Deducción de automóvil

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En esta ocasión hablaremos de cómo y por qué deducimos un automóvil, tratando de desmenuzar lo más posible todos los escenarios y entendiendo el porqué de los topes de deducibilidad. Aunque es un tema fácil, requiere mucha atención, pues de lo contrario se podría caer en malas interpretaciones.

Comenzaré por señalar lo que para muchos es evidente, pero que probablemente algún lector alejado del mundo de la contabilidad o de los impuestos no sepa; es decir, la naturaleza contable de un automóvil, dentro de cualquier entidad económica, física o moral, un auto representa un artículo a su servicio, y útil para obtener directa o indirectamente, ingresos a través de su uso. Dada esta situación, un automóvil se clasificará como un activo fijo.

Ahora iremos a algo aún más evidente pero que desde mi punto de vista cabe en esta situación aclarar ¿Para la autoridad, qué es un automóvil?

El reglamento del impuesto sobre la renta en su artículo 3º A nos dice:

Se entenderá por automóvil aquel vehículo terrestre para el transporte de hasta diez pasajeros incluido el conductor.

No se considerarán comprendidas en la definición anterior las motocicletas, ya sea dos a cuatro ruedas.

Comenzaremos hablando de los regímenes más complejos, cuyo tratamiento, en todo caso será el mismo, me refiero por supuesto, al régimen general, ambos casos, personas físicas y morales.

Para la LISR un automóvil y, en general, cualquier activo fijo de la empresa se considera una inversión.

Cómo se deducen las inversiones y el automóvil

La LISR no dice en su artículo 31:

Las inversiones únicamente se podrán deducir mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los por cientos máximos autorizados por esta Ley, sobre el monto original de la inversión (MOI), con las limitaciones en deducciones que, en su caso, establezca esta Ley. Tratándose de ejercicios irregulares, la deducción correspondiente se efectuará en el por ciento que represente el número de meses completos del ejercicio en los que el bien haya sido utilizado por el contribuyente, respecto de doce meses. Cuando el bien se comience a utilizar después de iniciado el ejercicio y en el que se termine su deducción, ésta se efectuará con las mismas reglas que se aplican para los ejercicios irregulares.

La propia ley define el monto original de la inversión como:

El monto original de la inversión comprende, además del precio del bien, los impuestos efectivamente pagados con motivo de la adquisición o importación del mismo a excepción del impuesto al valor agregado, así como las erogaciones por concepto de derechos, cuotas compensatorias, fletes, transportes, acarreos, seguros contra riesgos en la transportación, manejo, comisiones sobre compras y honorarios a agentes aduanales. Tratándose de las inversiones en automóviles el monto original de la inversión también incluye el monto de las inversiones en equipo de blindaje.

Como vemos, la forma en que podemos deducir un automóvil será necesariamente, vía depreciación en línea recta, es decir, cada año descontaremos un porcentaje hasta agotar su valor.

 

Luego entonces, ¿cuál es el porcentaje que nos autoriza la ley a aplicar para el caso de automóviles? Eso lo podeos resolver leyendo el artículo 34 fracción VI de la LISR:

25% para automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones, montacargas y remolques.

Eso significa que, si nuestro MOI es de $100,000 pesos cada año podremos deducir $25,000 pesos de ese automóvil.

Una vez que conocemos la manera en que se debe deducir un automóvil, demos señalar que estamos sujetos a algunas otras disposiciones que se deben tener en cuenta, la más importante, en este caso específico será,  la que se muestra en el artículo 36 fracción II de la LISR:

Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000.00.

En otras palabras, si usted compra un automóvil de $200, 000 pesos solo podrá deducir la parte correspondiente a $175,000 pesos (Para 2016) cada ejercicio y todo lo demás no será deducible.

Vamos ahora al caso del régimen de incorporación fiscal, para el RIF, encontramos el fundamento legal de la deducción en el artículo 111 de la LISR.

La utilidad fiscal del bimestre de que se trate se determinará restando de la totalidad de los ingresos a que se refiere este artículo obtenidos en dicho bimestre en efectivo, en bienes o en servicios, las deducciones autorizadas en la Ley que sean estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos a que se refiere esta Sección, así como las erogaciones efectivamente realizadas en el mismo periodo para la adquisición de activos, gastos y cargos diferidos…

Como vemos, en este caso, la inversión en automóviles se puede deducir de golpe en un solo ejercicio fiscal sin necesidad de aplicar depreciación.

El tope de deducibilidad de un automóvil es de 130 mil pesos para el 2014
El tope de deducibilidad de un automóvil es de 130 mil pesos para el 2014 y 2015

Ahora bien, existe una polémica en dos vías sobre el tope de $175,000 pesos que comentamos anteriormente, por un lado, hay quienes sostienen que no existe tope para el caso de RIF pues la ley no lo contempla en el capítulo respectivo, y por el otro, existen los que sostienen que se deben sujetar al tope antes dado aunque no esté especificado en el capítulo.

