Se publica reforma laboral para 2019

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Hoy, 1 de mayo, día del trabajo, se publica la reforma laboral para el ejercicio 2019. Esta reforma contiene la modificación a una gran cantidad de artículos de la Ley Federal del Trabajo en distintas modalidades. Aquí te contamos los cambios más relevantes.

Cambios en el outsourcing o subcontratación laboral en la reforma laboral 2019

Quizá lo más ansiado por muchos en la jerga fiscal y laboral en la reforma laboral para 2019 es el mal llamado “outsoucing”, también llamado subcontratación laboral, que se establece en el artículo 15-A en sus tres diferentes incisos. Este artículo NO ha sufrido cambio alguno como en su momento lo platicamos en este artículo, aunque si bien parecía una reforma ambiciosa.

Centros de Conciliación

Finalmente vemos de manera oficial la aparición de esta nueva figura jurídica llamada Centros de Conciliación, que vendrán a sustituir a la Junta de Conciliación y Arbitraje. Tanto en el artículo 22, 28, 33, hablan específicamente de estos Centros de Conciliación. Incluso en el artículo 47 que nos habla de las causas de recisión de los trabajadores, sin responsabilidad para el patrón, la figura de Junta de Conciliación y Arbitraje ya también está desapareciendo.

Nace el artículo 48 Bis, que habla de lo que se considerarán actuaciones notoriamente improcedentes en función del artículo 48 (Reinstalación al trabajo que desempeñaba). Este artículo básicamente nos dice aquellas acciones que se consideran improcedentes para separar a un trabajador de supuesto de trabajo, y cabe destacar las siguientes:

  1. Ofrecer algún beneficio personal, dádiva o soborno a funcionarios del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, Centros de Conciliación Locales o Tribunales; así como a terceros de un procedimiento laboral;
  2. Alterar un documento firmado por el trabajador con un fin distinto para incorporar la renuncia;
  3. Exigir la firma de papeles en blanco en la contratación o en cualquier momento de la relación laboral;

Así que, aunque ya se sabía, por ley ya no te pueden obligar a firmar papeles en blanco, antes o durante tu relación de trabajo.

Sin cambios el aguinaldo, vacaciones o primas 2019

Tampoco vemos modificación a los artículos que hablan acerca del aguinaldo, vacaciones o alguna de las primas, por lo que seguimos en 15 días, 6 días y 25% respectivamente. Recordemos que en algunas de las distintas propuestas sí que venían estos artículos con propuestas de cambio a favor del trabajo, pero que también suponía un incremento en el costo del lado de la empresa.

Video Reforma Laboral 2019

El trabajador podrá exigir que se le explique cómo se le pagó

La nueva reforma laboral de 2019 agrega 2 párrafos al artículo 101 que nos habla de los pagos de salarios, y podemos leer lo siguiente:

En todos los casos, el trabajador deberá tener acceso a la información detallada de los conceptos y deducciones de pago. Los recibos de pago deberán entregarse al trabajador en forma impresa o por cualquier otro medio, sin perjuicio de que el patrón lo deba entregar en documento impreso cuando el trabajador así lo requiera.

Pero ojo, no debemos perder de vista el párrafo que le sigue:

Los recibos impresos deberán contener firma autógrafa del trabajador para su validez; los recibos de pago contenidos en comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) pueden sustituir a los recibos impresos; el contenido de un CFDI hará prueba si se verifica en el portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria, en caso de ser validado se estará a lo dispuesto en la fracción I del artículo 836-D de esta Ley.

Trabajadores Domésticos ahora son Trabajadores del Hogar

En diversos artículos vemos que las reformas se dirigen a dejar de nombrar “Trabajadores Domésticos” para evitar la discriminación y ahora se les denomina “Trabajadores del Hogar”, entre otras disposiciones más.

Cambios en Sindicatos y contratos colectivos

Este es quizá el tema más fuerte, pues en gran medida la reforma laboral del 2019 trae muchos cambios a los sindicatos y contratos colectivos. Ahora ya no podrán, por ejemplo, obligarte a pertenecer a un sindicato si tú así lo indicas, situación que se venía dando con naturalidad y además se debían pagar cuotas sindicales por este hecho.

Esto último viene como un verdadero martillo, pues la reforma se concentra en un 90% en esto.

¿Qué tal te ha parecido la reforma? ¿Crees que beneficie al trabajador?

4 Comentarios

  1. Chingaderas ¡¡ … Para empezar deben de crearse trabajos bien pagados a los que lo hagan bien, a los pendejos deben de ganar de acuerdo a sus aptitudes e interes … es comun ver trabajadores que nomas se la pasan haciendose pendejos ademas de ser muy ineptos a esos debe poderseles despedir facilmente y a los que si les interesa el trabajo y se esfuerzan deben de tener mas privilegios y ganar mas que los demas. Solo de esa forma crecen las empresas y el pais. Los Outsourcings deberian prohibirse ya que hacen que los trabajadores ganen la mitad de lo que deberian de ganar por tener un interemediario, ahi no se hizo nada esto es una simulacion mas.

  2. Es una aventada de madre la reforma laboral son puros cambios administrativos, no hay cambio en lo económico, es la misma burra nada mas que revolcada cambian la junta de conciliación por centros de conciliación, los verdaderos cambios se deberían notar el sueldo, prestaciones de ley.

    seguimos en la misma..retrocediendo.

  3. Pienso que las outsourcing deben desaparecer o estar muy bien reguladas, porque hay mucha injusticia en ese sentido, los empresarios por no querer pagar lo que la ley marca, comenten muchas injusticias, y también deberían hacer deducible al 100% la carga laboral en las empresas para que pueda regresar como antes.
    gracias por la información muy confiable y muy clara

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