Se hizo oficial la publicación de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 y sus respectivos Anexos 1, 5, 8, 15, 19, 26 y 27. No podía terminar el año 2022 sin conocer antes lo que depara el próximo 2023 en materia tributaria, por lo que Hacienda, este 27 de diciembre del 2022,
Resolución Miscelánea Fiscal para 2023
Con poco más de 800 páginas, en las primeras horas del día 27 y mediante el Diario Oficial de la Federación, se conocieron las principales reglas generales a las que se han de apegar los contribuyentes para el ejercicio 2023, las cuales contienen cambios significativos.
Tablas y tarifas para el cálculo del Impuesto sobre la Renta
A diferencia del año pasado, en lo cual, las tablas de ISR para pagos provisionales se publicaron hasta el mes de enero del presente año, en esta ocasión, la RMF para 2023 ya incluye las tablas correspondientes al Anexo 8.
Solicitud de datos en el RFC para timbrado de CFDI con complemento de nómina
Asimismo, a través de la nueva regla 2.7.1.48., quienes hagan pagos por conceptos de nómina, podrán solicitar, por única ocasión, a través del Portal del SAT, la información relacionada con la inscripción en el RFC de los trabajadores quienes recibieron dichos pagos; desde luego, cumpliendo con lo que establece esta regla: “siempre que durante los últimos doce meses, el solicitante les haya efectuado pagos por esos mismos conceptos”.
Cambios a las reglas generales, relacionadas al Régimen Simplificado de Confianza
En lo que respecta al Régimen Simplificado de Confianza, en esta Resolución resaltan varios cambios importantes, entre estos, lo relacionado a lo que será la primera declaración anual de dicho régimen fiscal.
Validación de ingresos para permanecer en el Régimen Simplificado de Confianza
Dentro de las novedades que contiene la actualización de las reglas correspondientes al Régimen Simplificado de Confianza, se observa en la regla 3.13.33., que la autoridad fiscal, realizará validaciones respecto a los ingresos que los contribuyentes hubieren manifestado en las declaraciones anuales del ejercicio inmediato anterior, con el objetivo de que se cumplan los requisitos para permanecer en el régimen simplificado; de no cumplirse, dicha autoridad procederá a realizar las actualizaciones que correspondan.
Baja del Régimen Simplificado de Confianza por incumplimiento de la presentación de la declaración anual
De la misma forma, a través de la regla 3.13.34. se indica que las personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza que incumplan con la presentación de la declaración anual dentro del plazo establecido, serán sujetos a la actualización de obligaciones fiscales por parte de la autoridad, dentro del mes siguiente a la fecha de vencimiento de tal presentación.
Cancelación de CFDI global del Régimen Simplificado de Confianza
En lo que refiere a la cancelación de comprobantes fiscales, la regla 3.13.35. señala la facilidad para los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza, de poder cancelar los CFDI globales que emitan, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que se expidió dicho comprobante.
RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2023 y sus Anexos 1, 5, 8, 15, 19, 26 y 27.
Esta Resolución representa como cada año, un gran reto, ya que los señalamientos son considerables, y esto aunado a lo que representa el primer aniversario de un nuevo régimen fiscal, con el cual, la autoridad tiene grandes expectativas respecto al cumpliendo fiscal de los contribuyentes.