Límite de exención en el pago de aguinaldo UMA o Salario Mínimo General Vigente

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A pesar de que la UMA (Unidad de medida y actualización) ya lleva un tiempo siendo utilizada como base para algunos cálculos, en ocasiones como la reciente, que es la determinación y entrega del aguinaldo a los trabajadores, surge la duda de si para el cálculo del límite de la exención para dichos aguinaldos se utiliza como base la UMA o el salario mínimo, ya que la exención es en relación directa al salario del trabajador, podría decirse que tendría que ser salario, pero existen opiniones contrarias con base a lo siguiente:

De acuerdo con la fracción VI del artículo 123, apartado A de la CPEUM (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos) indica que:

“Los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales. Los primeros regirán en las áreas geográficas que se determinen; los segundos se aplicarán en ramas determinadas de la actividad económica o en profesiones, oficios o trabajos especiales. El salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza.”

Lo que significa que el salario no debiera ser utilizado para determinar multas, sanciones, o importes que no se encuentren relacionados con el pago del salario como tal, como las diferentes disposiciones establecían, por lo que el 27 de enero del 2016, mediante el Decreto por el que se declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo, se publicó oficialmente la desindexación del salario, entendiéndose que para tales fines se utilizaría la Unidad de medida y actualización:

“Transitorios

Tercero. – A la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, todas las menciones al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, estatales, del Distrito Federal, así como en cualquier disposición jurídica que emane de todas las anteriores, se entenderán referidas a la Unidad de Medida y Actualización.”

Entonces, ¿cuál usar para el límite de exención?

Entonces tomando en cuenta esto último, se tiene el entendido que para determinar el límite de exención para establecer un impuesto, ya que es dichos impuestos son una obligación de acuerdo a las distintas leyes fiscales, a partir de la entrada en vigor del decreto mencionado, se debiera utilizar la UMA, pero, a pesar de esto, también debiera retomarse el hecho de que la exención, en el caso del pago de aguinaldo, para la cual se necesita una base, está relacionada o afecta directamente a lo que se le entregará al trabajador por su trabajo, básicamente, ya que con base en lo laborado es el aguinaldo calculado; además de que una exención no es una obligación, más bien es un derecho de los contribuyentes tratándose en tema de impuestos.

Para determinar el límite de exención para establecer un impuesto, se debería usar el UMA

Derivado de lo anterior, es que aún persiste la dualidad de opiniones, sin olvidar que, es muy cierto que al aplicar o utilizar la U.M.A. como base, la exención es menor, lo que finalmente, también afecta lo que recibirá el trabajador.

En nuestro caso, te aconsejamos usar cualquiera de las 2, ya que no existe una disposición que aclare finalmente esta confusión.

4 Comentarios

  1. Mi estimada Magi Marquez, estoy de acuerdo con usted, sin embargo el SAT para efectos de las exenciones de aguinaldo en la declaración anual de 2017, considera para estos efectos las UMAs en lugar del salario mínimo, y al fin de cuentas el SAT tiene el sarten por el mango.

    Saludos

    • Asi es, la Empresa tomo el salario mínimo para la parte exenta del aguinaldo 2017 y acaba de llegar una invitación del SAT donde le pide la corrección donde se tiene que hacer en base a la UMA.

      Saludos

  2. Lic. Magi Marquez, Lic. Herrera y Lic Jesús Morales, estoy leyendo el artículo, y les agradezco sus comentario, buscaba los criterios para estos efectos y sus opiniones han sido de gran utilidad. yo iba a aplicar el S.M.

    Aida Aguilar.

  3. SOY PENSIONADO DEL IMSS Y JUBILADO DE LA EMPRESA DONDE PRESTE MIS SERVICIOS RECIBO DOS SUELDOS EN EL CASO DE LA EXCENSION DE IMPUESTO 15 VECES EL SALARIO MÍNIMO HACIENDA ME APLICA EN LA DECLARACIÓN PRE IMPRESA 15 UMAS AUN CUANDO LA LEY DEL SAT DICE QUE DEBE DE SER 15 SALARIOS MÍNIMOS, EL PERJUICIO ES MUY ALTO QUE DEBO HACER.

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