Mis cuentas. Mitos y realidades del Régimen de Incorporación Fiscal

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Durante todo el año han surgido una serie de noticias en torno al nuevo Régimen de Incorporación Fiscal y la aplicación Mis cuentas que a veces la información se hace difusa o poco clara. El SAT, ante esto, dio a conocer estos mitos del nuevo Régimen de Incorporación Fiscal. Chécalos.

Mito: No puedo tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal si tengo otros ingresos.

Realidad: Sí puedes tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal aunque obtengas adicionalmente ingresos por salarios o intereses, o por comisión y mediación. La única condición es que tus ingresos por estos conceptos no excedan el 30% de los totales.

Sin embargo, también existen otras condiciones que no se explican con claridad, como por ejemplo, ser socio accionista de una sociedad, lo que quita toda posibilidad de pertenecer a este régimen.

Mito: Tengo que aprender computación para llevar mi negocio; mejor sigo llevando mi libreta donde anoto mis ingresos y gastos.

Realidad: Mis cuentas es una sencilla aplicación y no es necesario aprender computación; además, el SAT te apoya en el registro de tus ingresos y gastos en Mis cuentas. Tu libreta te sigue siendo útil para tener un mejor control de tus operaciones.

Por desgracia, el SAT pasa por alto que existe una enorme brecha generacional digital, ya que si bien no es nada difícil llevar el control mediante Mis cuentas, para alguien que tiene nulo conocimiento de computación resulta una tarea verdaderamente titánica.

Mito: El Régimen de Incorporación Fiscal es tan complicado que necesito contratar a un contador.

Realidad: No, ya que el Servicio de Administración Tributaria ha puesto a tu disposición la aplicación Mis cuentas, que de manera sencilla y gratuita te permite llevar el registro de tus ventas y gastos sin necesidad de contratar a alguien para que lo haga por ti. Sólo necesitas ingresar en sat.gob.mx y registrar tu clave del RFC y contraseña; después, sólo registrar tus operaciones, incluso cada bimestre.

Aunque es cierto que la aplicación Mis cuentas es muy fácil de usar y no se requieren conocimientos profesionales de contabilidad, también es cierto que muchas personas no tienen el tiempo ni la paciencia para lidiar con los desperfectos del SAT, además, aún existen tecnicismo que no toda la gente comprende con facilidad. En tal caso, el contador es opcional, y quien no quiera romperse la cabeza un rato, puede buscar uno, pero también es cierto que si uno se lo propone, será fácil usar la aplicación y descartar la contratación de un contador.

Mito: Con una sola factura que emita voy a tener que pagar el IVA o el impuesto especial sobre producción y servicios por todas mis ventas.

Realidad: Sólo debes pagar el IVA o el impuesto especial sobre producción y servicios por las operaciones en que hayas emitido facturas electrónicas, ya que ahí trasladaste estos impuestos, pero no por el resto de las operaciones que hayas tenido con el público en general.

Recordemos que el IEPS es un impuesto para ciertos productos o servicios, no siempre se debe de pagar, aunque sin duda en el RIF es un tema algo complejo que el SAT pretenden hacer sencillo sin mucho éxito.

Mito: Para facturar debo contratar a un auxiliar de este tipo de servicios y son sistemas caros y complicados.

Realidad: Para facturar de manera sencilla y rápida, el SAT te proporciona la aplicación gratuita Mis cuentas, que incluye la opción de Factura fácil, donde únicamente es necesario llenar los datos de tu cliente para obtener tu factura electrónica.

Esto es parecido a saber si se debe contratar o no un Contador. Recordemos que no todos tienen la misma facilidad para manejar las computadoras, y aunque es un sistema muy sencillo de usar, tiene su chiste.

Mis cuentas contador computadora

Mito: Al registrar en Mis cuentas las operaciones realizadas exclusivamente con el público en general deben separarse el IVA y el impuesto especial sobre producción y servicios.

Realidad: Al registrar tus operaciones en Mis cuentas no debes separar los impuestos de tus ventas al público en general.

El sistema de Mis cuentas muy sencillo de utilizar y al menos en estas operaciones, el sistema ya detecta de forma automática la operaciones. Descuida.

Mito: Las facturas electrónicas generadas a través de Mis cuentas son rechazadas porque les faltan datos.

Realidad: Las facturas electrónicas emitidas a través de Mis cuentas, opción Factura fácil, son deducir y acreditar impuestos.

La aplicación de mis cuentas está diseñada para que su uso sea fácil y todo lo que en ella se emita sea oficial, así que descuida ;).

Mito: Ahora que debo usar Mis cuentas ya no podré utilizar los servicios del auxiliar de facturación que había contratado.

Realidad: Si ya habías contratado a un auxiliar de facturación puedes seguir utilizando sus servicios para generar facturas, o bien optar por hacerlo a través de Mis cuentas o con la herramienta gratuita del SAT.

Ya bien lo decía, si quieres olvidarte de todo ese embrollo de facturación y declaraciones, contrata a una persona, sino, hazlo por tu cuenta.

Mito: Si tengo ingresos por un local en el mercado y además por otro negocio, ¿debo pagar por separado el impuesto por las ventas de cada uno?

Realidad: Si tienes dos negocios debes por la suma de todos sus ingresos.

A partir de aquí las cosas comienzan a complicarse si deseas llevar por tu cuenta la contabilidad y prescindir de los servicios de un contador.

Como verás existen aún preguntas de toda clase, pero la realidad es que a pesar de los intentos del SAT por mejorar el manejo de la aplicación y ampliar su base tributaria, el camino aún queda muy largo. Tal parece que los servicios de un contador deberán ir dirigidos a una rama más especializada de las empresas.

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