Jerarquía de las leyes fiscales en México

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La importancia del conocimiento de la jerarquía de las leyes radica en poder realizar una correcta interpretación de estas, pues lo que legisla una, pudiera no legislar en otra.

Jerarquía de las leyes fiscales

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM)

A la cabeza de la jerarquía encontramos la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), al ser nuestra carta magna, de ella emanan las demás leyes.

La obligación que tienen los particulares de contribuir al gasto público se fundamenta en el artículo 31, fracción IV, ya que tal dispositivo además de prever la obligación que tienen todos los mexicanos de contribuir para el sostenimiento de los gastos públicos, indica que dicha contribución deberá realizarse de la manera que dispongan las leyes.

Además, la importancia de este artículo también radica en que de él emanan los principios constitucionales fiscales: Legalidad, generalidad, destino al gasto público, proporcionalidad y equidad, los cuales se abordaran con mayor detenimiento por su importancia en otro artículo.

Tratados internacionales y Ley de ingresos de la Federación (LIF)

En el segundo peldaño, podemos situar a los Tratados Internacionales y la LIF, ambos con la misma jerarquía.

Un tratado Internacional es un acuerdo internacional por escrito entre dos Estados, que se rige por el derecho internacional.

La importancia de la LIF reside en que el Congreso de la Unión es quien autoriza al poder ejecutivo las fuentes de ingresos anualmente, y para ello se publica en la LIF las leyes fiscales que tendrán vigencia anual, de dichas leyes emanan los impuestos que con los cuales se pretende recaudar los ingresos estimados en la LIF. Si una ley no es publicada en la ley de Ingresos de la Federación del año que corresponda, no tendrá vigencia en ese ejercicio.

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Leyes especificas

En el tercer peldaño se encuentran las leyes Federales, como ISR, IVA, IEPS, etc.

El Poder Legislativo es quien tiene la función de promulgar las leyes, en las cuales se establezcan los elementos del tributo, como son el objeto, sujeto, base, tasa o tarifa y fecha de pago.

Código fiscal de la Federación (CFF)

El CFF podemos decir que es el ordenamiento jurídico que establece las obligaciones que tienen que cumplir los particulares y en su caso las sanciones en caso de incumplimiento, los derechos que tiene la autoridad, precisa conceptos fiscales que no están contenidas en otras disposiciones fiscales, establece procedimientos, es decir, en términos generales establece los parámetros de cómo debe proceder tanto el particular como la autoridad.

Derecho Federal Común

Cuando en alguna Ley específica no se regule o no exprese algún concepto, se aplicará supletoriamente las disposiciones del derecho federal común, siempre y cuando no se contraponga a la disposición de la Ley específica.

En ese orden de ideas, el artículo 5º del CFF menciona:

“A falta de norma fiscal expresa, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del derecho federal común cuando su aplicación no sea contraria a la naturaleza propia del derecho fiscal”.

 

Reglamentos

Los reglamentos son emitidos por el poder ejecutivo, el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos le otorga al presidente de la República la facultad para emitir Reglamentos.

El Reglamento tiene como objetivo regular el cumplimiento de las obligaciones que establece una determinada Ley o Código, en los mismos se establecen procedimientos o conceptos, que el reglamento viene a precisar.

Por otro lado, el Reglamento no debe contrariar o alterar la ley que reglamenta, tampoco debe establecer alguno o algunos de los elementos esenciales de las contribuciones, como son el objeto, sujeto, base, tasa o tarifa.

Resolución Miscelánea Fiscal (RMF)

Resolución Miscelánea Fiscal es el conjunto de disposiciones fiscales de carácter anual que emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el objetivo de estas reglas es precisar procedimientos y subsanar omisiones de las leyes fiscales y es de aplicación general para todos los contribuyentes.

El CFF, en su artículo 33 fracción I, inciso g) para ser más precisos, señala que las autoridades hacendarias, para el mejor cumplimiento de sus facultades proporcionarán asistencia gratuita a los contribuyentes, para lo cual publicarán anualmente las resoluciones que establezcan disposiciones de carácter general.

Se ha comentado en muchas ocasiones que la autoridad legisla por medio de la RMF.

Acuerdos, circulares, criterios, Reglamentos Internos del SAT

El SAT publica criterios normativos y no vinculativos, así como un Reglamento, dichos ordenamientos son internos del SAT, su aplicación sólo es obligatoria para los funcionarios y personal del SAT, su aplicación no es obligatoria para los contribuyentes, salvo que representen un beneficio.

Lo anterior está considerado en el artículo 35 del CFF, el cual establece que:

“Los funcionarios fiscales facultados debidamente podrán dar a conocer a las diversas dependencias el criterio que deberán seguir en cuanto a la aplicación de las disposiciones fiscales, sin que por ello nazcan obligaciones para los particulares y únicamente derivarán derechos de los mismos cuando se publiquen en el Diario Oficial de la Federación”.

Cuadro sinóptico de la jerarquía de las Leyes

Cuadro sinóptico de la jerarquía de leyes mexicanas

3 Comentarios

  1. CONSIDERO QUE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN DEBE ESTAR AL MISMO NIVEL DE LAS LEYES TRIBUTARIAS PARTICULARES Y NO AL MISMO NIVEL DE LOS TRATADOS TRIBUTARIOS INTERNACIONALES.

  2. Es que es más como un “Código Penal de Impuestos” que regulaciones como tal; igual solo intento ayudar y no sé si estoy equivocado o no.

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