Como es sabido la cuarta versión anticipada de la Resolución de Modificaciones a la RMF 2021 aun no es publicada de forma oficial, no obstante, el apartado del tramite para que las personas morales puedan llevar a cabo la renovación de su e. Firma caduca, ya se encuentra disponible en la plataforma del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Anexo 1-A de la 1ra. Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021. Cuarta Versión Anticipada
De acuerdo al Anexo 1-A, el cual, también se encuentra en su versión anticipada, contiene la ficha de tramite “306/CFF Solicitud de renovación del Certificado de e. Firma caduco para personas morales”, mismo que establece los señalamientos para iniciar con el trámite, así como también establece ciertas restricciones; seguramente se recordará que no es aplicable para todos los contribuyentes, sino solo para quienes se ubican en los supuestos que indica la regla 13.2. de la resolución de modificaciones a la RMF 2021 (haciendo hincapié en que aun no es publicada en el D.O.F.).
Esta ficha, indica de forma general, lo siguiente respecto al procedimiento:
El trámite será a través del aplicativo Certifica, con el que se deberá generar el archivo de renovación, con extensión .ren
- Una vez que se ha descargado y ejecutado el aplicativo, y seleccionado la opción Solicitud de Requerimiento de Renovación de Personas Morales con Representante Legal…
- Se cargará el certificado de e. Firma, ya caduca, y confirmar los datos.
- Para la generación del archivo (.ren) y firmado de la solicitud, se llevará a cabo a con la e. Firma vigente del representante legal.
- Posteriormente, solo resta ingresar a Certisat web, tal y como señala la ficha del trámite antes descrita, para solicitar dicha renovación.
Se habrá de recordar que este procedimiento es ya muy conocido, sin embargo, es de considerarse que se solicitaran otros requisitos más para estos casos, como son los archivos de e. Firma del representante legal, el cual debe ser el mismo con el que se solicitó inicialmente, así como también, los archivos caducos no deben tener más de un año de haberse vencido, principalmente.
306/CFF Solicitud de renovación del Certificado de e. Firma caduca para personas morales
Independientemente de que el referido anexo, aun no se publica oficialmente, el procedimiento ya es posible llevarlo a cabo, esto derivado a la fecha limite.
Es interesante como la autoridad fiscal, va estableciendo procedimientos para tramites, declaraciones, y demás conceptos que, aun sin hacer publicaciones oficiales, los comienza a ejecutar.