere mucha más fuerza administrativa que una persona física, pero esto no necesariamente debe ser malo, pues es la fuerza administrativa lo que muchas veces puede llegar a ser la diferencia entre alcanzar los objetivos de una empresa o no, debido a que una persona física puede no llegar a tener la capacidad que sí puede tener una persona moral.

Imagen Corporativa

Sin duda, una persona moral, constituida con una denominación social y nombre comercial tiene mucha más presencia corporativa que una persona física, esto es así porque normalmente las personas físicas tienen actividades profesionales y de servicios de comercio que pueden no llegar a requerir tanta fuerza administrativa, y en algunos casos esto puede ser mal visto desde una perspectiva de imagen corporativa.

Del otro lado, una persona moral con toda la imagen que conlleva la denominación y razón social tiene más posibilidades de generar ventas a grandes corporativos a saberse que tiene más fuerza administrativa.

Seguridad de los socios

La Ley General de Sociedades Mercantiles menciona que la responsabilidad de los socios llega hasta el aporte de su capital en la sociedad, por lo que en un escenario de concurso mercantil, fraude interno u obligaciones por pagar, los socios solo serán responsables hasta la parte que ellos aportaron, algo que es muy benéficos para muchos al poder proteger su patrimonio.

Esta situación no es igual para las personas físicas, pues muchas veces cuando se les lleva acabo auditorias y resultan ordenes de ejecución (embargos) terminan perdiendo su patrimonio.

Utilidad Fiscal y los impuestos

Del lado de los impuestos resulta menos complejo poder llevar el cálculo de la utilidad y de los impuestos a la utilidad en una persona física que en una persona moral, pues estas últimas requieren de un gran conocimiento de las leyes fiscales, mercantiles y de seguridad social para poder cumplir con esto.

Esto son solo algunos de los ejemplos más relevantes entre personas físicas y persona morales.

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