Deducción inmediata 2018

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¿Sabes que para el ejercicio 2018 puedes aplicar el estímulo en materia de deducción inmediata?

Hasta el ejercicio 2013 los contribuyentes tenían la opción de utilizar la deducción acelerada de inversiones, como un estímulo en los artículos 220 y 221 de la LISR. El estímulo consistía en poder deducir el activo fijo anticipadamente en un porcentaje mayor al considerado en la Ley, siendo una excelente opción para disminuir la carga fiscal.

El ejecutivo por medio de un Decreto considera nuevamente el estimulo en materia de deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo, para los ejercicios 2017 y 2018.

Con fecha 18 de enero de 2017 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal en materia de deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo para las Micro y Pequeñas Empresas, el cual entra en vigor a partir del 19 de enero de 2017 y será aplicable en los ejercicios 2017 y 2018.

Como aplica el beneficio de la deducción inmediata

En dicho decreto se precisa que las personas morales o físicas, que tengan actividades empresariales y profesionales, con ingresos menores a 100 millones de pesos en el ejercicio inmediato anterior, o que, inicien actividades, y estimen que no rebasarán esta cifra por su actividad empresarial y profesional podrán ser sujetos de dicho estimulo.

Así mismo, el alcance del Decreto es aplicable respecto de las inversiones en bienes nuevos de activo fijo que hayan sido adquiridos en 2017 y 2018. Se precisa, que se consideran bienes nuevos de activo fijo los que se utilicen por primera vez en México.

Que tipo de activo fijo no se considera en el decreto

También se aclara que el decreto no será aplicable a mobiliario y equipo de oficina, automóviles, equipo de blindaje de automóviles, o cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente ni tratándose de aviones distintos de los dedicados a la aero-fumigación agrícola.

La deducción inmediata en los pagos provisionales

Por otro lado, hay que tomar en consideración que, el monto de la deducción inmediata efectuada en el mismo ejercicio, se contempla para determinar los pagos provisionales del impuesto sobre la renta, ya que permite disminuir de la utilidad fiscal determinada de conformidad con el artículo 14, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el monto de dicha deducción; para ello, este ultimo se deberá disminuir, por partes iguales y de manera acumulativa, en los pagos provisionales correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate, a partir del mes en que se realice la inversión.

Es una buena opción para disminuir la carga fiscal del ejercicio 2018 y revisar la conveniencia de aplicar o no dicho estimulo.

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