Cancelación de Sello digital (CSD) por no presentar declaración anual

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certificado de sello digital CSD declaracion anual

El artículo 17-H es uno de los artículos que fue modificado en el Código Fiscal de la Federación para este año 2020 y con ello el CSD o los certificados de sellos digitales; Situación que ya hemos explicamos en este blog, sin embargo, es importante recordar un par de datos justo ahora que estamos en época de declaraciones:

Primero que nada, recordemos qué es lo que dice este artículo.

Motivos por los cuales el SAT suspenderá tus CSD (certificados de sello digital)

  • Cuando tú mismo lo solicites.
  • Cuando lo ordene una resolución judicial o administrativa.
  • En caso de fallecer el titular deberá de ser solicitada por un tercero legalmente autorizado que comprobará dicha situación con el acta de defunción
  • En caso de que se disuelvan, liquiden o extingan las sociedades, asociaciones y demás personas morales, los liquidadores serán quienes presenten la solicitud correspondiente.
  • Una sociedad escindente o fusionada desaparezca por la escisión o fusión.
  • Se agote el plazo de vigencia del certificado.
  • Se pierda o se dañe, el medio electrónico que contenga los certificados.
  • No cuente con los requisitos legales al momento de realizar la expedición.
  • Se encuentre en riesgo la confidencialidad de la FIEL (firma electrónica) del SAT
  • En caso de no ser localizado durante un procedimiento administrativo de ejecución.

¿Qué pasa si no presentas tu declaración anual en tiempo y forma?

Si como contribuyente no realizas tu declaración anual a mas tardar en su fecha limite (30 de abril para el ejercicio 2019) el SAT restringirá tu CSD por lo que tendría como principal impacto no poder facturar las ventas de tu negocio, además también:

  • No podrá deducir impuestos
  • No tendrá posibilidades de tener ingresos,
  • Tendrá inoperatividad empresarial
  • Habría una afectación a la economía de los empresarios, colaboradores y sus familias, pudiendo afectar a toda una cadena de proveedores y clientes.

¿Qué pasa después de que el SAT da cancelación a un CSD?

Se anota en el certificado la fecha y hora de su revocación.

La cancelación surtirá efectos a partir de la fecha y hora que se dé a conocer en la página del SAT.

¿Qué pueden hacer los contribuyentes que hayan sufrido la cancelación de su certificado?

El mismo artículo nos menciona que podrán subsanar las irregularidades detectadas, aportando las pruebas que les convenga, a fin de obtener un nuevo certificado. Luego, en un plazo máximo de 3 días, la autoridad fiscal emitirá una respuesta.

Esto es lo que nos dice el artículo 17-H, pero ¿qué menciona el artículo 17-H Bis? Recordemos que este artículo se agregó en 2020 derivado de la reforma fiscal.

Artículo 17-H Bis y la declaración anual

El SAT podrá restringir temporalmente el uso de los certificados de sello digital (CSD) para la expedición de comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), cuando el contribuyente caiga en alguno de los siguientes supuestos:

  • Omisión de la declaración anual hasta un mes posterior a la fecha límite de presentación u omisión de declaraciones provisionales o definitivas de forma consecutiva o no consecutiva.
  • No presentes aviso de cambio de domicilio.
  • Recibas un CFDI de un contribuyente con inexistencia de las operaciones en sus comprobantes (empresas fantasmas)
  • No acredites la adquisición de bienes o recepción de los servicios, ni corrijas tu situación fiscal después de transcurrido el plazo.
  • Tu domicilio fiscal no cuente con un local o lugar adecuado para tus actividades
  • Los ingresos declarados e impuestos retenidos en declaraciones de pagos provisionales, retenciones, definitivos o anuales, no son iguales que en los CFDI, expedientes, documentos o bases de datos de la autoridad.
  • Si los datos de contacto del buzón tributario del SAT están incorrectos.
  • Cuando no desmientas la presunción de la transmisión de pérdidas fiscales indebidamente.

¿Qué aran los contribuyentes que hayan sufrido una restricción temporal del CSD?

Podrán presentar la solicitud de aclaración para subsanar las irregularidades detectadas, en el cual podrán aportar las pruebas que a su derecho convenga, con la finalidad de que, al día siguiente al de la solicitud se restablezca el uso de dicho certificado. Puedes pedir ayuda a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

¿Cuánto tiempo tarda el SAT en emitir la resolución?

Contará con un plazo máximo de diez días, contado a partir del día siguiente en que se reciba la solicitud correspondiente dándose a conocer al contribuyente a través del buzón tributario.

Documentación adicional para la solicitud de aclaración

La autoridad fiscal podrá requerir al contribuyente mediante oficio en cinco días posteriores a la presentación de su solicitud de aclaración, la documentación adicional que considere necesaria, dándole un plazo máximo de cinco días para su presentación, contados a partir de la fecha en que se le haya notificado.

Prórroga para la presentación de documentación

Se podrá solicitar a través del buzón tributario, por única ocasión, una prórroga de cinco días adicionales, para reunir la documentación requerida. y se comenzará a contar a partir del día siguiente al del vencimiento de la entrega establecida anteriormente.

Se tendrá por no presentada su solicitud una vez concluido el lapso de la prórroga, El plazo de diez días para resolver la solicitud de aclaración comenzará a contarse a partir del día siguiente a aquél en que concluya el plazo para aportar la documentación adicional.

Si se determina que el contribuyente no subsanó las irregularidades detectadas, la autoridad emitirá resolución para dejar sin efectos el certificado de sello digital.

Conclusión

El certificado de sello digital (CSD) es un archivo digital brindado por el SAT que es usado para la generación de comprobante fiscal digital por internet (CFDI), también conocidas como facturas, más concretamente el CSD sirve para firmar electrónicamente la cadena original de los CFDI garantizando su origen y previniendo la falsificación o manipulación de datos. Por tanto es indispensable cuidar de no caer en cancelación o restricción temporal del CSD o de lo contrario tener problemas con la generación de nuestros CFDI será algo inevitable.

Te dejamos el siguiente video en donde abordamos un poco este tema respecto a la no presentación de la declaración anual para aquellos que estén obligados, llámense personas físicas o morales.

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