Como cada año y desde que se implementó, el Buen Fin 2020 es uno de los eventos que más se esperan al finalizar el año, ya que los proveedores de bienes y servicios tienen la facilidad y oportunidad de incrementar sus ventas, y por ende sus ingresos, lo cual en estos momentos es fundamental.
DECRETO por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos
Para este año el periodo correspondiente al Buen Fin es diferente a los anteriores, ya que, derivado de la situación económica actual dicho periodo es más amplio.
Por lo que, de fecha 6 de noviembre del año en curso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (D.O.F.) el “DECRETO por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos”, mediante el cual la autoridad fiscal dio a conocer los lineamientos para llevar a cabo el Buen Fin 2020.
Estímulos fiscales
Como siempre, se otorgarán estímulos fiscales a quienes participen de este evento, como son a aquellas entidades que emitan tarjetas, ya sea bancarias o departamentales, el cual consiste en el acreditamiento contra el impuesto sobre la renta (ISR) propio o el retenido a terceros, por el monto correspondiente ala entrega de premios que realicen, desde luego siempre que, las personas físicas tarjetahabientes hayan resultado premiadas por la utilización de dichas tarjetas en la adquisición de bienes y servicios durante el Buen Fin, y que los proveedores de estos bienes y servicios estén inscritos para efectos de este evento.
Asimismo, el estímulo será aplicable para las personas físicas o morales que enajenen bienes o presten servicios y reciban como medios de pago tarjetas de crédito o de débito durante el Buen Fin, y que sus ingresos acumulables en el ejercicio inmediato anterior no hubieren excedido de $5,000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.), además de estar igualmente inscritos en el portal.
Periodo del Buen Fin 2020
En el documento publicado se señala que el periodo del Buen Fin para este año, será del 9 al 16 de noviembre del 2020, esto con dos principales objetivos, siendo el primero el fomentar la formalidad y el uso de los medios electrónicos en la compra de bienes y servicios, y el segundo para coadyuvar a que la economía nacional se recupere un poco más de la situación pandémica aun persistente.
En el mismo Decreto, se indica que para acceder a los beneficios que se mencionan en el mismo, habrá que apegarse a las reglas que se emitan por parte de la autoridad fiscal en conjunto con la Secretaria de Economía, por lo que es importante estar al tanto de lo que se publique en el D.O.F., así como también, es relevante consultar a detalle el Decreto en el caso de que como proveedores estemos en la mejor disposición de participar.