Desde la perspectiva de un servidor, y para evitarse cualquier problema, recomendaría sujetarse al tope anteriormente señalado.

Este tema sin duda resulta un poco engorroso para cualquiera, por lo que por el momento ahí lo dejamos, en posteriores entregas, comentaré sobre los casos especiales como arrendamiento, créditos y demás particularidades. Si quieres saber el proceso de la baja de un activo fijo, puedes visitar la siguiente entrada

105 Comentarios

  1. Buen día como podre deducir un carro que tiene ya dos años que lo compre y apenas me donde alta en servicio profesional como persona física, lo pueden hacer deducible todavía o ya no o solo por el importe que falten por depreciar ?

  2. Hola, de antemano quiero felicitarte por el articulo, pues personas como yo, que no están aun asociadas con la contabilidad es grato leer dicha información. Por otra parte, tengo la duda con respecto en la deducción, pues; si compre el auto pero la mitad de el, me lo financio la financiera, ¿Puedo deducirlo ya al bimestre que me corresponde? (es que soy del RIF) y pues ¿Que pasaría con el IVA? Ojala pudieras ayudarme, con responder mis duda. ¡Gracias!

    • Hola. Para que puedas hacerte deducible el automóvil, es importante que la factura esté a tu nombre, si no es así, lamento decirte que no podrás hacerte deducible dicho juguete. El IVA se cocina aparte; solo apartalo.

      • Hola yo tengo un problema dentro de la empresa, esta es una A.C. y mi jefe tiene 3 socios a uno de los socios se le compro un carro por 200,000.00 y nosotros le dimos 175,000.00 y el carro salio a nombre de la empresa, el socio ya quiere su carro a su nombre mi pregunta es, como le hago para hacer una factura y por que concepto ya que jefe dice que se haga mención que es parte de repartición ? (me dijeron que hiciera la factura por $ 1.00 sera?) la factura original se le endosa también? y si es así que leyenda le pondría, nunca había hecho algo así en ninguna empresa y mi jefe quiere que sea lo mas legal posible y por supuesto mi jefe requiere soluciones como le hago?

  3. tengo muchas dudas sobre la deduccion de automovil para el RIF,¿ como lo voy a deducir?, por ejemplo compre un automovil con valor de 274,052 mas iva de 43,848 total 317,900, en el mes de junio 2014 condiciones de pago en parcialidades, la agencia me descuenta mensualmente 7,000 de mi cuenta de banco , mi duda es, dedusco mensualmente los 7000? o hago la deducion inmediata de los 1300000 mas iva que son 20800 total 150,800 para el bimestre mayo- junio? la agencia ya emitio el cfdi con fecha junio 2014 y no me esta dando documento de los pagos que me esta descontando mensualmente. ahora el iva no lo puedo deducir de un golpe en el bimestre o sea los 20800 o tengo que deducir el iva que pago en cada mes, por favor auxiliame ya que no se que hacer. de antemano gracias.

  4. una pregunta mas en el 2013 la depreciacion de auntomovil era hasta el tope de 175000 , se deducia el iva de los 175000 o el iva que aparece en la factura.

  5. Hola, tengo dudas yo adquiri el 25 de diciembre 2014 un carro nuevo y la factura esta a mi nombre y quiero deducirlo este año se puede hacer soy persona fisica, y en mi empresa tenemos que emitir una carta en donde nosotros haremos muestra declaracion aparte. esto procede???

    Gracias

  6. Hola bunas tardes en tu articulo dices que los RIF, la inversión en automóviles se puede deducir de golpe en un solo ejercicio fiscal sin necesidad de aplicar depreciación. Soy RIF compre uno este año y el contador me dice que solo deduzca el 25% del auto cada año y en 6 bimestres, es decir deduciría al rededor de 4000 pesos y todo el iva 16000 pesos. cual es lo correcto? par este 2015

  7. buenas tardes compre un semirremolque en 400200 de contado soy del régimen gral y lo necesito para la actividad de mi negocio como lo deduzco y que cantidad de IVA tomo para acreditarla

  8. Quisiera saber cual seria el tratamiento sobre el iva? lo voy a pedir a devolucion ya que en el bimestre que adquiri el vehiculo me salio IVA a favor. es correcto que acreditarme el iva de la inversión es considerando en el tope?

