Desde que inició el 2014 y entró en vigor el Régimen de Incorporación Fiscal y a su vez el cambio para los pequeños contribuyentes (REPECOS) e intermedios, aún siguen generándose muchas dudas de cómo facturar, de cómo declarar, que si acreditarán el IVA o no, entre otras, siendo una de estas la de cómo registrar sus gastos en la famosa herramienta del SAT, “Mis Cuentas”, así que aquí una breve explicación.
La mayoría de las personas que ya se encuentran bajo el Régimen de Incorporación Fiscal ya cuenta con su contraseña de acceso al sistema, o bien, si así lo desea el contribuyente, podrá solicitar su firma electrónica avanzada (FIEL). También debe tomarse en cuenta que únicamente se registrarán en esta herramienta los gastos por los que no se hubieren recibido comprobantes fiscales (CFDI), ya que por los gastos en los cuales si se cuenta con dicho comprobante estarán registrados de manera automática en la plataforma del Servicio de Administración Tributaria (SAT) desde el momento que se expidieron y por consiguiente si se registran en “Gastos” se duplicaría esta información.
Cómo se realiza el registro de los gastos en Mis Cuentas para los RIF
- Ingresa la página principal del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
- Selecciona la opción “Mis Cuentas”.
- Enseguida selecciona Mi Contabilidad.
- Y selecciona Gastos.
Aparecerá la opción donde le pedirá que ingrese su RFC y su contraseña, una vez ingresando esta información se desplegará una pantalla en la cual aparecerá su RFC como contribuyente, también una ventana “Gastos por” en la que seleccionará su régimen en el que tributa, así también otra ventana en la que deberá escribir el RFC del emisor, pero como ya se comentó anteriormente los gastos aquí registrados serán por los que no se emitieron un CFDI, así que en este caso se utilizara un RFC genérico XAXX010101000, en el mismo orden de ideas se llenará la ventana en la cual se pide que describa el servicio o la mercancía por la cual se realizó dicho gasto misma que consta de 250 espacios para la descripción. Aquí podrá anexar, además de esta, la dirección y nombre de la persona física o moral a la que le haya comprado, enseguida deberá capturar el valor del gasto y la aplicación de algún impuesto, el sistema calculará los montos de manera automática, aunque se podrá modificar el dato calculado en caso de ser necesario. El campo que se calcula automáticamente y que es editable es “IVA pagado”, siempre y cuando se haya seleccionado el campo de “¿Aplica IVA?”. Finalmente para concluir se presionará el botón de “Registro” y aparecerá una pantalla donde se muestra la información que se capturó.
Posteriormente podrá consultar dicho registro en la opción “Consultas” dentro de la misma herramienta.
Tal parece que el SAT no consideró ciertas barreras que a la hora de usar la aplicación resultaran difíciles. En cualquier caso, y como puedes ver, es relativamente fácil poder registrar los gastos en la aplicación de Mis Cuentas.
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