El terrorismo fiscal que se avecina

5

Odio utilizar el concepto Terrorismo Fiscal, porque alude, generalmente, a una nota amarillista, tendenciosa o polémica, de esas que abundan en escritos de Facebook como “aportaciones”. Desgraciadamente, no encuentro, por ahora, otra definición a lo que se está preparando en el senado, leyes que están listas para salir apenas el paquete económico 2020 vea la luz. Veamos un poco más de esto.

Desde que la nueva administración se ha puesto el firme propósito de castigar y perseguir a los defraudadores fiscales, a los EFOS, a los EDOS y a las operaciones simuladas, poco a poco ha ido creando una serie de reformas y propuestas que arrinconan más y más a los contribuyentes, señalándolos prácticamente de criminales sin tan siquiera dar prueba de ello. No me crea a mí, basta con ver la nueva Ley Nacional de Extinción de Dominio.

Ley Nacional de Extinción de Dominio

Esta ley surge de una modificación por hay del mes de marzo de nuestra constitución, en donde le da nacimiento a esta normativa. El 9 de agosto de vio finalmente materializado este hecho con  la publicación en el DOF de esta ley, pero ¿por qué es tan importante esta ley? La razón es simple, porque con esta ley el Gobierno puede embarcar tus bienes o ponernos en cautela mientras se investiga un delito que enmarca la citada ley. Incluso el mismo gobierno puede ponerlos a la venta si que exista una sentencia penal o administrativa. Básicamente primera golpea y después ve quien tiene la culpa.

El problema aquí es que varios de los delitos que detonan la extinción de dominio se enmarcan en aquellos que estipula la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Uno pensaría que esto es completamente normal, e incluso se le podría aplaudir con los actuales crímenes que esta ley señala, pero en el momento en que se dieron 3 reformas a esta ley, las cosas ya no son tan sencillas.

Propuestas de reforma a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada

Al día de hoy existen 3 reformas que merecen especial atención a esta ley contra la delincuencia organizada: Morena, Movimiento Ciudadano y PAN. Estas reformas consideran equiparar el delito de defraudación fiscal como delincuencia organizada si se cae en el supuesto del artículo 108 y 109 del CFF. Los delitos que marcan estos artículos, al día de hoy, son:

Artículo 108.- Comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal.

La omisión total o parcial de alguna contribución a que se refiere el párrafo anterior comprende, indistintamente, los pagos provisionales o definitivos o el impuesto del ejercicio en los términos de las disposiciones fiscales.

El delito de defraudación fiscal y el delito previsto en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, se podrán perseguir simultáneamente. Se presume cometido el delito de defraudación fiscal cuando existan ingresos o recursos que provengan de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Mientras que el artículo 109 habla de lo siguiente:

Artículo 109.- Será sancionado con las mismas penas del delito de defraudación fiscal, quien:

  1. Consigne en las declaraciones que presente para los efectos fiscales, deducciones falsas o ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos o valor de actos o actividades menores a los realmente obtenidos o realizados o determinados conforme a las leyes. En la misma forma será sancionada aquella persona física que perciba ingresos acumulables, cuando realice en un ejercicio fiscal erogaciones superiores a los ingresos declarados en el propio ejercicio y no compruebe a la autoridad fiscal el origen de la discrepancia en los plazos y conforme al procedimiento establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta.

No colocaré aquí todas las fracciones del 109,   pero si te invito a ti, amado lector, que les des una buena leída.

El Terrorismo Fiscal a partir del 2020

¿Por qué es tan grave esta modificación? Si has leído con cuidado, sabrás que la actual Ley Nacional de Extinción de Dominio equipara como hechos de extinción de dominio, aquellos delitos que marca la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, y las modificaciones a esta última ley equiparan el delito de defraudación fiscal, básicamente el gobierno podría embargar tus bienes por no presentar tus declaraciones en tiempo y forma…. ¿ve lo grave del asunto?

Esto evidentemente sin considerar las otras 6 MODIFICACIONES a leyes que tienen que ver precisamente con estos dos artículos, que van desde la prisión preventiva hasta AMENZADA A LA SEGURIDAD NACIONAL.

En todos los foros, plataformas y ámbitos, este tema es motivo de fuertes polémicas, desde el manejo de autoritarismo deliberado de nuestro gobierno, hasta la inconstitucionalidad de dichas reformas así como la Ley Nacional de Extinción de dominio, y no es que esta última ley se vaya por las ramas, pues ya se aplicó contra el embargo de bienes del chinito.

Me he permitido llamarle terrorismo fiscal pues con estas medidas, básicamente el gobierno tendrá todas las armas para amenazar a cualquier contribuyente (bajo las vías que hoy se conocen como requerimientos y exhortos) de pagar sus impuestos. En este portal siempre hemos sido pro de una cultura fiscal correcta y adecuada, pero estamos conscientes de que muchas veces el pago de impuestos va en función de la administración que tenga el empresario, aunque como dice un viejo refrán “El desconocimiento de la ley, no te exime de la misma”.

Amado lector, ¿qué opinión tienes al respecto? Queremos leerte.

5 Comentarios

  1. simple y sencillamente cumplan con lo que establece la ley y no hay problema. no sean amarillistas yo estoy a favor de que el SAT cobre a todos

  2. Buenas tardes, si es de dar miedo, o como dicen terror, he oído comentarios que dicen; que bueno que van a perseguir a los políticos corruptos que hicieron daño y robaron a la nación, pero lo que no han tomado en cuenta que no es a ellos a los que van a perseguir, sino en su supuesta presunción y criterio van a actuar de manera discrecional y todo aquel contribuyente que incluso por error u omisión en alguna declaración se equivoque. Y que ahora en vez de contribuir al país como siempre lo hemos hecho, vamos a ser perseguidos y lo que más tiemblo es pensar en el extinción de dominio.

  3. Terrorismo?? era mas que necesario, con tanta evasión,defraudación y lavado de dinero por doquier.
    Si cumples y haces las cosas bien, no tienes por que temer.
    Fomentemos una buena cultura fiscal….

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.