  9. Compre un auto en 290,000 pero como no sabia di 120000 en efectivo como enganche.
    La diferencia a crédito
    Hay alguna posibilidad de que pueda deducir la inversión 130,000 y acreditar el iva ?
    Gracias por su apoyo

  10. buen en realidad el enganche se lo di a la financiera y es a quien le debo la diferencia y le pago en parcialidades.
    Cree que si pueda salvarse al considrar que el pago se lo hice a la financiera?

  11. Buenas Tardes.
    Tengo varias dudas sobre la deducción de automóvil para el RIF,
    ¿Cómo lo puedo deducir?,
    Por ejemplo compre un automóvil con valor de 500,000 más IVA de 68,965.52 total 568,965.52, en el mes de Mayo 2015 a condiciones de pago en parcialidades, la agencia me descuenta mensualmente 22,000 de mi cuenta de banco, mi duda es, deduzco mensualmente los 22000 o lo deduzco al tope 100% que serían los 500,000, como lo menciona el artículo en su página en un solo bimestre mayo-junio.
    La agencia ya emitió el CFDI con fecha Mayo 2015 y no me está dando documento de los pagos que me está descontando mensualmente.
    Ahora bien el IVA lo puedo deducir todo en el bimestre o lo tengo que deducir mensualmente en los pagos que le realizo a la agencia.
    De favor si me pudieran ayudar a resolver mis dudas se los agradecería de antemano mocho.

    • Buenas tardes Omar!!
      contestando a tus dudas, la realizacion de inversiones en automoviles y algunos otros vehiculos terrestres,la ley del Impuesto sobre la renta nos dice que solo se deducira hasta un monto de 175,000 pesos, por lo que si tu compraste un vehiculo de 500,000..la mayor parte seria no deducible..es decir,seria un gasto para ti,yo te sugiero que lo deduzcas en el porciento legal que marca la ley del 25% anual, tu cada año deducirias 43,750 pesos del valor del vehiculo, el iva es muy aparte del impuesto del ISR..lo puedes empezar a deducir en el primer bimestre en que hayas comprado el auto..ya que si te tocan 43,750 pesos anuales y tienes 6 bimestres para hacerlo, puedes deducir 7,292 pesos lo que corresponderia a cada bimestre, es muy importante que el carro este a tu nombre y que la compañia te vaya dando un CFDI o factura a tu nombre por el valor de cada mes que se vaya pagando y los guardes por 5 años, que es el plazo que la ley tiene establecido para guardar papeles y documentos del negocio en caso de llegar a alguna revision..espero hacer resuelto tus dudas!! saludos!.si tienes alguna duda mi correo es [email protected], soy contador publico.

  12. Buen dia, mi duda es la siguiente una presona fisica dedicada a el transporte de carga compra un semiremolque, o caja para su actividad. Puedo deducir para ISR la compra del mismo. o se toma como activo. Agradezco sus comentarios

  13. buenas tardes quisiera me aclararan un duda sobre como poder deducir un automóvil por contrato de arrendamiento puro, tengo muchas dudas al respecto .. ojala puedan ayudarme.

  14. buenas noches,
    tengo dos automóviles de uso personal, los cuales quiero que sean parte de la empresa que acabo de formar una S. A. ( ya que los utilizare para transporte de personal ) esto con el objetivo de que me sea deducibles el pago de los seguros de los automóviles así como tenencias y todo los de mas impuestos que se pagan por un vehículo.

    el detalle es que al parecer no es suficiente que endose únicamente la factura a nombre de la compañía !!!
    y al parecer tendría que pedir a alguien que se dedique a vender autos que me lo compre y me lo vuelva a vender pero ahora a nombre de mi compañía y me expida una factura a nombre de esta.

    abra otra forma de poder transferir los automóviles a la compañía que no incurra tanto movimiento???
    podría simplemente donarlo o algo así ???

    de antemano muchas gracias por la asesoria y un saludo !!!

  15. hola buenos días, quisiera ver si me pueden apoyar, el primer dia del mes saque un carro a credito, di un enganche de 110,000 pero quiero saber como hago deducible ese enganche y en que mes lo puedo hacer deducible, y mis pagos mensuales como los hare deducibles, me dicen que para que lo haga deducible debo contar con una factura por cada pago mensual pero en la agencia me dijeron que ellos solamente me van a dar la factura del carro y no me van a dar ninguna mensual, y ademas la factura la deje endosada con la agencia, ellos tienen la obligacion de darme una factura por cada pago mensual o la factura total del carro me sirve para hacer deducible mis pagos? ojala pudieran apoyarme, gracias.

  16. Soy Asalariado y RIF, inicié el proyecto UBER pero el crédito está a nombre de mi esposa debido a que yo tengo credito hipotecario, podria deducir el auto y/o gastos de mantenimiento por medio de contrato de conmodato? te agradezco cualquier aporte, gracias.

