Fuente de riqueza dentro del país, según el Titulo V de la LISR

0
fuente de riqueza

La fuente de riqueza es fundamental cuando se habla de impuestos. Como bien establece la ley de ISR (Impuesto sobre la renta) todos tienen la obligación de pagar lo que corresponde de impuesto, siempre que la fuente de la que se deriven los ingresos se encuentre en el país; por lo que, para aquellas personas que residen fuera del territorio nacional y que perciben ingresos cuya fuente se encuentra dentro de dicho territorio, también tienen la obligación.

Ley de ISR

Dentro del Titulo V, en el articulo 153 establece que los residentes en el extranjero que obtengan ingresos, ya sea en efectivo, en bienes, en servicios o en crédito que provengan de fuentes situadas en el territorio nacional, están obligados a pagar el ISR, aun cuando no tengan un establecimiento permanente o incluso, si lo tienen, y los ingresos no sean atribuibles a dicho establecimiento.

Fuente de riqueza considerada por el Título V de la LISR

Articulo 154 Sueldos y salarios

Cuando el servicio (como trabajador) se preste dentro del país

Y se considerará lo siguiente:

  • Una exención sobre estos ingresos por los primeros 125,900.00 pesos obtenidos en el año
  • Sobre el excedente se aplicará la tasa del 15% siempre que no superen un 1,000,000.00
  • Cuando superen lo anterior, 1,000,000.00, la tasa será del 30%
  • Si el patrón, residente extranjero, persona física o moral, que teniendo o no establecimiento en el país, paga por un servicio que no se relaciona con el establecimiento y si la estancia en el país de quien presta el servicio (trabajador) es menor a 183 días naturales, ya sea consecutivos o no, estará exento de impuesto.

Tratándose de retenciones

Quien efectúe el pago por este concepto, deberá realizar la retención del impuesto, si es residente en el país o aun siendo residente en el extranjero con un establecimiento en el país; si no es el caso, la obligación de enterar el impuesto será del mismo contribuyente, dentro de los 15 días siguientes.

Articulo 155, Ingresos por jubilaciones y pensiones

Para este tipo de ingresos, se considera que la fuente se encuentra en el país cuando, quien efectúe los pagos sea residente en el mismo o cuente con establecimiento permanente en el territorio, o en su caso, el servicio personal subordinado por el que se perciben los ingresos se haya prestado en dicho territorio nacional.

Para el pago del impuesto, el procedimiento será el mismo que tratándose de ingresos por sueldos y salarios, ya descrito líneas antes.

Articulo 156, Ingresos por honorarios y por la prestación de servicios personales independientes

En este caso, si los servicios se prestan en el país, la fuente se considera de tal forma; ahora que, si el prestador del servicio presta una parte de este en el país y otra en el extranjero, el impuesto se causará solo por la parte prestada en el territorio, siempre que lo demuestre.

Para determinar el impuesto, se aplicará sobre el ingreso total la tasa del 25% sin deducción alguna, y quien realice los pagos de dicho servicio, realizará la retención si es residente en el país o en el extranjero con un establecimiento permanente en el territorio nacional y por el que se relacione el servicio; en caso contrario a lo anterior, la obligación de enterar el impuesto será del prestador del servicio. Así mismo, dicho prestador tiene la obligación de emitir el comprobante fiscal correspondiente por los ingresos que perciba.

Para que los ingresos se consideren exentos del impuesto, se habrá de cumplir con los mismos requisitos ya mencionados:

  • Que la estancia de quien presta el servicio no sea mayor a 183 días naturales, consecutivos o no, durante un periodo de 12 meses
  • Que si el residente extranjero, persona física o moral, que teniendo o no establecimiento en el país, paga por un servicio, el cual no se relaciona con el establecimiento

Articulo 158, Ingresos por arrendamiento

Tratándose de ingresos por otorgar el uso o goce de temporal de inmuebles, la fuente se considera cuando los bienes inmuebles se ubican en el país.

La tasa de impuesto será del 25% sobre los ingresos que se obtengan sin deducción alguna, y se deberá emitir el comprobante fiscal que corresponda por el ingreso que se perciba.

Articulo 167, Ingresos por regalías, asistencia técnica o publicidad

La fuente de riqueza para el caso de los conceptos que se mencionan, se considera ubicada en el país cuando los bienes o derechos por los que se pagan las regalías o la asistencia técnica, se aprovechan en el mismo, o en su caso, cuando un residente en territorio nacional o en el extranjero con establecimiento permanente en el país realiza los pagos tanto por regalías, asistencia técnica o por publicidad.

Las tasas que se aplican son las siguientes:

  • Regalías por el uso o goce temporal de carros de ferrocarril…5%
  • Otras regalías y por asistencia técnica, 25%
  • Regalías por el uso o goce temporal de patentes o de certificados de invención o de mejora, marcas de fábrica y nombres comerciales, así como por publicidad, tasa máxima del articulo 152 de LISR, 35%

Articulo 169, Ingresos por premios

Si la lotería, rifa, sorteo o juego con apuestas y concursos de la clase que sea, por los que se obtiene el premio, se celebran en el país, se considera que la fuente de riqueza se encuentra en territorio nacional.

La tasa de impuesto aplicable a los premios por loterías, rifas, sorteos y concursos será del 1%, correspondiente a cada boleto o billete entero, sin deducción alguna, y siempre que las entidades en donde se realicen no graven este tipo de ingresos o, en su caso, la tasa de gravamen no exceda del 6%; ahora que, si dichas entidades tienen un gravamen mayor a la ultima mencionada la tasa será del 21%.

Y, la tasa de impuesto por premios de juegos con apuestas será del 1% sobre el total de la cantidad a distribuir.

Para el pago de impuesto, esto le corresponderá a la persona que pague, sea residente en territorio nacional o residente en el extranjero con establecimiento permanente en el país y se realizará mediante retención, o en defecto, será mediante declaración, por quien obtiene el premio, dentro de los 15 días siguientes, cuando la persona que pague dicho premio sea un residente en el extranjero.

De acuerdo al título V, al que hacemos referencia, son una gran cantidad de conceptos por los que se debe analizar la fuente de riqueza para saber si se tiene o no la obligación de pago de ISR.

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.