Cambios en el nuevo reglamento del impuesto sobre la renta

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Aunque se tuvo que esperar mas de un año, por fin el pasado 8 de octubre de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el nuevo reglamento del Impuesto sobre la Renta (ISR), que como sabemos, entró en vigor un día después, el 9 de octubre, lo cual significa que se abroga el reglamento anterior publicado el 17 de octubre de 2003.

Ahora es más extenso ya que incluye 313 artículos a diferencia del anterior que contenía 284.

Pero, veamos cuales son algunos de los cambios que trae este nuevo documento:

Principales cambios del Reglamento del impuesto sobre la renta 2015

El artículo 3 se elimina quedándose como único el 3-A, donde se establecía la referencia a la Clave Única de Registro de Población (CURP) como forma de identificación de los contribuyentes que percibían intereses.

Desaparece el artículo 12-A, en el cual permitía reconocer la existencia de una pérdida fiscal, haciendo referencia al tratamiento de la PTU. (Esto podría provocar inseguridad jurídica).

Se agrega al Reglamento la facilidad de que los salarios pagados en efectivo, puedan ser deducibles siempre que además de cumplir con los requisitos fiscales ya señalados, se emita el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) correspondiente por concepto de nómina, quedando ahora solo un articulo 43.

En el articulo 152 se establece el manejo y deducibilidad de los gastos por viáticos, en este caso se podrán no presentar los comprobantes fiscales que amparen hasta un 20% del total de los viáticos erogados, en caso de no existir servicios que los emitan, esto será posible siempre que el restante se haya pagado con tarjeta de crédito, de débito o de servicio del patrón. Pero recordando los demás requisitos, como el límite de 50 km, por ejemplo.

El nuevo reglamento deroga al anterior
El nuevo reglamento deroga al anterior

Se modifica el articulo 161 en el cual se determina la obligación que tendrán los contribuyentes de informar el monto de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o plata, cuando superen los $100,000.00 pesos, incluyendo los respectivos impuestos, incluso si estos son en pagos diferidos.

Para el nuevo reglamento ya no se incluyo la sección de “Facultades de las autoridades fiscales”.

Un cambio importante también, es el que ya no se incluye el ultimo párrafo del articulo 240 del antiguo reglamento, en donde los comprobantes de pagos por honorarios médicos y dentales debían hacer constar que quien presta el servicio cuenta con título profesional de médico o de cirujano dentista, ahora en el articulo 264 del nuevo reglamento solo hace referencia a las deducciones personales que ya conocemos, sin determinar estrictamente el tema de los títulos profesionales.

Con estos cambios, aunque no son todos los que se comentan, se pretende que los contribuyentes tengan un poco más claros algunos preceptos, todavía faltan aclarar otros puntos, pero lo menos ya salió el nuevo reglamento, a casi dos años desde que entró en vigor la nueva ley de ISR.

No esta demás hacer hincapié en que todos deberíamos leer las disposiciones legales o fiscales para conocer nuestros derechos como ciudadanos y contribuyentes, recordemos que el que desconozcamos una ley no significa que no deba aplicarse.

1 Comentario

  1. En cuanto a las vacaciones, pago y días , resulta que una persona que tiene 14 días, y estas son tomadas en diciembre a partir del 21, y cobra quincenal, y su patrón le paga la primera quincena completa y sus vacaciones, pero; paga 14 días, sin incluir los días de descanso, además le dice que deberá entrar el dia, lunes 4 enero 2016.
    es correcto?. ya que en la lft no lo explica.

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