    • hola buen dia, disculpe ya resolvió su problema,
      Lo que pasa es que a mi me dicen en las oficinas de uber que no importa a que nombre este la factura.
      Pero por otro lado hacienda si te lo exige
      Y si eres asalariado….. Aguas, no superes los 300,000 mil de ingresos que te pide el RIF, si no pasaras como actividad empresarial

      • Segun el art 148 fraccion III del LISR menciona que nos son deducibles las inversiones en automoviles, entonces no puedo deducir un auto si soy persona fiscia por actividad profesional (honorarios), si sabian esto.

      • Hola buenas tardes Elisa para hacienda es mejor tener factura de automovil a nombre de el socio y hacer deducibles todos los gastos indispensables para la actividad y a lo que se refiere como tope de ingresos para que los puedan sacar de RIF debe exceder de 2,000,000 de pesos, ay un tope de 300,000 pesos pero es para venta al publico en general para gozar la reducción de IVA que marca la ley,

        saludos, mi correo es [email protected]

  17. Buenos días. Primero que nada gracias por el tiempo que se toma en compartir información tan valiosa.

    Estoy dado de alta como RIF y me gustaría saber ¿Que ventajas ofrece en este caso el Leasing Automotriz? ya que tengo la intención de tener un vehículo de carga pequeño para mi negocio.

    Muchas gracias de antemano.

  18. Hola, el año pasado mi esposo compro un auto para mi, el lo pago y la factura salio a mi nombre. Yo declaro mensualmente bajo el régimen de persona física con actividad empresarial, no genero muchos ingresos, realmente son mínimos; la persona que me lleva las declaraciones mensuales, al parecer esta deduciendo el auto mediante depreciación mensual, no se que porcentaje y la esta incluyendo en el rubro de gastos cada mes. No se si esto sea correcto, ya que este articulo menciona que debe de ser el 25% anual, y con ello los gastos mensuales declarados se duplican .

  19. BUENAS TARDES, ESPERO ME PUEDA APOYAR MI EMPRESA COMPRO UN VEHICULO EN 2015, LA DEDUCCION PARA ESE VEHICULO SERA POR $130,000.00 MAS I.V.A. $20,800.00 TOTAL $150,800.00, POR URGENCIAS TENGO QUE VENDER EL VEHICULO EN $300,000.00 MAS I.V.A. $48,000.00 TOTAL $348,000.00 EL M.O.I. FUE DE $360,000.00 MAS I.V.A. $57,600.00 TOTAL $417,600.00, ME DICE MI CONTADOR QUE TENGO QUE ACUMULAR EL TOTAL DE LA VENTA Y PAGAR EL TOTAL DEL I.V.A. POR LA VENTA, MI PREGUNTA ES, PORQUE TENGO QUE ACUMULAR EL MONTO TOTAL SI NADA MAS HICE DEDUCIBLE LA CANTIDAD DE $130,000.00 MAS EL. I.V.A. POR $20,800.00

  20. Estimado CP Mancilla,
    Según el articulo… me gustaría sabe lo siguiente. Soy persona física y hago declaraciónes de manera anual. He comprado un vehículo al contado y deseo saber si es posible la deducción del automovil. Gracias por sus comentarios.

    • Hola tengo duda compre un vehiculo en el 2003 y lo sigo ocupando mi pregunta es me lo puedo deducir ya que lo ocupo para transladarme a las obras donde trabajo Soy Arquitecta., y si es que si lo debo de empezar a registrar en mis pagos provisionales, asi como la gasolina y lo que aveces pago de mantenimiento, refacciones etc.

  21. Quiero adquirir un vehículo el 15 de diciembre del 2015, empiezo a deducir en enero del 2016, 2 preguntas, la primera podré deducir a 175,000.00 o 130,000.00, y la segunda si puedo deducir los 175,000.00 por consiguiente el iva acreditó en diciembre en base de 175,000.00 ¿qué opinan.?

  22. SOY UNA PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL COMPRE UNA CAMIONETA DE ESTAQUITAS EN SICREA A LOS CUALES LES DI EFECTIVO LA CANTIDAD DE 217000 Y ELLOS ME ENTREGARON UNA FACTURA POR ESA CANTIDAD A MI NOMBRE Y ESPECIFICANDO QUE EL PAGO SE HIZO MEDIANTE TR BANCARIA. DEBIDO A QUE ELLOS LE PAGARON A LA AGENCIA Y YO SEGUIRE PAGANDO ESTE CREDITO. ESTA FACTURA ES DEDUCIBLE DE ESTA FORMA PROCEDE FISCALMENTE???

