Totalidad y Generalidad no son lo mismo

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Totalidad y Generalidad

El uso de los términos generalidad y totalidad dentro de los ámbitos laboral y fiscal, entre otros, es un tanto frecuente, a menudo se hacen referencias como: al total de empleados o a los empleados en general, a los clientes en general, al total de los clientes, etc.; sin embargo, aun mostrando una aparente similitud, estos términos no se refieren a lo mismo, por lo que antes de aplicar alguno o ambos, se debe analizar la forma en que se realiza dicha aplicación.

Cuando se trata de Totalidad

En el caso de la totalidad, se entiende a todas las partes de algo, por ejemplo, y refiriéndonos a las disposiciones:

  • …la totalidad de los ingresos en efectivo, en bienes, en servicio, en crédito o de cualquier otro tipo…

Como sabemos, del ejemplo anterior se hace referencia al total de ingresos de X contribuyente, pero finalmente se trata del total que este haya obtenido.

Y cuando se trata de Generalidad

El término General recurrentemente se llega a confundir con el de Total, pero como se menciona al inicio, no son lo mismo, cuando las disposiciones establecen tratamientos a ciertos o determinados sujetos, se habrá notado que para algunas situaciones se refiere a “de forma general”, por ejemplo:

  • (no son deducibles) Los obsequios, atenciones y otros gastos de naturaleza análoga con excepción de aquéllos que estén directamente relacionados con la enajenación de productos o la prestación de servicios y que sean ofrecidos a los clientes en forma general.
  • Tratándose de las prestaciones de previsión social, se considera que éstas son generales cuando sean las mismas para todos los trabajadores de un mismo sindicato o para todos los trabajadores no sindicalizados, aun cuando dichas prestaciones sólo se otorguen a los trabajadores sindicalizados o a los trabajadores no sindicalizados.

La Generalidad no es o no se refiere precisamente a todos, sino que, se trata de aplicar cierto tratamiento a los sujetos que se ubican bajo alguno de los supuestos.

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En algunos centros de trabajo algunos trabajadores, reciben bonos u otra prestación diferente a otros trabajadores, y en este caso, no es que se trate de entregar a todos, o al total de los trabajadores, sino que se entregan de forma general cuando dichos trabajadores se ubican en algún supuesto, como que, lleguen temprano, cumplan metas de ventas, amplíen la cartera de clientes, etc.; así también cuando se trata de los clientes, cuando estos son una gran numero y si se trata de agradecer su preferencia (por ejemplo en fin de año), se establecen ciertos parámetros para determinar la forma en que se serán “recompensados”, por ejemplo, como que tan recurrentes son, que servicios prestan, o que productos venden.

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