¿Sabes qué es el coeficiente de utilidad? Cuando inicia operaciones una empresa estando constituida como Persona Moral, a menudo nos complicamos la existencia tratando de comprender cómo realizaremos nuestros pagos de ISR (y mas si no somos contadores) ya que estos pagos se calculan en base a un famoso “Coeficiente de Utilidad”, así que primero establezcamos qué es una persona moral de acuerdo a la L.I.S.R. y que es el coeficiente de utilidad:
Persona moral artículo 7
“Cuando en esta Ley se haga mención a persona moral, se entienden comprendidas, entre otras, las sociedades mercantiles, los organismos descentralizados que realicen preponderantemente actividades empresariales, las instituciones de crédito, las sociedades y asociaciones civiles y la asociación en participación cuando a través de ella se realicen actividades empresariales en México.”
Coeficiente de utilidad (CU)
Es el porcentaje de utilidad obtenido del ejercicio anterior, pero, en fracción, y representa la utilidad por cada peso obtenido durante ese ejercicio, y en base a este se calculan los pagos para el siguiente año (es como si calculáramos las utilidades que obtengamos posteriormente).
Estas personas morales que iniciaron actividades, en el primer ejercicio no realizarán ningún pago provisional, pero para el segundo año de operaciones sí, para esto, el primer pago lo realizarán de manera trimestral, es decir, este primer pago llevará incluido los meses de enero, febrero y marzo, y a partir de este mes los demás pagos se realizarán de manera mensual, de acuerdo al artículo 14, fracción I, tercer párrafo de la L.I.S.R.
Estemos conscientes que este movimiento solo será por el segundo año de actividades de las personas morales, y su coeficiente se calculará aunque su primer año de actividades no haya sido de doce meses.
Pero, ¿qué quiere decir lo antes mencionado?
Que el pago será trimestral porque no tiene CU, ya que recién inicio operaciones, y si recordamos, la declaración anual se presenta dentro de los tres primeros meses del año siguiente, por ejemplo, si inició actividades en 2016 tiene para presentar su declaración anual hasta el 31 de marzo del 2017, y como es la primera declaración anual, obviamente, no tiene determinado su coeficiente, así que el primer pago provisional será de forma trimestral y será en ceros.
Una ves que hayamos presentado la declaración anual en marzo, sabremos cuál es nuestro coeficiente, mismo que aplicaremos a partir del siguiente mes, que es “abril”, y este lo utilizaremos hasta que presentemos la segunda declaración anual, y determinemos uno nuevo. Y así cada año.
Recuerda tener preparados tus papeles y documentos para la declaración anual, pues en el proceso de preparar la declaración habrá muchos puntos que sería mejor tuvieras bien listos desde antes.
buen día, su explicación es muy clara mas sin embargo tengo 2 dudas . 1 en mi declaración anual si sale importe a pagar pero no así en los pagos provisionales verdad? y el 2 en la declaración trimestral que presento en abril por los meses de enero a marzo tampoco pongo el coeficiente ? si no hasta abril que presento en mayo o estoy equivocada…gracias
Es muy practico esta retroalimentación de preguntas, de esta forma compartimos experiencias o casos ya vistos, que le sirven a otros colegas…
Saludos…!!!
yo tengo S.A. se dio de alta en el 2011 siempre se presentaron declaraciones tanto mensuales como anuales en 0, hasta este unltimo trimestre que empesamos a tener ingresos en ¿como calculo en Coeficiente de utilidad para el 2016?
El pago trimestral del segundo periodo abarca ene feb mar, el vencimiento de marzo es el 17 de abril y se debe realizar con pago, puesto que para el día 31 de marzo ya sabemos el coeficiente de utilidad del primer ejercicio aún cuando no sea de 12 meses, art. 14, fracción I, tercer párrafo de la L.I.S.R
la empresa SE CONSTITUYE EN 2014
INICIA OPERACIONES EN 2015
PERO VENTAS TIENE HASTA 2016
COMO VOY A DETERMINAR LA DECLARACION ANUAL DE 2015 SI NO TENEMOS INGRESOS PARA DETERMINAR EL COEFICIENTE DE UTILIDAD?
Y COMO VOY A PRESENTAR MIS PAGOS PROVISIONALES DE 2016?
No tienes factor ya que no tienes ingresos y estos son la base para determinar tu coeficiente de utilidad tu obligacion sera hasta el siguiente ejercicio que es en 217, tus pagos prov de isr 2016 son en ceros
SI MI CU ES .0300 Y ESTE AÑO ME SALE .0200 OCUPO ESTE ULTIMO?? GRACIAS
Alicia
Una persona moral se constituye en diciembre de 2016, tiene ingresos a partir del febrero, tengo duda de cómo debo presentar mis pagos provisionales de ISR y el trimestral del segundo año, ya que no tengo datos para calcular el coeficiente de utilidad.
Gracias
Para determinar el coeficiente de utilidad se consideran para determinar la utilidad fiscal, las perdidas de ejercicios anteriores? O tengo que considerar antes de restarle la perdidas del ejercicio anterior?
Buenas tardes,
Somos una personal moral y la contadora realizo las declaraciones individuales del primer trimestre… que aplica en este caso?
Simplemente realizo trabajo de mas
si en mi declaracion no sale coeficiente de utilidad como presentare mis provisionales del 2do año?
