Ingresos en CFDI cuando son PUE ¿aún se puede no acumularlos si no se cobran?

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Actualmente existe una gran cantidad de contribuyentes que se encuentran en un régimen fiscal donde, además de usar el método de pago PUE, para determinar sus impuestos, se basan en el flujo de efectivo, es decir, sobre lo efectivamente cobrado y lo efectivamente erogado; pero de todos estos contribuyentes, no todos saben, aceptan o recuerdan que dicho flujo está condicionado a los complementos de pago, mecanismo por el cual la autoridad fiscal se entera de lo que realmente fue cobrado y no cobrado dentro del periodo.

Riesgo de no acumular las facturas PUE

Desde hace ya tiempo se viene haciendo el exhorto a los contribuyentes que el hecho de que en los comprobantes fiscales se establezca como método de pago PUE, se da a entender que ya fueron pagados y por lo tanto han sido efectivamente cobrados, sin embargo, a pesar de esto aun persiste la idea de que como es flujo de efectivo, si una factura no se pagó, ese ingreso no se acumula, situación que tiene coherencia e incluso es discutible considerando que en algunas leyes fiscales, dicen efectivamente cobrado y pagado; no obstante, el riesgo para continuar con esta práctica o costumbre (que aun teniendo quizá fundamento legal), se vuelve cada día mayor, derivado de las facultades que se le vienen otorgando a la autoridad fiscalizadora.

El SAT tiene la facultad de que mediante reglas establece los lineamientos para tramites, declaraciones, facturas, etc., siendo estas ultimas uno de los conceptos a los que más atención le ha puesto, ya que a través de la facturación y los complementos que ha establecido, está revisando y cruzando información, de aquí la importancia de los métodos y formas de pago al momento de emitir los CFDI.

La respuesta del fisco ante esta situación

Si bien es cierto, que “si no lo cobramos no deberíamos pagar el impuesto”, también es cierto que la autoridad argumenta que para evitar estas situaciones implementó dicho complemento de recepción de pagos, para informarle que se cobró y que no, y aunque quizá esto es algo que no guste mucho, lamentablemente hacienda puede imponer los mecanismos necesarios para “vigilar” a los contribuyentes cautivos.

Por lo tanto, es importante considerar y revisar al final del mes o periodo, las facturas que no fueron cobradas y están como PUE, ya que para estos tiempos el SAT entera de aquellos ingresos que no se declararon y que, de acuerdo a su sistema se encuentran como pagados en una sola exhibición, lo que puede llevar al contribuyente a grandes problemas, y mas aun con las iniciativas y leyes que están por venir.

De lo anterior, se puede definir que sí se deben acumular las facturas que están como PUE, aun siendo que no fueron cobradas, o de lo contrario, es necesario hacer uso de los complementos y ajustarse a los mismos.

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