Posible aumento de facultades a la autoridad fiscal

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Y cuando pensábamos que el paquete económico de 2017 no traería nada nuevo, después de darle un repaso, vemos que contiene varios cambios significativos, de los cuales algunos ya comentamos anteriormente, claro que aún no hay nada en concreto pero lo cierto es que las iniciativas presentadas (como el aumento de facultades a la autoridad fiscal), una vez que se acepten, traerán para el próximo año mucho trabajo (que es lo bueno), lo malo es que como siempre y principalmente se genera el temor y la incertidumbre en los contribuyentes;

Principales cambios a las facultades de la autoridad fiscal

autoridad fiscal
Actualmente se encuentra prevista la facultad de la autoridad fiscal para verificar que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales

Cabe mencionar que entre  las iniciativas se encuentran también algunas modificaciones al artículo 42 del Código Fiscal de la Federación, en el cual actualmente se encuentra prevista la facultad de la autoridad fiscal para verificar que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales, incluso si se trata de responsables solidarios o de terceros, dicha modificación se refiere al hecho de reformar el primer párrafo del  artículo mencionado, para que quede establecido que las facultades de comprobación de la autoridad se podrán realizar de manera conjunta, verificar tanto el cumplimiento de las obligaciones fiscales como en materia aduanera, también existe la propuesta de reformar la fracción V del mismo artículo (42), la cual sería dividir ésta fracción en incisos con el fin de una mejor identificación del fundamento legal que le da las facultades ya descritas a la autoridad.

Como se puede observar, se trata de reforzar el hecho de revisar a los contribuyentes y que no pudiera existir alguna incongruencia legal, ya que tocando nuevamente el tema de las propuestas, también se incluye la de reformar el artículo 69-F del código ya comentado, para que se establezcan la suspensión de plazos otorgados, tratándose de acuerdos conclusivos, derivados de las revisiones electrónicas, esto al parecer para darle más confianza a los contribuyentes.

Medidas a considerar.

Cabe mencionar que en este mes ya se comenzaron a llevar a cabo las revisiones electrónicas, y aunque se dice en algunos otros medios, que oficialmente comienzan en enero del 2017, es importante ya prepararse tanto con la información documental como con la información necesaria en cuanto a la figura del acuerdo conclusivo, en caso de utilizarla.

Con tantos cambios realizados recientemente en cuanto al personal a cargo de la SHCP y del SAT, es probable que las modificaciones sean efectivas, desde luego desde un punto de visa personal, pero lo importante en estos momentos es prepararse y mantener todo en regla.

Por el momento solo nos queda esperar a ver qué es lo que se aprueba del paquete económico y que es lo que no, y esperemos que lo que se aproxime sea beneficioso para todos.

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