  23. BUENOS DIAS, AGRADEZCO LA INFORMACION Y LOS MOLESTO PARA VER SI ALGUNO DE USTEDES PODRIA ORIENTARME, COMPRE UN CAMION A CREDITO, Y HUBO UN TERCERO INTERMEDIO QUE FUE EL QUE ME FINANCIO, Y LA FACTURA DE LA EMPRESA QUE VENDE LOS CAMIONES SALIO A NOMBRE DE LA FINANCIERA, AHI QUE PUEDO HACER PARA PODER DEDUCIRLO. PUESTO QUE EL ANTICIPO SALIO DE MI CUENTA PERO LA FACTURA ESTA POR EL TOTAL A NOMBRE DE LA FINANCIERA. SERIA OBLIGACION DE LA FINANCIERA FACTURARME EL VALOR DEL CAMION Y LOS INTERESES.

    AGRADEZCO EL TIEMPO. EXCELENTE DIA.

  24. Hola estoy en el rif quiero comprar un kit de paneles solares con interconeccion a cfe para una tiendita que tengo como hacer para deducir el total del isr pero que no sea todo en un solo ejercicio mas bien cierta cantidad de lo que tenga que pagar cada bimestre… se puede ir descontando cada bimestre de lo que me toque pagar ese bimestre oh tiene que ser todo junto? el costo del kit serian 75000.00 pesos facturado saludos y gracias de antemano

  25. Hola soy persona física honorarios…

    Compre un automóvil de $124,137.93, iva $19,862.07 los 124,137.93, para deducir el gasto mensual a los 124,137.93 x 25% entre los doce meses del año me da 2586.21 eso es lo que deducir mensualmente..
    por favor confírmenme si estoy en lo correcto

  26. Buenos día por favor me pueden ayudar sobre la reta de de un autómovil de cuerdo el Art.28 LISR Fracción 11 puedo deducir $ 200.00 lo renta mensual es de $ 9,077.49 mes Diciembre 2015 $ 200.00 x 31= 6,200.00 deducible. $ 9,077.49-6,200.00= 2,877.44 es no deducible.
    Los cobros adicionales de la renta son deducibles por ejemplo:
    Comisión servicio fin. $ 11,554.87
    Tenencia $ 686.00
    Cargos por ratificación $ 1,900.00
    y el iva $ 3,605.18 Que articulo y fracción los puedo deducir.
    Espero que me puedan asesorar, antemano muchas gracias, saludos buenos días.

  27. Buen día me quedo una duda di un enganche por un carro cuyo valor es de 169,000 di un enganche de 60,000 eso me queda claro, lo que no se es si puedo deducir las mensualidades o ya que termine de pagarlo deducirlo de un golpe el valor del credito quedo en 111,000 saludos

  28. Compre una computadora personal el año pasado puedo considerarla como inversión en este año, estoy como actividad empresarial honorarios profesionales desde el 2010

  29. Soy persona moral y quiero sacar una vagoneta a crédito. Se puede deducir? y otra duda ¿Tiene que ser auto nuevo para la deducción o puede ser usado?

    SAludos

    • Hola, al ser persona moral si puedes deducir la camioenta que quieres comprar e incluso los intereses que esta genere por el financiamiento. Respecto a si tiene que ser nueva o no, yo mismo tengo la duda, en primera instancia y de preferencia es lo mas recomendable que sea nueva, sin embargo, si no lo es, no te se decir si se pueda deducir.

  30. buenos días, tengo una duda, en los meses de marzo y abril, deduci en las dec. prov. de i,s.r. erroneamente el pago de interes x la compra de un automovil en el 2014. tome como datos el pago mensual del credito, debiendo ser solo los interes. (osea k más int.) lo deje asi x que en los meses sigts. no tomaba en cta. los interes pagados. sino hasta que llego el mes de dic. del 2015 dondde tome solo una parte de lo que faltaba por deducir. (siendo que ya habia agotado el pago que deduje en marzo y abril.) espero puedan ayudarme. (si dejarlo así o que sugieren. gracias

  31. Hola, quisiera preguntar, le compre una camioneta a una persona moral, la camioneta es 2010 y la compre en 2013 en 80 mil pesos. La persona moral me la facturo y me desgloso el IVA Correspondiente.

    La pregunta es, la puedo deducir ?? no es nueva. pero cumple con todos los requisitos.

  32. Buen dia ojala me puedan ayudar.-

    ¿Compre un auto del cual pago 7000 y la financiera me factura unicamente 4000 que son intereses, me dice que el resto no lo factura por ser capital es correcto?

  33. hola, podrian ayudarme, yo compre un auto de 310,000 I/I, y me facturaron con fecha junio, soy RIF, y la Ley estipula que 175,000 deduciré del total, y el 25% sera cada año que deducire, en este año sera 43750 entre 4 bimestres que restan. y cuanto seria de iva? esa es mi duda. y como la deduzco igual?

