A raíz de que el año pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolviera a favor de que las personas (trabajadoras del hogar) que realizan labores domésticas, deben contar con seguridad social, el Instituto Mexicano del Seguro Social o IMSS se dio a la tarea de diseñar e implementar un programa mediante el cual dichas personas pudieran acceder a este beneficio sin mayor complicación.
Recordemos que este tema lo platicamos en el mes de diciembre en donde las Trabajadoras ya contarán con seguridad social, por lo que solo era cuestión de tiempo para que esto sucediera.
Programa Piloto: Incorporación de las personas trabajadoras del hogar
En el portal de internet del IMSS se encuentra ya la forma en la que habrá de funcionar el programa piloto para incorporar a las trabajadoras domésticas al instituto, y la realización de dicho programa, generalmente, consistirá en lo siguiente:
Como sujetos de aseguramiento
Son precisamente las trabajadoras del hogar
Como beneficiarios
Cónyuge o concubina(rio), Hijos, Padre y madre
Servicios o prestaciones que se incluyen
Servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos, atención obstétrica, incapacidades, pensión por invalidez y vida, fondo para el retiro, prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y guarderías.
Para la inscripción de trabajadoras del hogar
Como primera acción, será la de obtener el numero de seguridad social (NSS), el cual se solicitará vía internet o en alguna subdelegación, con lo siguiente:
- CURP
- Identificación oficial
- Acta de nacimiento
- Correo electrónico
Posteriormente, se solicitará el aseguramiento, ya sea a través del portal del IMSS o en la subdelegación que corresponda con los datos siguientes:
- Nombre del trabajador
- NSS
- Domicilio del trabajador
- Nombre del patrón
- Domicilio del patrón
- Salario base de cotización
Cual será el salario base de cotización y la forma de pago
Una vez que se ha llevado a cabo propiamente el registro de alta, el pago que se estará realizando significará el aseguramiento del mes que sigue, es decir, será pago por adelantado.
Para determinar el pago a realizar, este se calculará con el salario que el trabajador perciba, el cual deberá encontrarse entre el salario mínimo y el equivalente a 25 UMAS.
Se analizará viabilidad financiera
El programa a pesar de ya estar diseñado pudiera no realizarse, ya que, considerando que es un programa piloto, se estará vigilando, supervisando e informando al máximo sobre su viabilidad tanto financiera como operativa, y de esto dependería su implementación total y definitiva; por lo que dicho programa requerirá de una amplia difusión en los diferentes medios.
Esto resultaría benéfico para los trabajadores que se mencionan, sin embargo, esta “obligación” pudiera resultar ignorada, ya que en la mayoría de situaciones, esa información no alcanza a llegar a quienes corresponde.
[…] a lo anterior, tanto la Ley Federal del Trabajo (LFT) como la Ley del Seguro Social (LSS) se pronuncian ante el supuesto de los trabajadores que son familiares, y para esto establecen […]