No es lo mismo el aplicativo subcontratación laboral dentro del buzón que el servicio integral de registro de obras de construcción del IMSS, pues con tantas aplicaciones que los contribuyentes deben utilizar para dar cumplimiento a sus obligaciones, es muy común que en estos últimos tiempos surjan confusiones, y más tratándose de aquellos contribuyentes que ofrecen servicios de subcontratación laboral.
Los servicios de subcontratación no siempre se tratan de servicios relacionados a la industria de la construcción, que es en donde generalmente existe la confusión, ya que se predispone que al tratarse de una empresa contratista tendrá la obligación de utilizar el aplicativo denominado SIROC (Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción) ubicado dentro de la página del IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social), por lo que es importante tener en consideración lo siguiente:
Diferencias entre la aplicación de subcontratación y el SIROC
El aplicativo Subcontratación Laboral que se encuentra dentro del buzón tributario, en la página del SAT, es una herramienta que recientemente se dio a conocer para que los contribuyentes que ofrecen servicios de subcontratación (no solo empresas constructoras) puedan cumplir con sus obligaciones fiscales, autorizando a quienes les contraten, el poder verificar dicho cumplimiento.
En este caso mediante este aplicativo, tanto el contratista como el contratante pueden consultar la información relacionada a la prestación del servicio, como la información del contratante, así como los contratos y los datos de los trabajadores con los que se presta el servicio de subcontratación, ya que para efectos de ISR es primordial que se cumpla en tiempo y forma con las obligaciones.
Ahora que si el contribuyente, o, mejor dicho, el patrón, ya que tratándose de seguridad social se refiere al patrón la empresa dedicada a la industria de la construcción, además de tener la obligación de utilizar el aplicativo ya mencionado, si es el caso, también tendrá la obligación de utilizar el aplicativo SIROC proporcionado por el IMSS para dar cumplimiento a las obligaciones en materia de seguridad social, lo que anteriormente se llevaba a cabo a través de los famosos SATIC.
Cabe mencionar, que estos satic aún no desaparecen del todo, ya que para aquellas obras que iniciaron antes del 31 de agosto del 2017, seguirán utilizándolos hasta que se den por terminadas.
Entonces, es importante diferenciar entre lo que es el aplicativo proporcionado por el SAT para las obligaciones fiscales y lo que es el SIROC para las obligaciones de seguridad social tratándose de obras de construcción, además de lo ya utilizado como el SUA, IDSE y demas herramientas para el pago de las cuotas obrero-patronales.