Ajuste y revisión mensual del subsidio para el empleo

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El Servicio de Administración Tributaria, o SAT, desde el año pasado publicó cambios a la guía de llenado del recibo de nómina y al subsidio, con la cual se espera que de forma más clara y “sencilla” los contribuyentes informen a la autoridad las erogaciones por concepto de nóminas, y para el caso del Subsidio para el empleo, con mayor intención, ya que ahora se deberá realizar un ajuste mensual para su correcta aplicación.

Como es de saberse, en esta Guía se indica el procedimiento y todo lo que conlleva realizar el comentado ajuste, sin embargo, en la práctica se ha vuelto un poco complicado comprender en que caso se debe incluir en el CFDI y en caso no.

Objetivo del apéndice 7

El objetivo del apéndice 7 de dicha guía, es que se detalle en el comprobante fiscal de nómina lo concerniente al Subsidio para empleo, tanto el causado como el efectivamente entregado e inclusive si se trata de cero, así como también, que dicho Subsidio no se otorgue en cantidades mayores a lo que corresponde; por lo que, para evitar errores en la emisión de estos recibos, para este 2020 se incluyeron validaciones a los catálogos, como las siguientes:

Que el recibo de nómina contenga el apartado de subsidio para el empleo, aun y cuando se trate de cero, siempre que el régimen de contratación sea 02 Sueldos, incluyendo asimilados (fracción I del artículo 94 de LISR).

No se permitirá incluir el subsidio para el empleo cuando los conceptos sean diferentes al régimen de contratación 02 Sueldos, incluyendo asimilados (fracción I del artículo 94 de LISR).

Que el importe de subsidio que se reporte, no sea mayor al que le corresponde, según las disposiciones.

Cuando el ultimo CFDI del mes no lleva el Ajuste mensual del Subsidio

Considerando lo escrito al inicio, el hecho de que la autoridad fiscal quiere total transparencia en el control del Subsidio, es que en el mismo apéndice 7 explica el procedimiento para realizar un ajuste, ahora, de forma mensual para verificar que el Subsidio que se haya entregado y causado, sea el que le haya correspondido al final del mes, o de lo contrario, dicho ajuste sí se deberá incluir en el comprobante fiscal.

Por lo que se debe considerar que, al final del mes, cuando se realice el ultimo pago de nómina y ya teniendo los primeros pagos, si resulta que el Subsidio no rebasa al que le hubiera correspondido por todo el mes, entonces no se incluirá en dicho CFDI, por ejemplo:

Retomando los importes de la guía de llenado

datos 1ra Quincena 2da Quincena Mensual
Sueldo           2,500.00           2,500.00        5,000.00
Limite inferior           2,422.81           2,422.81        4,910.19
Excedente                 77.19                 77.19              89.81
%

                  0.11

                  0.11

           0.1088
Imp marginal

                  8.40

                  8.40

               9.77
Cuota Fija              142.20              142.20            288.33
ISR determinado              150.60              150.60            298.10
Subsidio causado              160.35              160.35            324.87
Subsidio efectivamente Entregado –                9.75 –                9.75 –           26.77
subsidio por las dos quincenas –              19.50

Como se observa en la tabla, en la primera quincena básicamente es lo que indica la guía; pero si en la segunda el sueldo permanece igual, entonces al revisar los montos mensuales, el subsidio tendría que ser el que le corresponde, o como en el ejemplo, es menor; por tanto, en este caso, no se realizaría el ajuste en el CFDI, pero cabe mencionar que si se realizó la verificación al finalizar el mes.

Video apéndice 7

Este mismo ejemplo lo podemos ver en el siguiente video

Estos son solo algunos de los cambios que se dieron para 2020, ¿ya conoces todos los demás?

13 Comentarios

  1. Hola que tal fijate que si me gustaria que me sacaras de la duda yo tengo un sueldo mensual de 4500 pesos el cual mi patron solo me da 1070 semanal el cual deveria ser mas x que si lo multiplico los 1079 x 4 me da solo 4280 pues segun lo que falta es por ISR bueno pues ahora apartir de este mes ya nos han descontado 100 pesos por lo que estas mencionando por al famoso ajuste al subcidio mensual entonces si estoy un tanto confueso con ello y bueno ver si podrias decierta manera para saber si es correcto o no el descuento ???

