Vacaciones 2023 LFT

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vacaciones 2023

Finalmente tenemos vacaciones 2023 bajo el título de #VacacionesDignas. Después de tanta incertidumbre y polémica, por fin este 27 de diciembre del año en curso, la Secretaria del Trabajo y Previsión Social dio por oficial la reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo; por lo que, a través del Diario Oficial Federal, se publicó después de todo, el DECRETO por el que se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones.

Reforma al artículo 76

Ya desde hace tiempo se ha venido mencionando y haciendo polémica por la reforma al artículo 76, el cual anteriormente refería al mínimo de vacaciones de seis días por un año laborado, lo cual, a partir del próximo año, pasaran a por lo menos doce días laborables de vacaciones:

Nuevo Artículo 76 Vacaciones 2023

Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios.

A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

Reforma al artículo 78

De la misma manera, es muy sabido que el articulo 78 de la ley laboral, también fue reformado, por obvias razones, antes señalaba que los trabajadores debían disfrutar seis días de vacaciones por lo menos, esto en forma continua, ahora, con la reforma se indica lo siguiente:

Nuevo artículo 78

Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera.

Qué refieren los Transitorios de las vacaciones 2023

De acuerdo al Primero Transitorio del Decreto, la aplicación de estos cambios entraran en vigor a partir del 1.° de enero de 2023.

Ahora bien, menciona el Segundo Transitorio, que dichas modificaciones serán aplicables tanto a los contratos individuales como a los contratos colectivos de trabajo que se encuentren vigentes a la fecha de entrada en vigor del Decreto; desde luego, independientemente de la forma o denominación que se le dé a dichos contratos, y siempre que resulte más favorable a los derechos de las personas trabajadoras.

Así que, además de lo que corresponde a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, es ya un hecho todo lo que implica esta reforma respecto al cálculo de las nominas y lo que conlleva.

DECRETO por el que se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones.

Te invitamos a ver además el siguiente video en vivo de las vacaciones 2023

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