Obligación de proporcionar los datos generales al solicitar un CFDI

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Datos generales en CFDI 2021
Datos generales en CFDI 2021

Todo indica que a parte de 2021 será obligación proporcionar datos generales al solicitar un CFDI. Con tantas presiones del fin del ejercicio, se pudiera asumir que la mayoría de cambios aplicaran a partir del primer día del próximo año 2021, sin embargo, ya desde las últimas modificaciones a la RMF del 2020, se vienen considerando otros cambios más, entre estos, la obligación de proporcionar los datos generales al momento de solicitar un CFDI.

Facilidad para solicitar CFDI con RFC sin necesidad de proporcionar datos generales

De acuerdo a la regla 2.7.1.47. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, la autoridad concedía la facilidad de no tener que proporcionar información de los datos generales, para cuando se solicitará un CFDI por la adquisición de bienes o por el uso o goce temporal, o cuando se tratare de comprobantes en los que consten contribuciones retenidas, por lo que dicha regla señalaba como requisito suficiente, proporcionar el RFC al emisor del comprobante.

Facilidad de datos generales derogada

Ahora bien, derivado de la publicación en el D.O.F., de la 3ra. Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 el pasado 18 de noviembre de 2020, la regla 2.7.1.47. antes descrita, fue derogada; lo que en este sentido conduce a la obligatoriedad de proporcionar la información completa para cuando se solicite un CFDI, cumpliendo así con los requisitos de deducibilidad.

Acorde con la reciente reforma al CFF

Posiblemente existirán nuevas reglas generales respecto a lo anterior, considerando las recientes modificaciones al Código Fiscal de la Federación, en este caso, las referentes al artículo 29-A; el cual, para el próximo año añadió la aseveración de lo que se considera como operaciones celebradas con el público en general, así como también, señalo la posibilidad de que la autoridad fiscal emita facilidades o, en su caso, especificaciones para la expedición de CFDI (comprobantes fiscales digitales por Internet) por operaciones con el público en general.

Esto último seguramente implicará facilidades diferentes (no tan fáciles) para el ejercicio 2021, considerándose que las modificaciones al Código tendrán efecto para entonces, y en el mismo sentido de que la autoridad, también pretende una mayor recaudación para el mismo ejercicio, y no con nuevas contribuciones o aumentos de las mismas, sino con una fiscalización más rigurosa.

Identificación de los contribuyentes

Lo anterior podría resultar obvio y sin relevancia, pero al parecer con esta resolución se espera tener en un determinado momento, identificados a todos aquellos que soliciten un CFDI, independientemente de que se trate de un RFC genérico, seguramente para cotejo con bases de datos.

Asimismo, cabe mencionar que las operaciones “con el público en general”, recurrentemente son susceptibles a encubrir otro tipo de operaciones, no muy bien vistas por hacienda.

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