Nuevo esquema de cancelación de CFDI

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El pasado 1 de noviembre de 2018 entró en vigor el nuevo esquema de cancelación del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a través del cual se requiere la aceptación del receptor del documento, para que éste sea cancelado.

Hasta antes de este cambio no existía la restricción para cancelar un CFDI, por lo que muchos contribuyentes caían en la mala práctica de cancelar unilateralmente los comprobantes fiscales con los cuales se omitían ingresos para ISR y los receptores que pagaban no podían deducirlos.  Ahora con el cambio, habrá una carga administrativa, debido a que tendremos que estar pendiente del buzón tributario en caso de recibir una solicitud de cancelación por parte de los proveedores o las solicitudes que se envíen a los clientes.

¿Cuál es el nuevo esquema de cancelación de CFDI 3.3 a partir de 2018?

El emisor del CFDI envía al receptor la solicitud de cancelación, vía buzón tributario, el receptor del CFDI recibe por medio del buzón tributario un mensaje de aviso de cancelación de un CFDI. El receptor en este sentido podrá aceptar la cancelación, el CFDI se cancela de inmediato; rechazar la cancelación, el CFDI se mantiene vigente, sin cambios o no atender la solicitud, el CFDI se cancela a los tres días de la solicitud.

El receptor por medio del portal del SAT o de la plataforma del prestador de servicios podrá atender dicha solicitud.

Excepciones para cancelar un CFDI 3.3

La Regla Miscelánea 2.7.1.39.  tiene contemplado los supuestos en los cuales no será necesario avisar al receptor en el nuevo esquema de cancelación de CFDI:

  • Los que amparen montos totales de hasta $5,000.00 (Se reformo)
  • Por concepto de nómina.
  • Por concepto de egresos.
  • Por concepto de traslado.
  • Por concepto de ingresos expedidos a contribuyentes del RIF.
  • Emitidos a través de la herramienta electrónica de ‘Mis cuentas’ en el aplicativo ‘Factura fácil’.
  • Que amparen retenciones e información de pagos.
  • Expedidos en operaciones realizadas con el público en general
  • Emitidos a residentes en el extranjero
  • Cuando la cancelación se realice dentro de los tres días siguientes a su expedición.
  • Contribuyentes que enajenen bienes, usen o gocen temporalmente bienes inmuebles, otorguen el uso, goce o afectación de un terreno, bien o derecho, incluyendo derechos reales, ejidales o comunales a que se refiere la regla  2.4.3., fracciones I a VIII, así como los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras en términos de la regla  2.7.4.1.,
  • Emitidos por los integrantes del sistema financiero.
  • Emitidos por la Federación por concepto de derechos, productos y aprovechamientos.

Cancelar un CFDI con el nuevo esquema de cancelación por montos de hasta $5,000

Recientemente se reformo la Regla Miscelánea 2.7.1.39., para efectos de cambiar el término “ingresos” por el de “monto total”; lo anterior, tiene un efecto al momento de definir cuáles CFDI se cancelarán.

Con el cambio se tendrán que considerar los 5,000 pesos con los impuestos incluidos, IVA y retenciones. Antes un comprobante de $5,000 pesos más IVA, es decir $5,800, podía ser cancelado ya que la regla se refería a ingresos, que comprendían solo los 5,000 pesos, ahora el mismo CFDI por esa cantidad no podrá cancelarse sin aceptación, lo anterior porque ahora la regla se refiere a monto total.

De todos modos hemos ya escrito un artículo de cómo cancelar un CFDI.

Cómo revisar el estatus de cancelación de mi CFDI

Otro dato curioso es que ahora en el portal del SAT ya también se puede revisar el estatus que tiene cada CFDI, esto a raíz del nuevo proceso de cancelación de CFDI 3.3. para esto únicamente debes entrar al portal del SAT, ingresar tus datos de acceso y revisar en las facturas que te han emitido, o bien, en la opción de Cancela y Recupera tus Facturas. De un lado podrás revisar las solicitudes de cancelación:

Consultar solicitudes de cancelación
Nuevo esquema de cancelación de CFDI

También puedes revisar el estatus directamente en la opción “Consultar Facturas Recibidas”, y te aparecerá algo así:

Nuevo Esquema de cancelación de CFDI
Aquí puedes ver el estatus de tu factura en el nuevo esquema de cancelación de CFDI

Video del nuevo esquema de cancelación de CFDI 3.3

Ahora ya sabes cuál es el nuevo esquema de cancelación de CFDI que entró en vigor en 2018, y de hecho nosotros ya tenemos un video que habla acerca de cómo realizar dicha cancelación. Puedes verlo aquí:

Por cierto, no olvides suscribirte a nuestro canal de Youtube, solo tienes que pinchar aquí.

 

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