Este 2022 ha sido una avalancha de reforma, y el entero de retenciones no podía quedarse atrás. Con la entrada en vigor del nuevo régimen fiscal y derivado de las ultimas reformas, la autoridad fiscalizadora ha llevado a cabo la modificación de una gran parte de su plataforma, esto con el fin de implementar nuevas herramientas que permitan el correcto cumplimiento de obligaciones fiscales, siendo entre estas, la que concierne al entero de retenciones por salarios y asimilados.
Nuevo Formato Entero de retenciones Regla 3.9.17.
Con la adición de la regla 3.9.17. de la RMF para 2022, se estableció prácticamente un nuevo formato para presentar el entero de las retenciones por salarios y asimilados, para lo cual, al llevar a cabo la presentación de la declaración, esta se encontrará prellenada con la información de la nomina que se hubiere generado en el mes de que se trate. Por lo que dicha regla, menciona lo siguiente:
Para los efectos del artículo 96 de la Ley del ISR, las personas físicas y morales obligadas a efectuar retenciones por los pagos que realicen por remuneraciones a sus trabajadores o a contribuyentes asimilados a salarios en términos del Capítulo I, Título IV del mismo ordenamiento, deberán enterarlas mediante la presentación de las declaraciones “ISR retenciones por salarios” e “ISR retenciones por asimilados a salarios”, respectivamente.
Dichas declaraciones estarán prellenadas con la información de los CFDI de nómina emitidos por las personas que realicen los pagos por los conceptos antes señalados en el periodo que corresponda.
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Formularios independientes para entero de retenciones
Así entonces, derivado de esta nueva disposición, el entero de dichas retenciones será de forma diferente a como venían realizándose, generalmente como declaraciones complementarias “no presentadas”, y desde enero del presente año, esto será en apartados independientes; que, para tal efecto, la ubicación en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, es la siguiente:
- Declaraciones Pagos provisionales o definitivos Presenta tu declaración de entero de retenciones por salarios y asimilados a salarios del ejercicio 2022 en adelante.
Emisión o cancelación de CFDI de nomina
Ahora bien, la misma regla 3.9.17., también hace mención de, cuando la información que se encuentre precargada no sea la que corresponda, el contribuyente deberá, ya sea emitir o cancelar, aquellos CFDI por concepto de nómina correspondientes.
De la misma forma, dicha regla establece que, en el caso de las personas morales, estas realizarán el envío de dicha declaración utilizando su e. Firma.
Así que, por lo anterior, al tener que cumplir con las declaraciones del presente año, ya no se encontraran como regularmente se encontraban, como “otras obligaciones”, sino como obligaciones independientes.
Hola buenas tardes, yo tengo que presentar algunas del 2021, pero no me sale ninguna opción para ese año
estoy igual que tu necesito presentar de años anteriores pero no me deja ya busque por todos lados y nada necesito tener mi 32D en POSITIVO pero ya no se como limpiarlo.