Ahora te tienen que dar tu factura sin que entres a un portal de internet

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Desde que la factura electrónica entró, era costumbre entrar a un portal de internet a emitirla por tu propia cuenta si ibas por ejemplo al Walt Mart o a Soriana, o incluso en algunos changarros solo te daban un ticket y tú tenías que arreglártelas para descargar tu factura, en algunos casos solo te daban plazo de algunos días.

Esto implicaba en muchas ocasiones tener que acceder a una computadora, con internet, con el programa Adobe Reader instalado, y en algunos casos (esos que dan verdadera vergüenza) hasta java, y con eso de que Java es bastante especial, descargar una factura se convertía en una auténtica odisea.

tickets factura

Nuevas medidas para dejar de acceder a un portal de internet

Ante esto, el SAT ha emitido un comunicado y ha puesto las reglas del juego para todos aquellos gandayas que les gustaba sacar hasta el último dato del contribuyente (incluso me llegué a encontrar con sitios que era obligatorio poner un correo electrónico para después enviarte publicidad), y es que hace apenas unos días, mediante un comunicado, se dio a conocer que las empresas ya no podrán hacer esta clase de acciones, y que además estarán obligados a emitir la factura en ese mismo momento. Algunos restaurantes (prácticamente todos los de franquicias) solo te daban un ticket de compra y debías entrar a su portal de internet para descargar la factura.

El comprador no debe adquirir su factura mediante acciones como ingresar a un portal para poder obtenerla; es obligación del vendedor emitirla directamente.

Esto, por supuesto, no es exactamente del todo cierto, y es que si nos remitimos a la regla en cuestión, esta dice:

Entrega o puesta a disposición del comprobante fiscal digital por Internet. No se cumple con la obligación cuando el emisor únicamente remite a una página de Internet

Y si buscamos con lupa en esta nueva regla, el tercer párrafo dice lo siguiente:

Por su parte, el artículo 29, fracción V del citado ordenamiento prevé que una vez que al comprobante fiscal digital por Internet se le haya incorporado el sello digital a que se refiere el párrafo anterior, los contribuyentes deberán entregar o poner a disposición de sus clientes el archivo electrónico del comprobante fiscal digital por Internet y, cuando les sea solicitada por el cliente, su representación impresa, por lo que se considera necesario que el contribuyente que solicita el comprobante fiscal proporcione los datos de identificación para generarlo.

Así es como el SAT pone las cosas claras. Así, si tú quieres que se te dé la factura de tus consumos, te la deben hacer ahí mismo, y nada de que te mandan a un portal de internet.

¿Qué pasa con las empresas que te remitan a un portal de internet para factura?

Sanciones, sanciones y muchas más sanciones. Aristóteles Núñez afirmó que aquellas empresas que sigan haciendo esta clase de chistes (muy malos, por cierto), serán sancionados conforme al Código Fiscal de la Federación, pues en palabras del propio funcionario se está violando el artículo 29 de dicho código, en donde nos menciona que los obligados a emitir las facturas son los que prestan o venden un bien o servicio.

¿A cuánto ascienden las multas?

Las multas, según el artículo 83 y 84 del Código Fiscal de la federación van desde los 12,070 pesos, hasta 69,000 pesos por cada una de las infracciones cometidas.

Así que si eres de los que les gusta aventar el trabajo propio a los demás, al menos en este caso ya no podrás hacerlo, y mira que las multas no son nada baratas. Con 12 mil pesos uno se puede ir de viaje un fin de semana a Acapulco con todo y cocos incluidos.

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