Nómina digital, sustitución de la declaración informativa anual

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En el portal del SAT se dio a conocer lo que será la Nómina Digital, que es lo que se esperaba desde el anuncio anticipado del Nuevo Complemento de Nomina, y es que desde hace ya algunos meses se veían venir varios cambios significativos en materia fiscal para el próximo año y entre que se discutía y se aprobaba el Paquete Económico para el 2017.

Este Nuevo Complemento de Nómina Digital en su versión 1.2 anunciado hace algunos meses es la modificación o ampliación de datos que se le realizó a los CFDI (comprobante fiscales digitales por internet) por concepto de nómina,  y del cual en su momento detallábamos algunos datos nuevos que se incorporaran a dicho CFDI.

Como hemos de recordar los CFDI por concepto de nómina los deben de expedir todos aquellos patrones ya sean personas físicas o personas morales que cuenten con trabajadores y a los cuales se les realice pagos por salarios o, en su caso, hagan pagos a contribuyentes asimilados a salarios, además este CFDI, en el caso de los trabajadores se podrá utilizar como constancia en la cual se establezcan los días laborados y su salario percibido, esto en términos de las fracciones VII y VIII del artículo 132 de la LFT (Ley Federal del Trabajo), y en el caso de los patrones, dicho CFDI servirá como recibos de pago de salarios o comprobantes de pago por PTU, vacaciones, aguinaldo, primas (LFT), y pagos por aportaciones y cuotas de seguridad social, esto también de acuerdo a la LFT en su artículo 804, fracciones II y IV.

Este Nuevo Complemento de Nómina Digital en su versión 1.2 anunciado hace algunos meses es la modificación o ampliación de datos que se le realizó a los CFDI
Este Nuevo Complemento de Nómina Digital en su versión 1.2 anunciado hace algunos meses es la modificación o ampliación de datos que se le realizó a los CFDI

Con el nuevo complemento de nómina digital, ¿se deberá enviar la DIM?

Si bien los CFDI servirán como constancias, sobre los pagos ya descritos, (por mencionar algunos), ahora con la información que se les incluirá ya no será necesario presentar la Declaración Informativa Múltiple que se presentaba de forma anual, ya que en esta declaración se enviaba toda la información sobre Antigüedad de la relación laboral, Tipo de contrato, trabajadores sindicalizados, o si se realizaban pagos por separación laboral, o indemnización, o jubilación, entre otros datos, ahora con la nómina versión 1.2, esta información ya mencionada podrá ser revisada por la autoridad fiscal en el momento que esta lo crea necesario sin tener que esperar a que se presente la DIM (Declaración Informativa Múltiple) haciendo innecesaria la presentación de ésta.

Cabe mencionar que algunos CFDI ya comienzan a circular bajo esta versión, aunque realmente este nuevo complemento de nómina digital será obligatorio a partir del 01 de enero de 2017, lo cual significa, como ya se mencionó, que la DIM 2017 ya no se presentará en el 2018.

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