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Incapacidad por maternidad, nuevas reglas

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Recientemente el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) anuncio cambios al proceso que se realizaba para tramitar la incapacidad por maternidad, con estos cambios, que se aplican desde el 1 de julio de 2016, las mujeres trabajadoras que se encuentran en estado de embarazo podrán disponer de sus semanas de incapacidad de la forma más conveniente para ellas y para su bebe.

Anteriormente el permiso de incapacidad por maternidad estaba dividido en dos periodos de seis semanas cada uno (42 días), prenatal y postnatal, y por cada uno de estos que no variaban, se emitía un certificado de incapacidad, ahora con los cambios recientes el IMSS solo emitirá un certificado, el “certificado único de incapacidad” en el cual se incluyen los dos periodos mencionados, es decir, este único certificado será por los 84 días y la madre trabajadora será quien decida como los distribuirá.

Nuevo proceso para tramitar incapacidad por maternidad

De acuerdo a lo que se informa en la página web del IMSS, el nuevo proceso para tramitar este permiso será de la siguiente forma:

  1. Elegir en donde se atenderá la evolución del embarazo:• Si es con un médico externo
    La mujer trabajadora embarazada deberá presentarse con su médico familiar del IMSS, por una sola vez dentro de la semana 34 de gestación dictaminada por el médico externo, con identificación oficial, NSS (número de seguro social) y ultrasonido con una antigüedad no mayor a 5 semanas, esto para que se le expida el certificado único de Incapacidad por maternidad.
    • Si es en el IMSS
    La trabajadora (ya descrita) acudirá cuando sospeche de embarazo y si es el caso, el médico familiar lo certificara e indicara fechas para las consultas, así como para la expedición del certificado único.
  2. Ya sea que se elija atender el embarazo de manera externa al IMSS o sea en éste, el documento que se expide será uno solo, que es el “certificado único de incapacidad”, el cual, como ya lo mencionamos, será por los 84 días (12 semanas).
  3. Para transferir las semanas, las cuales podrá ser de 1 a 4 semanas del periodo previo al posterior, se deberá llenar una solicitud de transferencia de semanas, la cual será presentada en dos originales, además de tener la autorización del médico familiar, (y muy muy importante) contar con la autorización del patrón.

    Incapacidad por maternidad
    Anteriormente el permiso de incapacidad por maternidad estaba dividido en dos periodos de seis semanas cada uno (42 días), prenatal y postnatal, y por cada uno de estos que no variaban, se emitía un certificado de incapacidad

Lo anterior descrito, son de los puntos más importantes a considerar, desde luego de forma general este el nuevo procedimiento que se llevara a cabo para todas aquellas mujeres que trabajan y se encuentran en este supuesto.

Por lo cual recomendamos, en caso de solicitar más información sobre dicho procedimiento, en el portal del instituto se encuentra un poco más detallada.

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