A pesar de que se había publicado que los cambios que se aplicarían a los CFDI serían de forma paulatina, que sería opcional desde el 01 de julio y hasta el 30 de noviembre de 2017, a partir de hace unos días el sistema de facturación gratuita del SAT ya no permitió utilizar la versión anterior 3.2, necesariamente quienes utilicen esta herramienta ya deberán realizar sus comprobantes en la nueva versión, 3.3, aun en Mis cuentas, sigue igual, hasta el momento de esta redacción.
Y no solo eso, sino que también el SAT envió mensajes de SMS a los celulares para avisar de este cambio (aunque no sabemos que tan bueno o malo sea que el SAT sepa nuestro número celular).
Como también ya se venía publicando, esta actualización trae varios cambios, catálogos, claves, más tipos de comprobantes, entre otros, y todos estos cambios al momento de realizar el llenado del comprobante, está generando varias dudas, por lo que es importante darle lectura a la guía antes de realizar este procedimiento.
Veamos algunos de los nuevos detalles que deberán agregarse para esta nueva versión:
Cómo emitir un CFDI Versión 3.3
El menú de la Generación de CFDI versión 3.3 se agregarán más datos.
Al Capturar el comprobante, se encuentran los siguientes cambios, en donde ademas se adicionaron otros tipos de comprobante como Nomina y Pago:
Así como el catalogo para definir el uso que el Receptor del CFDI le dará al comprobante.
Cabe mencionar que si el receptor no le da el uso establecido en el CFDI que se le emitió, no será motivo de cancelación o no deducción, o no acreditación de impuestos, de acuerdo a la guía de llenado.
Para el caso de Forma de pago y Método de pago, se aprecian los siguientes catálogos, en el catálogo de la forma de pago, ya no existe la opción No aplica, ahora se podrá usar Por definir, según sea la situación.
Ahora bien, para agregar ya, los conceptos, importes, descripción y demás datos, al presionar Agregar dentro de Conceptos, se abrirá una ventana como la siguiente:
En la que se detallarán las claves de unidad y servicio o producto, las cuales, si surgieran dudas, se podrán consultar en los catálogos que proporcionó el SAT en su página de internet.
Y para agregar los impuestos correspondientes se habilitará la casilla que corresponde, de la parte inferior, por ejemplo, Impuestos, y posteriormente se habilitará otra pestaña
Una vez que se haya detallado toda la información con respecto al servicio o producto por la que se elabora el CFDI, entonces se realiza lo de costumbre, si no se agregará nada más.
Desde luego que dependiendo del tipo de comprobante que se elaborará, tendremos que agregar más información, como es el caso del complemento para pagos, por ejemplo.
En esta ocasión solo tomamos algunos de los cambios que trae la nueva herramienta de facturación, los cuales se deberán analizar más detalladamente en conjunto con los demás, para evitar algún contratiempo en su aplicación, así como para evitar posibles multas por no elaborar los comprobantes adecuadamente. También es importante mencionar que cuando se hace referencia a la Residencia Fiscal, se refiere al hecho de que el receptor sea extranjero.