Los umbrales en la economía también existen. Con la implementación de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), o generalmente conocida como ley antilavado, el principal objetivo ha sido establecer ciertos parámetros para poder identificar operaciones que pudieran realizarse con recursos, posiblemente de procedencia ilícita, así como a quienes las realicen; para llevar a cabo esta tarea, se han establecido algunas obligaciones, entre las cuales se encuentran, principalmente, la identificación y presentación de avisos ante hacienda.
Ya dentro de la LFPIORPI, en el artículo 17, se encuentran establecidas y clasificadas las actividades que se consideran como vulnerables; sin embargo, existen dos puntos importantes a considerar, para la realización de dichas actividades:
- El Umbral de identificación, y
- El Umbral de aviso
Umbrales de la identificación
De todas las actividades que se mencionan en el artículo 17, algunas de estas, por el solo hecho de realizarlas, se debe presentar un aviso a la SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público), más exacto en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero, para que la autoridad “oficialmente” tenga identificada la actividad que se realiza, independientemente de la cantidad de dinero que se utilice.
Por mencionar algunos ejemplos, la prestación de servicios profesionales independientes como los prestados por notarios o corredores públicos, incluso contadores, tienen esta obligación.
Umbrales de aviso por actividades y operaciones vulnerables
Ahora bien, para otras actividades, existen también ciertos “montos” o umbrales que una vez que se rebasan, se debe presentar un aviso ante la autoridad ya mencionada, con la información y documentación que permita identificar a quienes intervinieron en la operación sujeta de aviso.
Entonces, de acuerdo a lo anterior, los umbrales de identificación aplican para todas las actividades, algunas rebasando determinadas cantidades y otras desde el inicio, cuando comienzan a realizarse; para las que rebasan las cantidades, se establece el umbral de aviso.
Los umbrales se pueden consultar en el mismo portal, anteriormente ya descrito, sobre los cuales referimos algunos:
Actividad | Umbral de Identificación | Umbral de aviso | ||
UMA* | M.N.** | UMA* | M.N.** | |
Juegos con apuesta, concursos y sorteos | 325 | $26,195.00 | 645 | $51,987.00 |
Tarjetas de crédito o de servicios | 805 | $64,883.00 | 1,285 | $103,571.00 |
Tarjetas prepagadas | 645 | $51,987.00 | 645 | $51,987.00 |
Cheques de viajero | Siempre | Siempre | 645 | $51,987.00 |
Préstamos o créditos, con o sin garantía | Siempre | Siempre | 1,605 | $129,363.00 |
Servicios de construcción, desarrollo o comercialización de bienes inmuebles | Siempre | Siempre | 8,025 | $646,815.00 |
Comercialización de piedras y metales preciosos, joyas y relojes | 805 | $64,883.00 | 1,605 | $129,363.00 |
Subasta y comercialización de obras de arte | 2,410 | $194,246.00 | 4,815 | $388,089.00 |
Distribución y comercialización de todo tipo de vehículos (terrestres, marinos, aéreos) | 3,210 | $258,726.00 | 6,420 | $517,452.00 |
Servicios de blindaje (vehículos y bienes inmuebles) | 2,410 | $194,246.00 | 4,815 | $388,089.00 |
Transporte y custodia de dinero o valores | Siempre | Siempre | 3,210 | $258,726.00 |
Derechos personales de uso y goce de bienes inmuebles | 1,605 | $129,363.00 | 3,210 | $258,726.00 |
Recepción de donativos por parte de organizaciones sin fines de lucro | 1,605 | $129,363.00 | 3,210 | $258,726.00 |
Para la prestación de servicios profesionales independientes:
Actividad | Umbral de Identificación |
Compraventa de bienes inmuebles o la cesión de derechos sobre estos | Siempre |
Administración y manejo de recursos, valores o cualquier otro activo de sus clientes | Siempre |
Manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valores | Siempre |
Organización de aportaciones de capital o cualquier otro tipo de recursos para la constitución, operación y administración de sociedades mercantiles | Siempre |
Constitución, escisión, fusión, operación y administración de personas morales o vehículos corporativos, incluido el fideicomiso y la compra o venta de entidades mercantiles | Siempre |
En esta última tabla, el umbral de aviso será Cuando en nombre y representación de un cliente, se realice alguna operación financiera que esté relacionada con los actos señalado.
Como se ha dicho al inicio de la presente redacción, el objetivo es identificar algunas operaciones que pudieran realizarse con recursos ilícitos, así también a quienes se vean involucrados.
Cabe mencionar que, a pesar de que esta ley es de orden e interés público, según el primer artículo, actualmente no es aplicada como debiera, quizá debido a la poca difusión y orientación que se ofrece sobre la misma.
Los contribuyentes que realizan obra publica con los gobiernos federales, estatales y municipales, estan en el supuesto que marca el articulo 17
Excelente artículo, Maestra Magy. Es importante que nos relacionemos más con dichos umbrales porque la fiscalización más agresiva se realizará ampliando el espectro de actividades vulnerables. La autoridad sabe que esta “Ley Antilavado” ahorca más que las listas negras del 69-B del CFF. Saludos.