Publicación Oficial de Lineamientos Generales para uso del Buzón IMSS

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Iniciado el día 9 de julio del año en curso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.240620/170.P.DIR, mediante el cual se dan a conocer los Lineamientos para el uso del Buzón IMSS, sistema de comunicación implementado por el Instituto Mexicano del Seguridad Social (IMSS).

Objetivo del Buzón IMSS

La implementación de este Buzón tiene por objetivo, atender actos o resoluciones administrativas entre los particulares y el Instituto, lo que se puede comprender que tendrá una función similar a la del Buzón Tributario del Sistema de Administración Tributario (SAT).

El medio de autenticación para efectos del Buzón IMSS será principalmente la firma electrónica, y lo que conlleva el uso de la misma; esto se puede consultar dentro de las disposiciones generales del Acuerdo, que generalmente se traduce a lo siguiente:

  • Los particulares podrán realizar ante el IMSS las actuaciones que estén habilitadas en el Buzón, mediante el uso de la E. Firma vigente, emitida por el SAT.
  • Las actuaciones que se realicen a través de dicho Buzón, deben ser firmadas con la E. Firma, y serán imputables al titular de la misma, esto para evitar el uso no autorizado de este mecanismo.
  • La realización de las actuaciones a través del Buzón, estará sujeta a que el IMSS ponga a disposición de los particulares, las secciones necesarias para su interacción con el propio Instituto.
  • El IMSS dará a conocer a los particulares, a través de su página de Internet, la relación de actuaciones que podrán realizarse por conducto del Buzón, como son, promociones, solicitudes y avisos.
  • Además de otro tipo de información que sea necesaria para el uso del sistema, detallando pasos y procedimientos.                                Buzón IMSS

Quienes son los particulares para efectos del Buzón

Es importante observar a que tipo de “particulares” hace referencia el Acuerdo, ya que este concepto tiene alcance a varios sujetos, como son:

  • Derechohabientes
  • Patrones
  • Sujetos obligados
  • Contadores públicos, contadores públicos autorizados
  • Responsables solidarios, terceros relacionados, sean personas físicas o morales, y
  • representantes legales que realicen actuaciones ante el Instituto mediante el Buzón IMSS

Activación del Buzón

Para activar el uso del Buzón, el procedimiento será como primer paso, el registro en la página de Internet del IMSS (www.imss.gob.mx), en la sección “Buzón IMSS”, para activar el mecanismo de medio de contacto, habrá que agregar uno o hasta cinco correos electrónicos y un número de teléfono celular; que como se observa y se menciona inicialmente, el procedimiento es similar a la activación de los medios de contacto ante el SAT, sin embargo, el procedimiento no termina al agregar correos y números telefónicos, ya que una vez recibiendo el acuse de recibo por el registro, los particulares contarán con 72 horas para confirmarlo, posterior a esto deberán expresar su conformidad para que el IMSS les realice notificaciones de cualquier acto o resoluciones administrativas, emplazamientos, requerimientos o solicitudes de información o documentación, etc., este procedimiento se encuentra a detalle en el punto número 5 del Acuerdo, el cual debe ser consultado para proceder al registro.

“LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL USO DEL BUZÓN IMSS”

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