Extensión para obligación del CFDI 4.0

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Finalmente el SAT dio una extensión para la obligación de la emisión del CFDI 4.0, sin embargo, hay que mirar lo que rodea este comunicado por parte del SAT. Después de la espera, por fin se dio por oficial la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus anexos 1-A, 9, 15 y 23, la cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación este 9 de junio del presente año.

Se oficializa la cancelación de comprobantes fiscales anteriores al 2022

Con esta resolución, se da por asentada la reforma a los Transitorios Segundo, párrafos primero y tercero, Quinto y Décimo Sexto de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022 y sus respectivas modificaciones, para señalar que, se podrá llevar a cabo la cancelación de CFDI de ejercicios fiscales anteriores al ejercicio fiscal 2022, siempre que cumpla con los requisitos que se establecen.

Desde luego considerando esta facilidad hasta el 31 de diciembre del presente año.

Facilidad para personas físicas de sellar CFDI sin e.firma y sin CSD

De la misma manera, se da por confirmada la facilidad que tienen las personas físicas que tributan de acuerdo al Régimen Simplificado de Confianza (Sección IV del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR), de poder expedir los CFDI a través de “Factura fácil” y “Mis cuentas”, la cual consiste en poder sellar sus CFDI sin contar con el certificado de e. Firma o con un CSD, siendo esto hasta el 31 de diciembre de 2022.

Declaración informativa relativa a la transparencia del patrimonio

A pesar de haberse publicado, hasta el día 9 de junio, cabe mencionar que la declaración informativa relativa a la transparencia del patrimonio y al uso y destino de los donativos recibidos correspondiente al ejercicio fiscal 2021, en términos de la regla 3.10.10, contaba con un nuevo plazo para su cumplimiento, el cual era a más tardar el 2 de junio de 2022; que, para este momento, ya debe haberse llevado a cabo.

CUARTA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus anexos 1-A, 9, 15 y 23.

Extensión CFDI 4.0 Primera versión anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones

No esta demás hacer mención, que una de las mas recientes noticias, y muy celebradas por cierto, es la ampliación del periodo de convivencia entre las versiones del CFDI 3.3 y 4.0, que para tales efectos, considera como fecha limite de este nuevo periodo, el 31 de diciembre de 2022.

Este nuevo plazo o extensión CFDI, a pesar de contemplarse aun en la Primera versión anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones, es mas que probable que sea oficial en unas semanas más, por lo que, es recomendable comenzar a utilizar la nueva versión, si no se ha hecho, con el objetivo de recabar la documentación que coadyuve al soporte de las operaciones que consten en los comprobantes, como es el caso de las ya tan mencionadas constancias de situación fiscal.

 

Magi Marquez
Magi Marquez
Nunca consideres el estudio como una obligación, sino como la oportunidad para penetrar en el bello y maravilloso mundo del saber. (A. Einstein)
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