Obligaciones del patrón y de los trabajadores según NOM-019-STPS-2011

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Como bien se comentaba en artículos anteriores sobre la importancia de la creación de una comisión de seguridad e higiene en la empresa, también es muy importante saber cuales son las obligaciones del patrón y de los trabajadores respecto de dicha comisión, las cuales deben realizarse en coordinación, por el bien de la empresa y de los propios trabajadores.

Es por eso que la norma referida hace mención de las obligaciones que deben de tener los integrantes de la comisión, para que se las actividades se realicen en coordinación.

¿Cuáles son las obligaciones del patrón?

  • Apoyar la investigación de los accidentes y enfermedades de trabajo que lleve a cabo la comisión, proporcionando información sobre:
  • Proporcionar a la comisión el diagnóstico sobre seguridad y salud en el trabajo, a que se refiere la norma referida, o las que la sustituyan.
  • Facilitar a los trabajadores el desempeño de sus funciones como integrantes de la comisión.
  • Tener con las actas de los recorridos de verificación realizados por la comisión
  • Contar con el programa anual de los recorridos de verificación de la comisión
  • Contar con el acta de constitución de la comisión y de sus actualizaciones cuando se modifique su integración.
  • Si existiera sindicato, solicitarle los trabajadores que serán los representantes en la comisión
  • Esta designación se realizara con base en las funciones por desempeñar
  • Designar a sus representantes para dicha comisión
  • Constituir e integrar al menos una comisión en el centro de trabajo
  • Los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo
  •  Los procesos de trabajo y las hojas de datos de seguridad de las sustancias químicas utilizadas
  • El seguimiento a las causas de los riesgos de trabajo
  • Facilitar apoyos informáticos desarrollados por la STPS a los integrantes de la comisión
  • Dar seguimiento a las medidas propuestas preventivas por la comisión
  • Difundir entre los trabajadores del centro de trabajo, como y quienes integran la comisión
  • Capacitar a los integrantes de la comisión, al menos una vez por año
  • Exhibir a la autoridad del trabajo los documentos que la presente Norma le obligue a elaborar y poseer, cuando aquélla así lo requiera.

    Es importante saber cuales son las obligaciones del patrón y de los trabajadores respecto de dicha comisión, para que las actividades se realicen en coordinación.

¿Y cuáles son las responsabilidades de los trabajadores?

  • Designar a sus representantes para la comisión
  • Participar como miembros de la comisión, cuando sean designados.
  • Proponer a la comisión medidas para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo
  • Proporcionar a la comisión la información a su alcance para investigación de causas de accidentes y enfermedades de trabajo.
  • Atender medidas preventivas de seguridad y salud en el trabajo que se señalen de acuerdo con resultados de las actas de los recorridos de verificación.
  • Recibir capacitación o adiestramiento en materia de seguridad y salud en el trabajo que proporcione el patrón, cuando formen parte de la comisión.

Es muy importante llevar a cabo este tipo de comisiones, ya que en algunas empresas no se les da la importancia que se debe, pero, en muchos casos si la integración de una comisión de seguridad e higiene no se realiza o no existe documentación de sus existencia, en una revisión por parte de la STPS (Secretaria del trabajo y previsión social) puede traer graves consecuencias económicas para la empresa.

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