    • hablando exclusivamente de sueldo no te paga menos porque regularmente no te paga 4 semanas al mes sino 4 semanas y 2 días
      4500 al mes entre 30 por 7 son $1,050 semanal y te paga $1,070
      por el lado del ajuste al subsidio debe depender de las semanas que estén incluidas en el mes de cálculo, el importe variará

  2. Quisiera saber si en el ejemplo que dan en el ajuste y revisión mensual para el subsidio al empleo que pasa si en la primera y segunda quincena no hay cambios y a la hora de realizar el ajuste mensual, el subsidio al empleo en efectivo es mayor al entregado en la primera y segunda quincena ¿Tendría que dar la diferencia en la ultima quincena del mes?

  3. En mi punto de vista la guía del SAT, carece de información, solo muestra un ejemplo y este es cuando el empleado trabaja en periodos quincenales, seria bueno que hicieran el ejercicio con pagos semanales, entre otros, en fin.
    En mi caso ya fui notificado por el SAT, indicándome que algunos recibos de nomina están mal elaborados, el problema es que no te indican que estas haciendo mal y repito su guía no es clara.
    Los recibos que emití se revisaron junto con auditores y se marcan, tal cual y lo indican en su famosa guia. Considero que la autoridad no esta preparada para una revisión tan rigurosa, ya que esta de por medio el calculo que se maneja en distintas empresas y los famosos softwares contables, deberían establecer bien las reglas y ser mas claros en lo que solicitan a los contribuyentes.

  4. y que pasa si al hacer el calculo mensual de subsidio corresponde mas de los que no dieron en la quincena, en ese caso nos lo tienen que entregar????

  5. Porque en mi última nómina semanal me descuentan el ISR de todo el mes si ya me lo descontaban semana con semana,y también me descuentan subsidio al empleo,en ninguna semana me aplican subsidio al empleo,y en la última me hacen este descuento en ningún momento se ve que sea un ajuste

  6. Hola, qué pasa si un mes tiene 5 semanas, como el mes de abril y el sistema efectuó ajuste en la semana 4 y la 5 y en la 5 retuvo mucho isr, se le pagó poco a los trabajadores debido a esto.

  7. Que tal hola quisiera saber si un mes tiene 5 semanas como abril y gano 1520¿ como se efectúa el corte ?desde el día uno al 30 o bien por las semanas que tiene el mes por qué en su momento me suelen regresar casi 400 pesos de subsidio mesusal y en este mes de abril no me an regresado nada justificando que tiene cinco semanas y que arrebaso el límite ¿quisiera saber si los jefes están en lo correcto o me quieren hacer tranza te lo agradecería de ante mano que me sacaras de mi duda

  8. Buen dia

    Es viable que en el caso de nominas Quincenales, en la 1er quincena no le entrego subsidio al trabajador, y en la 2da si le entrego subsidio mensual, esto con el fin de solo integrar el subsidio en un solo xml, y evitarme hacer dicho ajuste de subsidio.

  9. Buenas tardes si en mi no mina solo viene subsidio para el empleo entregado al trabajador tanto en la 1 y 2 quincena no me tienen que hacer ajuste mensual ?

  10. Buenas 🙂

    ¿Que pasa si fuera caso inverso, en la primera tuviera 4900 y en la segunda 2500, se aplica el mismo método en la segunda aunque el sueldo sea menor y si tiene subsidio?

    por favor responde si aun

  11. Buenas tardes mi duda es porque cada semana me descuentan 21.50 aprox. Por subsidio al empleo y en el cierre de mes me descuentan más de 150.00

  12. MARTÍN ES INCORRECTO LO QUE VOS QUIERES HACER, LA NÓMINA DE LA PRIMERA QUINCENA SE TE IRÍA A NO DEDUCIBLES, ESTO POR NO ENTREGARLE SUBSIDIO AL EMPLEO AL TRABAJADOR…. LA LEY NO CONTEMPLEA LO QUE QUIERES HACER….. SALUDOS

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