Registro del ISR anual a cargo en el CFDI de nómina para 2020

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CFDI ISR 2020 nómina
CFDI ISR 2020 nómina

Ya que recientemente se publicó la actualización a la guía de llenado de los comprobantes fiscales de nómina (CFDI) así como el ISR, es importante que al generar dichos comprobantes, se tengan presentes cada uno de los cambios que se establecieron, los cuales se aplicaran a partir de este año. Estos cambios también forman parte de las reformas fiscales para 2020.

Apéndice 8, ISR Retenido de ejercicio anterior

Como parte de las modificaciones que se hicieron a la guía de llenado de nómina, se adicionó el apéndice 8, en el cual se establece la forma en que se registrará en el CFDI de nómina, el impuesto que resulte a cargo del contribuyente en el cálculo anual, es decir, el registro del impuesto a retener derivado del cálculo realizado a los ingresos anuales del trabajador y, de acuerdo a lo que se observa en la guía de llenado, para el registro del impuesto, se considerarán los siguientes conceptos:

Nodo Deducción, tratándose del impuesto del ejercicio

En el campo TipoDeducción del Nodo: Deducción, se debe registrar la clave “101” (ISR Retenido de ejercicio anterior) del catálogo c_TipoDeduccion.

En el campo Concepto del Nodo: Deducción, se debe registrar la siguiente descripción: “ISR Retenido de ejercicio anterior”.

En el campo Importe del Nodo: Deducción, se debe registrar el importe del ISR a cargo del trabajador derivado del cálculo del impuesto anual.

Una vez que se haya realizado el cálculo anual de ISR por los sueldos y salarios que corresponda a cada uno de los trabajadores, el impuesto que resulte de esto se reflejará en el CFDI de nomina que se expida por la primera quincena del mes de enero, en este caso, del próximo año; o a más tardar en el mes de febrero. Puedes ver un video del cálculo de nómina aquí.

ISR tratándose del periodo quincenal

Ahora bien, se debe tomar en cuenta que, tanto el impuesto del ejercicio anterior (antes mencionado) como el impuesto del periodo que se determine, se deberán constar en el mismo CFDI que corresponda, ya sea en enero o en febrero; para lo cual se considerará de la misma forma, lo siguiente:

Nodo Deducción

En el campo TipoDeduccion del Nodo:Deduccion, se debe registrar la clave “002” (ISR) del catálogo c_TipoDeduccion

En el campo Concepto del Nodo:Deduccion, se debe registrar la siguiente descripción: “ ISR”.

En el campo Importe del Nodo:Deduccion, se debe registrar el importe del ISR a cargo del trabajador derivado de la primera quincena de enero.

Por lo anterior, queda comprendido que, ya sea en la primera quincena de enero o en febrero, ambos impuestos ISR anual e ISR quincenal, deberán constar en el mismo comprobante de que se trate como parte de las deducciones del periodo, desde luego además de otras, como es el caso de las de seguridad social.

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