Prórroga oficial para dictamen fiscal 2017 confirmada

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Dictamen prorroga

El día de hoy el SAT ha dado a conocer una prórroga para el dictamen fiscal correspondiente al ejercicio fiscal de 2017. La fecha se recorre al 13 de agosto de este mismo año, pero con algunas limitaciones.

Para todos aquellos involucrados en el dictamen fiscal del ejercicio 2017 que se tenía como fecha máxima el 30 de julio de 2018, no fueron extraños los problemas técnicos que se sufrieron en días pasados, en donde la nueva página del SAT dejó mucho que desear al impedir a los contribuyentes el envío de su información.

Muchas plataformas, como redes sociales y chats del mismo SAT se inundaban con numerosas quejas acerca del problema.

Fecha a la nueva prórroga para el dictamen fiscal 2017

Ya mucho se rumoraba acerca de esta nueva prórroga e incluso hubo acercamiento directo con la autoridad por distintos colegios. Finalmente el día de hoy, a través de un twitter (la nueva moda) de la cuenta oficial del SAT, ha dado a conocer un documento en donde se marca esta prorroga para el 13 de AGOSTO, pero aplicará siempre y cuando las contribuciones estén pagadas al 15 de julio de 2018 según la regla 2.13.2 y que dice más o menos así:

Regla 2.13.2. Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 32-A, tercer párrafo y 52, fracción IV del CFF, los contribuyentes deberán enviar a través del Portal del SAT, su dictamen fiscal, así como la demás información y documentación a que se refiere el artículo 58 del Reglamento del CFF y la regla 2.13.15. de la RMF para 2018.

El dictamen y la información a que se refiere la presente regla se podrá presentar a más tardar el 30 de julio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate, siempre y cuando las contribuciones estén pagadas al 15 de julio del 2018 y esto quede reflejado en el anexo “Relación de contribuciones por pagar”; la cual en los casos en que no se cumpla con lo anterior, el dictamen se considerará extemporáneo.

La fecha de presentación del dictamen, será aquélla en la que el SAT reciba en los términos de la regla 2.13.8. de la RMF para 2018, la información correspondiente. Para tales efectos el citado órgano desconcentrado emitirá acuse de aceptación utilizando correo electrónico; y los contribuyentes podrán consultar a través del Portal del SAT, la fecha de envío y recepción del dictamen.”

 

Publicación en el DOF

En el mismo comunicado que puedes ver aquí abajo, se hace mención que dicha prórroga se publicará en los próximos días en el DOF, pero como una premisa que ha seguido la constante en los últimos años es que toda publicación a favor de los contribuyentes y que aun no esté en el DOF, será aplicada de inmediato. Lo demás es mera formalidad.

Pues nada, puedes respirar tranquilo si no pudiste enviar tu dictamen, pero tampoco te vayas a quedar dormido.

Versión anticipada de la 3ra modificación a la RMF

En la página del SAT, el 3 de agosto de 2018 el SAT dio a conocer en su nueva página su versión anticipada a la 3ra modificación a la RMF, en cuál se observa que de manera oficial, esta prórroga se adhiere a dicha RMF. Puedes checar el documento directamente aquí.

2 Comentarios

  1. …. SAT, ha dado a conocer un documento en donde se marca esta prorroga para el13 de julio, …

    osea como no era para el 13 de agosto …..

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