  34. Hola soy persona física con actividad empresarial. Tengo dos vehiculos que pago financiados con carta factura a mi nombre y los uso para mi trabajo. Puedo deducir el iva de uno en un mes y el iva de otro en el siguiente mes? gracias y saludos cordiales.

  35. Soy Persona Física con actividad empresarial, compré un auto nuevo financiado con VW me expidieron factura a mi nombre que dice pago en una sola exhibición; subtotal $150,000.- iva $24,000.- total $ 174,000.- Di $ 40,000.- de enganche y me financiaran $ 134,000.- más intereses $ 50,000.- e iva de intereses $ 8,000.- no tengo comprobante del enganche, me dice la concesionaria que no me da cfdi ya que forma parte del vehículo, plazo 48 meses. Cada mes llegará cfdi donde dice intereses $2,000 iva de los intereses $320 y capital $ 680.- PREGUNTA : en que momento y que cantidad podré acreditar del iva del vehículo ($24,000)?

  36. Hola José.

    Si la agencia te expidió un Cfdi con forma de pago en una sola exhibición, quiere decir que la financiera pagó el total, por ello la expresión de pago en una sola exhibición. Los $40,000 que diste de enganche debió ser pago a la financiera a cuenta del capital prestado y te debió expedir un recibo NO fiscal. Y efectivamente la financiera te debe expedir cada mes un Cfdi por los intereses más iva, por el importe que abonas al capital bien puede extenderte un recibo No Fiscal o bien especificarlo en el Cfdi.
    Ahora, el iva te lo acreditas en el mes que te expidió el Cfdi la agencia, pues ya esta satisfecho su pago, ya que la financiera fue la que le pagó y la agencia deberá enterar ese iva cobrado en el mes que te facturó y se supone cobró, con lo que se cumple la simetría fiscal.
    Saludos. [email protected]

  37. Hola tengo un coche personal y lo uso en mi empresa (S.A.) pague 10 mil de mantenimiento y pedi factura a nombre de la empresa, son deducibles en la S.A. estos 10 mil ? El auto se usa para que yo pueda vender en la empresa, pero está a mi nombre.

  38. gracias por la información,
    pero mi caso es muy distinto,
    iniciando el ejercicio no se hizo la depreciación de un automóvil, tendría que aplicarla toda para final del ejercicio,o aun se puede hacer de manera mensual,
    y aplica de igual manera para maquinaria y equipo , si también no se hizo depreciación,

    espero su comentario gracias

  39. HOLA BUEN DIA…..SE PUEDE DEDUCIR UN AUTOMOVIL QUE SE COMPRO A NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE UNA EMPRESA MORAL ES UNA CAMIONETA QUE SE UTILIZA PARA TRASNPORTAR MERCANCIA DE LA MISMA EMPRESA….PERO LA FACTURA ESTA A NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL.

  40. Yo estoy en el régimen de personas físicas con actividad empresarial, acabo de comprar un auto por $50,000.00 el IVA $8,000.00 me lo facturaron a mi nombre acredito el 100% del IVA en el mes de la facturación o solo un porcentaje ????

  41. Hola, una duda, hay algun limite de vehiculos que pueda comprar la empresa, para que sea deducible?. Es decir si una empresa compró 10 vehículos en el año 2016, los 10 son deducibles???

  42. ESTA PREGUNTA ESTA ARRIBA DE MARCOS MENDEZ PERO ME GUTARIA SABER LA RESPUESTA
    DE QUIEN ES EXPERTO EN LA MATERIA, YA QUE ESTOY EN EL MISMO CASO

    GRACIAS
    BUENAS TARDES, ESPERO ME PUEDA APOYAR MI EMPRESA COMPRO UN VEHICULO EN 2015, LA DEDUCCION PARA ESE VEHICULO SERA POR $130,000.00 MAS I.V.A. $20,800.00 TOTAL $150,800.00, POR URGENCIAS TENGO QUE VENDER EL VEHICULO EN $300,000.00 MAS I.V.A. $48,000.00 TOTAL $348,000.00 EL M.O.I. FUE DE $360,000.00 MAS I.V.A. $57,600.00 TOTAL $417,600.00, ME DICE MI CONTADOR QUE TENGO QUE ACUMULAR EL TOTAL DE LA VENTA Y PAGAR EL TOTAL DEL I.V.A. POR LA VENTA, MI PREGUNTA ES, PORQUE TENGO QUE ACUMULAR EL MONTO TOTAL SI NADA MAS HICE DEDUCIBLE LA CANTIDAD DE $130,000.00 MAS EL. I.V.A. POR $20,800.00

    Responder

    • Buenas tardes Norma!!

