Las reformas a las leyes en general, ha sido una constante por parte del actual gobierno, ya que seguidamente se están realizando cambios y probablemente, con el objetivo de re-direccionar el sentido de las mismas, como es el caso de las recientes publicaciones en el Diario Oficial de la Federación con respecto a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a la del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a la Ley del Seguro Social y a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, las cuales parecen formar parte integral de uno de los objetivos más emblemáticos del gobierno en turno, la justicia social.
Publicaciones del 16 de diciembre del 2020
El pasado 16 de diciembre del 2020, se publicaron oficialmente dos decretos de reformas a las leyes que se enfocan a proporcionar varios beneficios a los trabajadores en materia de pensiones y adquisición de viviendas:
Tratándose del Decreto que reforma a la LSS y a la Ley del SAR
Entre lo que destaca de este decreto, se observa una reducción a las semanas cotizadas, como requisito para disfrutar de las prestaciones correspondientes a los seguros de cesantía en edad avanzada y vejez, pasando del 1250 a 1000 semanas, pero en este sentido, dicha reducción se llevará a cabo de forma paulatina, comenzando a partir del próximo mes de enero del 2021, ya que, para entonces, entra en vigor dicho decreto.
Asimismo, se señala un aumento gradual a partir del año 2023 en cuanto a la aportación patronal, la cual pasara del 5.15% al 13.87%. y, en relación a esto último, el gobierno federal cubrirá mensualmente del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, una cantidad por cada día de salario cotizado, para los trabajadores que ganen de 4.0 uno (4.01) hasta 7.0 nueve veces (7.09) la UMA (Unidad de Medida y Actualización).
En el caso del Decreto sobre reformas a la leyes de INFONAVIT y del ISSSTE
Del decreto que reforma tanto a la ley de INFONAVIT como a la ley de ISSSTE, se menciona que se trata de garantizar el acceso a los créditos que dichas instituciones proporcionan, pero con la pretensión de que se lleve a cabo sin intermediarios.
Y de la misma forma, se indica que se podrá adquirir mediante este tipo de créditos, un terreno para poder construir a elección del trabajador, esto mediante una adición al artículo 3o y una reforma al artículo 41 de la Ley de INFONAVIT; y sobre el mismo tema, dicha adquisición se establece a través de una adición al artículo 169 de la ley de ISSSTE.