Consideraciones del artículo 152 de la LISR en declaración anual

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El artículo 152 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, es uno de los que regularmente se están consultando cuando se llega el tiempo de declaraciones anuales, sin embargo, a pesar de esto, en mucho de los casos se da por entendido y al comparar con el sistema de la autoridad fiscal, surgen diferencias que quizá no se previeron o analizaron en su tiempo.

Importancia de analizar el artículo 152

Esta articulo es uno de los mas importantes aplicables a las personas físicas, ya que en este se establece el procedimiento que deberá seguirse para determinar el impuesto correspondiente al ejercicio, por lo que, para estos efectos, se consideran todos los ingresos que se hubieren obtenido durante el mismo ejercicio, lo cual, regularmente se llegan a ignorar hasta que se debe informar en la plataforma.

Ingresos del artículo 152

Las personas físicas calcularán el impuesto del ejercicio sumando, a los ingresos obtenidos conforme a los Capítulos I, III, IV, V, VI, VIII y IX de este Título, después de efectuar las deducciones autorizadas en dichos Capítulos, la utilidad gravable determinada conforme a las Secciones I o II del Capítulo II de este Título, al resultado obtenido se le disminuirá, en su caso, las deducciones a que se refiere el artículo 151 de esta Ley.

…”

Primera parte

De acuerdo al artículo mencionado, para determinar el ISR del ejercicio, hay una primera parte en la cual se deben considerar los siguientes ingresos:

  • Capítulos I, Sueldos y Salarios
  • Capítulos III, Arrendamiento
  • Capítulos IV, Enajenación de Bienes
  • Capítulos V, Adquisición de Bienes
  • Capítulos VI, Intereses
  • Capítulos VIII, Dividendos
  • Capítulos IX, Otros ingresos

Dichos conceptos, una vez que se incorporen al cálculo anual, deberán estar disminuidos de las deducciones que les corresponda.

Segunda parte

De la misma forma, en la misma disposición, se indica una segunda parte, la que corresponde a la utilidad gravable; esta utilidad es aquella que se determina según se trate de actividades empresariales o profesionales, que en ambos casos corresponden al Capitulo II del mismo Título IV.

¿Cómo se observaría lo anterior y tan importante del artículo 152?

INGRESOS
Sueldos y Salarios 0.00
Arrendamiento 0.00
Enajenación de Bienes 0.00
Adquisición de Bienes 0.00
Intereses 0.00
Dividendos 0.00
Otros ingresos 0.00
Ingresos Acumulables (primera parte) 0.00
+ Utilidad Gravable Capítulo II (segunda parte) 0.00
TOTAL, DE INGRESOS ACUMULABLES (Título IV) 0.00
– Deducciones personales (artículo 151) 0.00
Base del impuesto anual 0.00

(desde luego, una vez realizado lo anterior, procede el acreditamiento que el mismo artículo señala).

Porque es importante revisar a tiempo

Resalta la importancia de analizar lo que este artículo 152 menciona, ya que, con el tiempo corriendo tan de prisa, se suelen dejar de lado algunos conceptos que al incorporarlos a la plataformas de la autoridad, se desconoce de donde surgieron, o como es que la autoridad los esta considerando, incluso, si son o no correctos sus cálculos.

1 Comentario

  1. Porque si mi empresa me descuenta via nómina $450pesos semanales X 4 años que llevo laborados tengo saldo a pagar en el SAT? Agradezco su respuesta saludos desde Chihuahua mi trabajo está adscritos a CANACAR!!

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