      En tu caso si puedes realizar la venta, si todavía debes el carro pues lo liquidarías y deduces la parte que este pendiente..lo demás seria otro ingreso por lo que deberías pagar ISR..al iva de la venta le deducerias el iva que esta pendiente de pago, en caso de estarlo y si no debes ya el vehículo pues declararias ese iva en el mes que toque..claro adicionalmente al iva que te toque pagar al iva de tus actividades y restandole el iva acreditable de tus compras y gastos! no pasa nada si puedes vender y pagar! cualquier duda mi correo es [email protected]

  43. soy una persona que tributa en RIF, compre un vehiculo en 220,000 iva incluido, di un enganche de 45,000 a pagar en tres años. a quien le debo el importe es a la financiera. mi pregunta es: cómo debo acreditar el iva respectivo? PUedo acreditar el iva conforme voy pagando el financiamiento? gracias por su comentario.

  44. EN EL CASO DE AUTO EN PLAN LEASING, QUIEN PAGA LA TENENCIA ? APLICA EL SUBSIDIO A LA TENENCIA ?

    MIL GRACIAS.

    DARIO JAIMES MATUS
    5511 5294, 55506 4548

  45. Hola buenas tardes:
    Soy persona fisica con el regimen de servicios profesionales (honorarios) y calcule mi depreciacion fiscal para el ejercicio fiscal 2016, dentro de la declaracion donde la declaro.
    y si tengo derecho a hacerla deducible?
    Les agradezco de antemano su valiosa asesoria
    Becerril

  46. Buenos días..

    Quiero saber si el deducible de un automóvil con un valor total de 259,990, el cual se adquiere a partir de un crédito, por lo que se paga en mensualidades, es deducible aunque se pague en mensualidades?? o como se presenta ante el SAT este gasto??

    De antemano gracias…

  47. HOLA SOY DENTISTA Y COMPRE UN AUTO EN 190,000 + IVA DI UN ENGANCHE DE 130,000 Y LO DEMAS A CREDITO, LA EMPRESA YA FACTURO, MI PREGUNTA ES SI TENGO Q DEDUCIR SOLO 175000 Y APLICAR LA DEPRECIACION DEL 25% (175000*.25%= 43750) Y ESO LO PUEDO REPARTIR EN LOS 12 MESES (43750/12= 3646), Y QE PASA CON EL IVA YA QUE YO NO TENGO OBLIGACION DEL IVA

    POR FAVOR APOYENME. GRACIAS.

    • Buenas tardes Yida, así es tu como dentista no cobras iva de tus consultas, y el iva de tus gastos que generes tienes derecho ya sea a la acreditación o a solicitar la devolución.en lo que respecta a la depreciación de automóviles, estas en lo correcto, para 2017 el monto deducible en automóviles es de 175,000 pesos, lo multiplicas por el 25% y lo divides entre 12 y es tu deducción mensual.pero como diste un buen enganche, el serian 112,069 y de iva $17,931 que darían los 130,000 pesos..ese iva de 17,931 lo puedes acreditar contra el ISR que te salga a pagar o puedes pedir su devolución, ya que ya esta efectivamente pagado.como vayas pagando el carro puedes ir deduciendo el iva o pidiendo su devolución..espero haberte ayudado en tu duda.

    • Estas en lo correcto YIDA, tu no cobras iva, y el iva de tus gastos lo puedes deducir o lo puedes solicitar en devolucion, siempre y cuando este efectivamente pagado..

  48. HOLA, PARA DEDUCIR UN AUTO USADO COMPRADO A UNA PERSONA FISICA SIN ACTIVIDAD, ENTIENDO QUE SI ES POSIBLE, CON 3 REQUISITOS QUE SON: 1 CONTRATO DE COMPRA-VENTA. 2 HACER MENSION DE LA COMPRA-VENTA Y HACER MENSION TAMBIEN DE LAS CARACTERISTICAS DEL AUTO. 3 COPIA DE CREDENCIAL DE ELECTOR DEL VENDEDOR Y DEL COMPRADOR. Y POR SUPUESTO SERIA UNA VENTA EXCENTA OSEA SIN IVA. SOLO ME AYUDAN CON EL FUNDAMENTO LEGAL POR FAVOR.

  49. Buen dia.

    Estoy en el Regimen de personas fisicas con actividad profesional y empresarial, y tambien persibo sueldos y salarios.
    La pregunta es. Si compro un auto con lo que gano en sueldos y salarios para ocuparlo en mi negocio de actividad profesional lo puedo deducir??

