La NIF D-2 es una de las normas contables que tratan el tema de los costos, gastos y contratos, los cuales sabemos, tienen significados diferentes; pero, aun siendo que dicha norma tiene propósitos generales en cuanto a estos conceptos y respecto de los contratos en general, podría decirse que en especial, considera aquellos contratos relacionados a la construcción, ya que, al igual que la NIF D-1, abarca ciertos puntos del antiguo Boletín D-7.
Esta norma hace referencia al momento en que los costos, deben reconocerse como gastos o como activos en la utilidad o pérdida neta del periodo, una vez que se ha transferido el control sobre los bienes o servicios.
Clasificación de los costos por contratos
La NIF D-2 clasifica, como primer paso, a dos tipos de costos, los Costos para obtener un contrato y los Costos para cumplir un contrato, los cuales, a su vez, se observará si son o no son recuperables, ya que de esto depende si se considerarán como activo, o en su caso, como gastos en la utilidad o pérdida del periodo.
Costos para la obtención de contratos
Siempre que se trate de obtener un contrato con un cliente, será imposible no incurrir en costos; no obstante, dentro de los mismos existen algunos que no se pueden evitar, y otros que se pueden realizar para ofrecer una mejor “oferta”, a estos últimos, la norma, los denomina como costos incrementales.
Ahora bien, aquellos costos que forzosamente tuvieron que hacerse para obtener el contrato, se deben reconocer como gastos en la utilidad o pérdida neta del periodo, y los costos incrementales, si se considera que son recuperables se clasificaran como activo, y si no es así, se reconocerán en la utilidad o pérdida neta por igual.
Algunos conceptos que se consideran como costos para la obtención de un contrato son:
- Comisiones pagadas a empleados o terceros
- Materiales directos
- Costos indirectos asignados, ya sea prorrateados o distribuidos; siempre que se relacionen con la obtención del contrato
- Otros costos directamente asociados
Costos para cumplir los contratos
Para cuando se trata de un contrato vigente (con el cual ya se está trabajando), los costos incurridos deberán ser reconocidos como activos, una vez que cumplan con ciertos criterios:
- Que relacionen directamente con contratos identificados específicamente por la entidad
- Que generen o mejoren recursos de la entidad que serán utilizados para satisfacer o continuar satisfaciendo obligaciones a cumplir en un futuro.
- Sean recuperables
- Puedan cuantificarse confiablemente
Lo anterior, siempre que dichos costos no se encuentren considerados en otras normas, como, por ejemplo:
NIF C-4 Inventarios
NIF C-5 Pagos anticipados
NIF C-6 Propiedad, planta y equipo
NIF C-8 Activos intangibles
NIF D-6 Capitalización del resultado integral de financiamiento
Ya que ser así, se dará el tratamiento y se reconocerán los costos conforme a las normas referidas.
Principales costos incluidos o utilizados en el cumplimiento de un contrato:
- Mano de obra directa
- Materiales directos
- Costos indirectos asignados (prorrateados o distribuidos)
- Costos cargados al cliente, consignados de forma explícita en el contrato
- Otros costos asociados directamente al contrato
Otros costos que no fueron directamente relacionados al contrato, deberán reconocerse como gastos del periodo, por ejemplo, gastos generales, administrativos, desperdicios de material, mano de obra, etc.
Asociación de costos y gastos con los ingresos del periodo
Los costos reconocidos como activos, deberán aplicarse a la utilidad o pérdida neta del periodo de que se trate, cuando se transfiera el control sobre los bienes o servicios relacionados con los mismos.
Por lo tanto, para determinar dicha utilidad o pérdida neta, los costos deben estar asociados al ingreso del mismo periodo, ya sea cuando se transfiera el control o, a medida que se vaya transfiriendo.