Uno de los ejercicios más socorridos en las empresas es sinduda la compensación universal, ya que gracias a esta podemos utilizar el saldo a favorde IVA contra el saldo a pagar de ISR, por ejemplo. Para 2019 esto desaparecerá.
En el paquete económico 2019, documento que ha estado en el ojo del huracán en los últimos meses y que finalmente vio la luz el sábado 15 de diciembre de 2018, viene una propuesta que causa mucha polémica, específicamente por atacar el flujo de efectivo de muchas empresas, estamos hablando de la compensación, y es que, en el ámbito fiscal, se conoce la compensación universal, el poder utilizar el saldo a favor de una contribución para poder disminuir el pago de otra, como bien lo mencionaba en el ejemplo de IVA a favor contra ISR a pagar.
La propuesta que desaparece la compensación universal habla acerca de que solo saldos a favor de un impuesto, se podrán compensar contrasaldos a pagar o a cargo del mismo impuesto, dejando sin posibilidad de poder lo llevar contra el pago de otro impuesto.
Imaginemos a una empresa que tiene actividades a tasa cero, en donde todo su IVA de compras, gastos y costos, lo tendrá que solicitar como devolución siempre, dejándolo sin posibilidad de poderlo compensar contra su ISR.
OFICIAL desaparición de compensación universal a partir de 2019
El día 28 de diciembre, como si de una broma se tratase, se publicó en el DOF la Ley de Ingresos de la Federación, y que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2019, pero dentro de esta ley se encuentra el siguiente artículo:
“Artículo 25. Para los efectos del Código Fiscal de la Federación, delimpuesto por la actividad de exploración y extracción de hidrocarburos, del impuestosobre la renta, del impuesto al valor agregado, así como lo referente aderechos, se estará a lo siguiente:
VI. Para los efectos de lo dispuesto en los artículos 23, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federacióny 6o., primer y segundo párrafos, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en sustitución de las disposiciones aplicables en materia de compensación de cantidades a favor establecidas en dichos párrafos de los ordenamientos citados, se estaráa lo siguiente:
- A) Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración únicamente podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligadas a pagar por adeudo propio, siempre queambas deriven de un mismo impuesto, incluyendo sus accesorios.[…]
- Tratándose del impuesto al valor agregado,cuando en la declaración de pago resulte saldo a favor, el contribuyente únicamente podrá acreditarlo contra el impuesto a su cargo que le corresponda en los meses siguientes hasta agotarlo o solicitar su devolución.[…]
Sin duda esto marca un antes y un después, ya que esto será una diferencia entre los flujos de efectivo entre las empresas que utilizaban estos saldos a favor.
Por qué desaparece la compensación universal
Uno de los principales motivos que se exponen en el paquete económico y específicamente en la Ley de Ingresos de la Federación para 2019 es que debido a estas compensaciones, se han intensificado las actividades de evasión fiscal (que dicho sea el momento, para 2019 se elevarán y tipificarán como delitos graves).
Entonces, ¿empezamos a llorar juntos? Porque aún falta analizar el artículo 17 de la misma propuesta de Ley de ingresos, que esa sí que dolerá.
mmmm,…. La SHCP debera aceptar el saldo disponble para compensarlo, el saldo disponible seguira siemre siendo del contribuyente, pera hay que aclarar si el presidente lo sabe por que hay que recordar que se tenia a un aprendis en la SHCP,….
Pués si las devoluciones las pagaran antes del pago de ISR estaría bien pero en mi opinión tienen que poner en la balanza la fuerte descapitalización que las empresas van a contraer eso sí que es grave porque no les van a permitir seguir ya no digamos con el crecimiento, sino con su curso normal.
Podria ampliar mas el tema referente al articulo 17 de la ley LI