  50. ADRIANA
    BUENAS TARDE, CONTRA QUE PUEDO REGISTRAR UNA CAMIONETA DE USO CONTABLEMENTE?
    EL CONTRIBUYENTE LA ADQUIRIOR SIENDO RIF, LA COMPRO EN EFECTIVO A SU PAPA EN EL 2017 EN 2018 EN EL MES DE AGOSTO PASO AL REGIMEN EMPRESARIAL EN SEPTIEMBRE LO EMPESE LLEVAR SU CONTABILIDAD Y QUISIERA TENER REGISTRO DE ESA CAMIONETA, NO PARA DEDUCIRL, NI DEPRECIAR, PUES NO HAY FACTURA, SINO QUE SE RECONOZCA, NO VAYA SER QUE TENGA PROBLEMAS DEL 69-B, PERO NO SE CONTRA QUE PUEDO LELVARLO, Y A PARTE SI DESPUES LA VENDE COMO SERA SU TRARAMIENTO…OJALA PUEDA ORIENTARME

  51. Buenas Tardes
    Tengo una empresa que compró un auto usado hace tres años a una distribuidora.
    El auto está totalmente pagado y quiero venderlo para comprar otro.
    Existe un mínimo en el que puedo facturar dicho auto?
    Según el libro azul debo facturarlo en $40,000 pero honestamente el auto ya no tiene ese valor.
    Me pueden ayudar?
    No quiero incurrir en errores fiscales.
    Muchas Gracias!!
    Hugo Murillo
    [email protected]

  52. Buenas tardes:
    Podrian apoyarme con una duda.. se facturó una camioneta bajo el uso cfdi gastos en general y no equipo de transporte.. por error se facturó asi
    Puedo hacerlo deducible? Que puedo hacer?
    Mil gracias por su apoyo!

  53. Hola buen día,
    yo soy una persona física asalariada, se que no puedo deducir un auto, pero mi factura de la agencia sale con el RFC genérico esto es valido? Ellos me dicen sale así porque no soy persona física con actividad empresarial quisiera saber que tan cierto es esto.

    Saludos.

  54. SI COMPRO DE CONTADO UN AUTO DE 300 MIL PUEDO HACER DEDUCIBLE EN EL PRIMER EJERCICIO EL TOPE DE 175,000.00 ? Y QUE PASA CON EL RESTO DE 125? LO PUEDO DEDUCIR EN EJERCICIOS POSTERIORES?

  55. Buen día una pregunta en 2019 compre un auto estando dada de alta como asalariada , pero en 2020, me di de alta por honorarios, puedo deducir la depreciación en los años subsecuentes y acreditar el IVA, aunque el pago halla sido 1 año antes?

  56. Duda en rif se compra un automóvil a crédito, se puede deducir en su totalidad aun cuando no se tenga la factura original?, ya que solo proporcionan copia de la factura.
    Agradeceré infinitamente su valioso apoyo.

  57. Hola, en mi empresa se compró una camioneta en $600,000.00, y le facturaron esa cantidad, pero tambiense le anexó un blindaje de $200,000.00, generandoo otra factura con ese mismo concepto. Entonces de los 600,000 pesos ¿solo se puede deducir 175,000 pesos? y la factura del blindaje ¿seria no deducible?

  58. Buen día, un par de dudas, Si compro un auto usado (2018) en una concesionaria autorizada y me otorga la factura por $320,000 neto, aún asi solo se puede deducir el 25% en el primer año? y se puede deducir el seguro?
    Gracias!

  59. Me queda claro que solo puedo deducir $175,000 del valor total del vehículo adquirido. Mi duda es, puedo deducir mas de un vehículo por año, es decir $175,000 por cada vehículo adquirido?

  60. Buenas noches

    Tengo duda cuando se compra un equipo de transporte a crédito a 12 meses la depreciación, se aplica sobre la mensualidad o por el monto del equipo, según la vida de este seria 5 años.

    • Debe cubrir el pago restante el seguro, si estaba pagando un credito la financiera le obliga comprar un seguro de vida para cubrir en caso de fallecimiento.

  61. Buenas tardes:

    Soy persona fisica con actividad empresarial, acabo de comprar un automóvil de la siguiente manera me costo 320, 000 mil pesos pero los gastos fueron asi
    anticipo 207,390.61
    placas 804
    permiso 550
    otro anticipo de 10 000
    accesorios 8000
    tenencia 5654

    Sería el 25% anual sobre los 175,000 permitidos cierto?
    En la declaración mensual en donde lo tengo que poner, seria en donde dice deducciones de gastos ?
    Para efectos de la declaración anual ya quedaría registrado, cuando lo coloque en la mensual o como sería?

    Saludos

  62. ¿Qué pasa con el resto del monto de inversión del vehículo?, es decir, si el vehículo costo $300,000.00, y solo se puede deducir $175,000.00, los $125,000.00 restantes no son deducibles, pero a qué cuenta va ese monto, cómo se clasifica, qué se hace con eso?

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