Declaración anual personas físicas: tips y consejos.

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Declaración anual

No es raro que en estas épocas de declaraciones anuales, las personas físicas vivan en un mar de ignorancia, y lo cierto es que no es del todo su culpa. Lo cierto es que antes de enviar tu Declaración anual debes considerar ciertos aspectos antes de hacer el envío.

Como todos sabemos, las personas físicas están obligadas a mandar su declaración anual si: obtuviste ingresos superiores a $400,000.00, comunicaste por escrito a tu patrón a más tardar el 31 de diciembre de 2012 que presentarías tu declaración anual por tu cuenta, dejaste de presentar servicios antes del 31 de diciembre de 2012 o presentaste servicio a dos o más patrones en forma simultánea, obtuviste ingresos acumulables distintos de sueldos y salarios. Aquí algunos consejos antes de enviar tu declaración anual.

Revisa tu información. Es común que por las prisas, queramos enviar la declaración anual una vez que terminamos de llenar los datos. Pero no siempre los datos son los correctos, o si lo son, nada mejor que revisar la información. Es común que en estos casos las personas suelan equivocarse con el IVA, poniendo una cantidad distinta a la que pusieron en las declaraciones mensuales si es que éstas están bien, o que las cantidades que nos retuvieron otros contribuyentes difieran con las que tenemos en los recibos.

Saldo a favor. Si una vez que terminaste de calcular tu declaración anual tienes saldo a favor y pretendes solicitarlo, ten en cuenta que la autoridad va a checar que tus datos sean correctos, y no, no solo me refiero con la información que mandas, sino con toda la que los terceros involucrados contigo también manda. Con mucha frecuencia sucede que la autoridad rechaza las devoluciones automáticas, ya sea porque hay inconsistencia entre los terceros, o bien, porque la información que mandas no concuerda con las declaraciones mensuales.

También considera que hay un límite para la devolución automática, y si tu saldo a favor excede ese límite, deberás solicitar tu devolución por medio de un formato y de forma personal en las oficinas del SAT. (Ni modo, así es esto).

Papeles en orden. Muchos piensan que el hecho de extraviar una factura no afecta en nada, pero lo cierto es que es un documento sumamente importante que valida los gastos que ponemos en la declaración anual.

Fiel a la mano. Para hacer más ágil todo trámite es indispensable realizarlo con la FIEL, aunque aún puedes realizar tu anual con la CIEC, es más rápido que te hagan tu devolución anual si la tramitas bajo tu firma electrónica, si pretendes pedir saldo a favor y éste es bastante alto, deberás usar tu FIEL, quieras o no.

Resignación. Si por el contrario, te resulta saldo a pagar, no queda de otra que resignarse a pagar lo que se debe. Hacer los cálculos correctamente no significa hacer pagar más al contribuyente, como tampoco pagar menos, significa hacer bien las cosas. Meter deducciones que no van con tu giro comercial pueden ser un graaaaaaan dolor de cabeza a futuro. Tal vez al principio no lo veas y puedan pasar meses sin que la autoridad se dé cuenta, pero el día en que el SAT te haga una revisión, se te van a caer hasta los calzones y, claro, te quitarán todas esas deducciones que nada tienen que ver con tu giro.

Paciencia. Finalmente, si ya presentaste tu declaración anual, solo queda esperar la resolución del SAT, ya sea que hayas pedido saldo a favor o en su caso compensación.

¿Tú ya presentaste tu declaración anual?

3 Comentarios

    • Felipe, gracias por leer el artículo. Las declaraciones de personas físicas se presentan el último día del mes de abril; es decir, este año debiste presentar su tu declaración del 2012 a más tardar el 30 de abril de 2013. Respecto a cómo calcular los impuestos, te recomiendo que acudas con un buen contador para que te asesore en caso de que debas presentar declaración. Saludos.

  1. MUY BUNE AINFORMACION AQUI ESTOY RECORDANDO MIS CLASES SE IMPUESTOS QUE BIEN ENCONTRE EL LUGAR INDICADO PARA ACTULIZARME Y RECORDAR LO QU E YA SE ME HABIA OLVIDADO

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