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SISUB: Nuevo Sistema de Información de Subcontratación, INFONAVIT

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SISUB, el sistema de información de subcontratación del INFONAVIT. Y considerado que ya todas las obligaciones que giran alrededor de lo que es la prestación de servicios especializados comenzaron en septiembre, de la misma forma que el Instituto Mexicano del Seguro Social cuenta con su herramienta al respecto, ahora el INFONAVIT, da a conocer el Sistema de Información de Subcontratación para tales efectos.

SISUB, Sistema de Información de Subcontratación

El Sistema de Información de Subcontratación, o SISUB, es la nueva herramienta del INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores), a través de la cual, quienes se encuentren obligados en materia de prestación de servicios especializados o ejecución de obras especializadas, deberán enviar la información relacionada a los contratos respectivos, así como de los trabajadores vinculados a dichos contratos; esta información también tendrá que incluir los datos de quien se beneficie del servicio.

Cómo se presentará la información

Tratándose de los periodos de envío de la información, estos serán de forma cuatrimestral, misma que será presentada tanto por la persona física o la persona moral una vez que ya cuente con el registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Se debe considerar que, en caso de contar con varios números de registros patronales, el que se utilizará para el envío de la información, será el NRP principal; desde luego, sin dejar de aclarar que cuenta con más registros, y sus respectivos trabajadores.

Una vez que se envíe la información de los contratos, si es validada correctamente, se emitirá el acuse de recibo, de lo contrario, se le dará aviso al patrón.

Fundamentos legales

De acuerdo al artículo 29-Bis de la Ley de Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, las personas físicas o personas morales que se encuentren registradas para llevar a cabo la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, en términos del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, tienen la obligación de proporcionar cuatrimestralmente a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, toda información relacionada a los contratos que hayan celebrado durante el cuatrimestre de que se trate.

Para efectos de lo anterior, el mismo artículo 29-Bis, señala los siguientes requisitos:

  1. Datos Generales
  2. Contratos de servicio
  3. Los Montos de las Aportaciones y Amortizaciones
  4. Información de los trabajadores
  5. Determinación del salario base de aportación, y
  6. Copia simple del registro emitido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Tratándose del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, es de recordarse que, señala la obligación de contar con el registro ante la STPS, para cuando se trata de servicios de subcontratación.

Ubicación del SISUB

Cabe mencionar que este sistema, se ubica dentro del portal empresarial, como parte del apartado Mis trámites. Puedes revisar aquí la guía que ha dado a conocer el INFONAVIT.

 

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