Ahora es solo cuestión de esperar, ya que se entregó el 8 de septiembre el paquete económico para el próximo año, solo esperaremos para el mes de noviembre para su aprobación, aunque no se incluyo lo que se venia planteando para este paquete, de aprobarse sí habría cambios en materia fiscal, que es lo que mayormente se solicitaba por el gremio empresarial.
Todas las propuestas, como sabemos, son publicadas en la gaceta parlamentaria, la cual hace de conocimiento previo a las cámaras, sobre dichas propuestas, el caso es que en ésta gaceta se mencionan algunas adiciones y derogaciones que reformaran a las disposiciones fiscales mas importantes, que son la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), el Código Fiscal de la Federación, principalmente.
Cuando se trate de aportaciones para el retiro (subcuentas afore y planes personales) estas erogaciones serán deducibles en un 100%, y no como se indica en la fracción V del artículo 151.
Deducción Inmediata
Uno de las cambios mas esperados es nuevamente la deducción inmediata de inversiones, aunque no será de manera permanente (aparentemente) sino que solo para el próximo año y el siguiente (2016 y 2017), y no para todos, sino para las empresas (personas físicas y morales) que no hayan rebasado los 50 millones de pesos en ingresos en el ejercicio inmediato anterior. Interesantemente esta deducción no la podremos aplicar ni a vehículos ni blindajes, ni aviones, solo que éstos últimos sean para uso agrícola, ni equipo de oficina.
Socios de personas morales y precios de transferencia
Además de otorgar créditos fiscales a utilidades reinvertidas de los socios de personas morales desde 1% hasta 5%. También se pretende ampliar la base tributaria permitiendo a socios de personas morales con fines no lucrativos ingresar al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF). Ahora posiblemente se deba presentar una declaración informativa, relacionada a los precios de transferencia (partes relacionadas con entidades regionales, nacionales y extranjeras).
Para que los efectos de la baja en los combustibles se vea reflejado en el publico en general, se liberaran los precios de las gasolinas (según).
Cuando se trate de exportación de bienes de alto contenido calórico serán gravados a la tasa del 0%. Y para los contribuyentes del RIF que sean contribuyentes de IEPS presentaran declaración de su equipo de producción, reporte de existencias y volúmenes fabricados.
Y nuevamente se dan más facultades al Servicio de Administración Tributaria (SAT) como para realizar su “Lotería fiscal”.
Amarrando con lo anteriormente mencionado sobre la declaración de los precios de transferencia, el hecho de no presentarla, será causa de infracciones.
Se incluye la garantía de audiencia como modificación al artículo 53-B.
La utilización de la información en manos del SAT, para otorgar créditos a las PYMES.
Salario Mínimo
Esto solo por mencionar algunos detalles que serán importantes dentro de lo fiscal para el próximo año, y eso sin mencionar un tema de igual o mas importancia para la economía del país, la desvinculación del salario mínimo, estableciendo una Unidad de Medida y Actualización (UMA) con la finalidad de recuperar el poder adquisitivo y que al actualizar los salarios no se vean afectados otros conceptos, pero sobre este tema ya no se dijo nada, esperemos lo retomen para el 2016.
Así que solo nos queda esperar la determinación, esperemos que esto no ocasiones otros males, como la derogación del IDE y IETU, que salió lo mismo porque se redujo el porcentaje de las deducciones.