Consideraciones para el Buen Fin

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Buen Fin 2022

Como ya es costumbre desde hace algunos años, durante el mes de noviembre se lleva a cabo el Buen Fin, uno de los eventos más importantes antes de las fechas decembrinas, esto con el objetivo de incentivar la actividad económica y el comercio formal.

Fecha de inicio y final del Buen Fin

Para el presente año, este evento se llevará a cabo a partir del día 10 de noviembre y finalizará el día 16 del mismo, por lo que, durante este tiempo, se espera incremente el consumo; no obstante, ante estas posibilidades es necesario tomar en cuenta algunas consideraciones respecto a quienes pretenden adquirir bienes o servicios.

Las erogaciones en efectivo

Las erogaciones en efectivo son una de las consideraciones que no pueden ignorarse, y más aún en estos últimos años; de acuerdo a lo que establece la Ley del Impuesto sobre la Renta, en el artículo 91 se señala que, las personas físicas podrán ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal cuando se compruebe que el monto de las erogaciones en un año de calendario sea superior a los ingresos declarados, o bien a los que le hubiere correspondido declarar y, en este mismo sentido, dicho artículo hace mención que, se considerarán erogaciones efectuadas por cualquier persona física, las consistentes en gastos, adquisiciones de bienes y depósitos en cuentas bancarias, en inversiones financieras o tarjetas de crédito.

Obligación del sistema financiero de informar al SAT

Ahora bien, de la misma forma, la Ley del Impuesto sobre la Renta, en el artículo 55, establece la obligación a las instituciones que componen el sistema financiero, de informar anualmente al Servicio de Administración Tributaria (SAT), la información referente a los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes, cuyo monto mensual acumulado por dichos depósitos exceda de 15,000.00 (quince mil pesos).

Reforma al artículo 55 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

En relación a lo anterior, dentro de la reforma fiscal, próxima a materializarse, se contemplan varias modificaciones, entre las cuales alcanza al artículo 55 de la ley de Renta, el cual, como se menciona en líneas anteriores, dicta la obligación de informar sobre depósitos en efectivo de forma anual, a más tardar el 15 de febrero; algo que, para el próximo año estaría realizándose de forma mensual, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior.

Consideraciones para el Buen Fin

Así entonces, es de relevancia tomar en cuenta las implicaciones que tiene el hecho de adquirir bienes o servicios con medios electrónicos cuando, no se contribuye fiscalmente o se contribuye inadecuadamente, ya que, si bien, actualmente la autoridad fiscal puede saber quiénes utilizan el sistema financiero y quienes se encuentran en el RFC, esta se enfoca más a lo que respecta al monto de los 15,000 pesos.

No obstante, lo anterior, es de mencionarse que cada vez más se van acotando las áreas de oportunidad, de anual seguramente pasará a mensual y, quizás más adelante, podría ya no ser a partir de 15,000.00 sino de menos; habrá que tomar precaución.

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