Una reforma tan polémica y discutida por tanto tiempo, fue sin duda, la que estaría regulando la subcontratación laboral, o outsourcing, como regularmente se le denomina; no obstante, después de tantas revisiones, modificaciones y demoras, llega a su publicación oficial este 23 de abril del año en curso.
Publicación en el DOF de la reforma a la Subcontratación laboral
Finalmente se ha publicado en el DOF la nueva reforma a la subcontratación laboral, te dejamos la liga para que la puedas ver con más detalle.
La publicación de esta nueva reforma es trascendental, ya que, si bien no desaparece la subcontratación en si, como muchos esperaban, los cambios que trae consigo respecto a las disposiciones que se incluyen, son significativos.
Partiendo del primer artículo reformado de la Ley Federal del Trabajo (LFT), se observa y establece el artículo 12, que queda prohibida la subcontratación de personal, no así, cuando se trata de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica de quien se beneficie de dichos servicios, esto último, establecido en el nuevo artículo 13.
Un ejemplo más de lo que se incluye en el reciente documento, es la derogación de los artículos 15-A a 15-D de la misma Ley laboral, los cuales fueron adicionados a partir de la reforma de noviembre del 2012, cuyo contenido señalaba de forma más específica a que se refería la subcontratación laboral y en qué casos era aplicable.
Se establecen lineamientos también en materia fiscal
A diferencia de otras reformas, en esta ocasión también se hacen estipulaciones aún más específicas en cuanto a la Ley de Impuesto sobre la Renta, a la Ley de Impuesto al Valor Agregado y al Código Fiscal Federal, esto con el objetivo de llevar a cabo lo que desde hace tiempo se pretendía, “controlar” el tema de las deducciones y acreditamientos relacionados con la prestación de servicios de subcontratación.
Publicación para el 1º de mayo
Lo que se auguraba sobre este decreto, era que se estaría publicando en el Diario Oficial para el día del trabajo, es decir, el 1o de mayo próximo; ya que sería algo relevante y conmemorativo en materia laboral, sin embargo, la sorpresa fue mucho antes. Por lo que será importante analizar los cambios definitivos que contiene el reciente decreto y todas las disposiciones que incumbe.
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Que ago el trabajo que tenía era andar vendiendo ropa americana pero ase ya una semana que tuve una discusión con el patrón y su esposa solo me dió lode dos semanas de mi sueldo no tenía ni seguro tengo derecho alguna liquidación