Devolución de IVA mensual: tiempos y procedimientos

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Ya que estamos en el tema de la devolución de saldos a favor, en este caso del Impuesto al Valor Agregado (IVA), es de conocimiento general que los pagos de este impuesto son de forma mensual y definitiva, así que en el momento en que resulte saldo a favor de IVA y no se desea compensar, se podrá pedir la devolución de este saldo, este derecho de pedir devolución lo tienen tanto las personas físicas como las personas morales, si no quieren compensar en meses posteriores.

En cuanto a tiempos de devolución de IVA:

Una vez que se haya presentado la solicitud a partir de esta fecha se tendrán 40 días hábiles para recibir la devolución, sin olvidar anexar datos como nombre del banco, numero de clabe y sobre todo documentos que comprueben el saldo a favor por el que se pide la devolución.

Para el caso de contribuyentes que dictaminen sus estados financieros por contador público registrado (grandes contribuyentes, personas físicas o morales) el plazo para que se efectúe la devolución será de 25 días hábiles.

Ahora que si son de los contribuyentes que emiten sus comprobantes fiscales dentro de la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el plazo para la devolución será de veinte días hábiles.

Para realizar el trámite de devolución se ingresara al portal del SAT, seleccionando dentro del menú principal la sección de TRAMITES, una vez dentro de esta sección se seleccionara la opción de Tramites, enseguida se desplegara un menú que incluye DEVOLUCIONES, dentro del cual seleccionara la opción de SOLICITUD, en donde capturara su RFC y contraseña.

La devolución de IVA puede tardar hasta 40 días hábiles
La devolución de IVA puede tardar hasta 40 días hábiles

Este formulario (suena redundante pero así es) deberá  ir firmado con la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) y acompañado de los documentos necesarios para solicitar la devolución se enviara al SAT, a partir de este momento solo se esperara el tiempo anteriormente mencionado.

Por si existe alguna duda en cuanto a quienes son o se consideran grandes contribuyentes, son llamados así a los que componen el sistema financiero (no todos), las empresas que rebasen los 500,000 millones de pesos en ingresos y coticen en bolsa de valores, empresas controladas, controladoras, PEMEX y sus subsidiarias, estas son solo algunas.

Los documentos o requisitos que deberán ir acompañando la solicitud de devolución de IVA se encuentran en la tabla que proporciona el SAT, precisamente para no tener ningún contratiempo así como enviar los documentos correctos.

5 Comentarios

  1. yo tengo un credito hipotecario, para que me rembolsen mis impuestos, porque mi contador no lo ha hecho y ya tiene mas de 15 dias que le di todo los documentos, por favor espero respuestas gracias.

  2. Presente una declaración mensual y al momento que se registro el saldo a favor del IVA le di la opción de compensación, aún asi puedo solicitar la devolución?

    Saludos!

  3. Hola buenas tardes, mi consulta es sobre una devoluvion de IVA de octubre 2015,tengo varios pagos en el mes de octubre en distintas fechas dentro del mes en octubre 2015, pero me emitieron una factura hasta noviembre 2015, se emitio por una cantidad superior al total de los pagos y hasta ahora me emitieron una nota de credito por la diferencia, este periodo se encuentra en solicitud de IVA, es procedente mi operacion? 

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