Esta excelente el articulo, mi duda es: La empresa solo presento declaracion de 2015 que fue su primer ejercicio fiscal y de ahi ya no se han presentado declaraciones; ha esta fecha que vamos a presentar el 2016 (y como ya se realizo la anual 2015 y por lo tanto ya se tine el coeficiente), lo aplicamos en el primer trimestre o se presenta tambien con coeficiente 0? Gracias
Hola buenas tardes, aunque un poco tarde te comento, tal como esta escrito en el articulo 14 de a ley de ISR en la al haber presentado la declaracion del 2015 y en esta tener coeficiente de utilidad entonces en el año 2016 en la declaracion provicional del mes de marzo te correspondera declarar por unica ocacion juntos los 3 primeros meses (enero, febrero y marzo) a partir de ahi sera mensual. (esto tiene su razon de ser, lo que pasa es que si tu te fueras hacer las declaraciones en los meses que corresponde de enero y febrero te generaria multas y recargos en esos meses por presentarlos fuera de tiempo, lo cual no seria correcto por que tu coeficiente apenas lo obtubiste en la declaracion anual de marzo).
Lo que tienes que hacer es presentar en marzo del 2016 los meses de enero, febrero y marzo con el coeficiente de utilidad que del 2015 y los meses restantes igual con el mismo coeficiente. (aunque de igual manera ya tendras multas y recargos por presentarlos fuera de tiempo)
SIEMPRE Y CUANDO LO REQUIERAN PRIMERO
hOLA SOY ESTUDIANTE DE 7MO TETRAMESTRES Y ESTOY POR INICIAR MI TESIS,
EL PROBLEMA ES QUE NO SE DE QUE TEMA ES ADECUADO O SOBRE QUE TEMA HACER .
ME PUEDEN AYUDAR POR FAVOR
GRACIAS
muchas gracias por el articulo explica muy bien, pero una duda, mi negocio arranco en el 2017, pero declare en ceros porque no hice ninguna operacion o venta, tuve compra de equipo capital de los socios y gastos en general pero cero venta. como calculo el coeficiente para el 2018?
tengo una duda, somos una empresa moral con sociedad civil mercantil, debo tambien hacer mis declaraciones con coeficiente, o cual es la manera correcta para declarar?
Saludos!.. Espero pueda ayudarme.
Nos registramos como persona moral en agosto, por lo cual a hoy en septiembre aún no he obtenido ingresos. Debo realizar una trimestral o mensual en CEROS?.. esto es hasta que obtenga ingreso o por lo que resta del periodo. gracias.
tengo una duda
inicio operaciones en abril de 2016 persona moral y hasta marzo 2017 presente con coeficiente de utilidad cero, pero en la anual de 2016 obtuve coeficiente este lo aplique de abril 2017 a febrero 2018, pero en la anual de 2017 tuve perdida fiscal que coeficiente de utilidad debo aplicar a partir de marzo 2018, ¿Sera el mismo que determine en 2016?
Buenas tardes,
Te una duda, en una sociedad civil, se menciona en el articulo 17 Fracc I segundo párrafo que si se trata de asociaciones o sociedades civiles los ingresos se consideran hasta que se cobre, entonces en mi caso tengo lo que corresponde a los meses de Octubre, noviembre y diciembre de 2018 realice facturas pero no me las pagan hasta el mes febrero de 2019, entonces en la declaración anual de 2018 no tendré coeficiente de utilidad y mi pregunta es, ¿Si en el 2019 también realizaré el calculo con coeficiente de utilidad en cero?
La empresa se constituyo en el 2016, y durante ese año y el 2017 no hubo ingreso ni gastos hasta el 2018 que ya hubo facturación (ingresos y gastos) por lo tanto venían presentando declaraciones en ceros y no hay coeficiente de utilidad, cierto?, bueno en el 2018 se presentan las respectivas provisionales (isr e IVA) y en cuanto al isr pues da cero porque no hay coeficiente de utilidad del año anterior, mi pregunta es: ¿al presentar la declaración anual 2018 no debe dar isr a pagar?
SI ENVIE MI DECLARACION ANUAL EN MARZO Y GENERE UN CU DE 0.0498 PERO EN EL MES DE AGOSTO REVISO MI ANUAL Y VEO QUE MI COEFICIENTE REAL DEBIO SER 0.0348, DEBO PRESENTAR DESDE EL MES DE MARZO LAS COMPLEMENTARIAS DE LOS PROVISIONALES O SEGUIR CON EL NUEVO COEFICIENTE A PARTIR DE AGOSTO?
Hola buenas tardes, el articulo buenísimo, pero tengo una duda, que pasa para el tercer ejercicio, si en mi segundo ejercicio no tuve C.U, en mi primer ejercicio irregular que inicio en septiembre de 2017 obtuve CU. mismo que ocupare para 2018 y en 2018 no obtuve CU, mi duda es que pasa para mi siguiente ejercicio 2019, en el siguiente párrafo de la LEY de ISR Art 14 dice que cuando en el ultimo ejercicio de 12 meses no se haya obtenido CU se aplicara el correspondiente al ultimo CU obtenido de un ejercicio de 12 meses sin que este sea anterior a 5 años, Yo interpreto que si no tengo coeficiente en un ejercicio de 12 meses no tendría CU a aplicar dado que el CU que tengo no es de un ejercicio de 12 meses, me pueden ayudar con sus comentarios.
saludos
Es correcto. Pienso que en 2019 no tienes cu que aplicar.
la empresa se constituyo en 2021 y tuvo ingresos en 2022 pero no obtuve coeiciente de utilidad, para el siguiente año como presento la declaracion si no tengo C.U.
hola, llevo una empresa que no ha tenido ingresos desde el 2015 , para el 2017 tiene gastos pero estos son subsidiados por prestamos del socio, para la declaración anual 2017 tiene perdidas fiscales, para determinar ingresos nominales , los ingresos acumulables son 0 menos el ajuste anual por inflación, dando en negativo los ingresos nominales, para el calculo del coeficiente de utilidad serian las perdidas fiscales entre el ingreso nominal negativo, dando un coeficiente negativo de 8, ¿ahí que hago?.